El caso que tenía en vilo a las organizaciones de mujeres en el país surgió por una tutela que presentó una mujer de 33 años que solicitó un aborto por malformación fetal, como reveló El Espectador. La mujer quiso interrumpir su embarazo el 20 de diciembre de 2017, pero tres hospitales de Bogotá se negaron. Casi tres semanas después, el 5 de enero, la mujer presentó una tutela que una jueza falló a su favor y aunque no revisó de fondo su solicitud, ordenó que se le practicara un aborto como medida cautelar en menos de 24 horas. Para ese momento, la mujer completaba 26 semanas de embarazo.
El caso quedó en manos de la magistrada Pardo —de origen conservador— que aseguraba que la decisión de la jueza fue contraria a la ley. Según ella, tras 24 semanas de embarazo, el feto ya tiene ‘viabilidad autónoma’ y, por lo tanto, el Estado debe garantizar la protección de su vida.
Pero ‘viabilidad autónoma’ es un término al que la Corte no se ha referido en ninguna de las 19 sentencias que ha fallado sobre el aborto, explica Ana María Méndez, abogada de La Mesa por la vida y la salud de las mujeres, una organización que se ha dedicado los últimos 20 años a promover la despenalización del aborto. “La sentencia de 2006 que despenalizó el aborto en tres causales centró la discusión exclusivamente en los derechos de las mujeres y por tanto en el respeto de su decisión de interrupción voluntaria del embarazo”, dice.
Opinión
-El aborto de esta mujer es legal ya que presentaba malformaciones en el feto.