El Artículo 21° del Código Alimentario Argentino (CAA) es actualizado en 2019, mediante la Resolución Conjunta N° 12/2019 y sus complementarias, como respuesta a la necesidad de continuar armonizando criterios y exigencias para que todos los manipuladores de alimentos dentro del país posean similares estándares de capacitación con un enfoque en la prevención de las enfermedades transmitidas por alimentos. Dentro de esta actualización se crea la figura de Carnet de Manipulador de Alimentos, como el instrumento que acredita la condición de manipuladores, con reconocimiento a nivel nacional.
A los fines de mejorar el acceso a la información pública y promover la transparencia de los datos de registros de manipuladores de alimentos capacitados y de capacitadores es que se propuso desde el Programa Federal de Control de Alimentos la implementación del Módulo Artículo 21° en SIFeGA, para el Registro de Manipuladores Capacitados y Capacitadores Reconocidos en manipulación segura de alimentos.
Este módulo se ha institucionalizado mediante la Disposición ANMAT 5511/20 que lo implementa a nivel nacional y para todas las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Mediante la Resolución Conjunta N° 16/2021 se extiende el plazo de adecuación para la implementaciónd el Art. 21
En el siguiente espacio encontrará las especificaciones, documentos e información para llevar adelante la implementación del nuevo artículo 21° del Código Alimentario Argentino.
Material Disponible:
Plan de Implementación
Material para Formación de capacitadores en manipulación de alimentos
Material para capacitación en manipulación segura de alimentos
Modelo de Marco Normativo y de acuerdos de cooperación con municipios
Instructivos y tutoriales para el uso del módulo Artículo 21
Directrices para la administración de usuarios en SIFeGA
Modelo de procedimiento de alta de usuarios en SIFeGA