La familia de los Gallo tenemos constancia de ellos en el Concejo de Castropol desde por lo menos el s.XIV, como señores del Palacio de Ferreira al menos desde el s.XVI documentado, y hasta mediados del s.XVIII cuando por matrimonio se unen a los Sanjurjo Montenegro.
Un documento de mucho interés en el archivo nos detalla la historia, orígenes y escudo de los Gallo.
"Los Gallos, son de Galicia en cuyo Reino han quedado pocos, su origen antiquísimo porque descienden de los Galacios, primeros pobladores de España, y de ellos se llamaron Galos, y hoy se llaman Gallos, variación del idioma castellano a los Gallos. Quedan en Burgos y otras partes de Castilla, son de los de este Reino de donde salieron sus progenitores hacia 150 años.
Allanse también en el concejo de Castropol antes de la población de aquella y que era concejo de ciudades, la cual se pobló en la Era de 1298 que es el año de nacimiento de nuestro señor de 1260. Y en el año del señor de 1307 en el repartimiento de las tierras de aquel Concejo, que se repartieron por cuadrillas, de dio a Menen Gallo la mitad del rio Cano/cavo, esto fue en la Era de 1345 que es ese mismo año Jesucristo y en la Era de 1416 que es el año de Jesucristo de 1378 los los Hijos dalgo de aquel Concejo se apartan de ser vasallo de Albar Pérez Ossorio, que era su encomendero y se hacen vasallo del Obispo de Oviedo su propietario, y en el instrumento que cerca de esto otorgan esta por cabeza en primer lugar dicho Menen Gallo y Diego Menéndez y Lope Menéndez Gallo, sus hijos.
En el mismo año de 1378, que es de la Era 1416, todos los hijos dalgo del Concejo de Castropol dan poder a dicho Menen Gallo, que por si y por todos hace pleito homenaje de fieles vasallos en manos de Don Gutierre Obispo de Oviedo en cuyas manos se hizo.
Y en la Era de 1419 que es año de Jesucristo de 1381, el mismo Menen Gallo y Diego Menéndez y Lope Menéndez, sus hijos, y los demás hijos dalgo del Concejo de Castropol, cada uno de por si, hacen otro pleito homenaje al mismo Obispo de Oviedo.
En estos tiempos en que tenía poca fuerza la Justicia, había parcialidades entre los Nobles de dicho Concejo de Castropol, de que sucedían muchas muertes, robos fuerzas, y quemas, y las cabezas de estas parcialidades eran Menen Gallo y Diego Menéndez y Lope Menéndez, sus hijos, con los de la Vega y los de Coaña y los de Lantoira. Y de la otra parcialidad eran cabezas Fernan Lopez y Sancho Mendez del Presno, hijos de Sancho Mendez del Presno. Con lo del llano y los de Campos, y Serantes y otros. Por intervención del Obispo de Oviedo en la dicha Era de 1419 que es el año de Jesucristo de 1381, Menen Gallo y sus hijos, y Fernan Lopez, y Sancho Menéndez de Presno, otorgan escritura de perdón y alcanza XXXX parciales en manos del Obispo con pleito homenaje.
De este Menen Gallo y sus hijos proceden los de este apellido de dicho Concejo de Castropol.
Las armas primitivas de los Gallos son un Gallo negro en campo de oro de esta manera.
Después que hubo la perdida de España, señalaron en muchas batallas contra Moros los de esta familia, y añadieron una Cruz Roja sobre el Gallo negro de su dibuja en Memoria de la que se vio en la Batalla de las Navas de Tolosa, de donde la tomaron otras muchas familias Nobles de España que se hallaron en ella y la pusieron en sus escudos, y la familia de los Gallos hizo de ella en esta forma y así forman en su escudo de Armas los del apellido Gallo, que eran en Galicia por la parte de Bibero, esta familia de los Gallos sustendió p primeras partes de España, y hoy permanece en muchas conservando su lustre y nobleza y muchos quedaron heredados en Galicia en la ciudad de Santiago y su comarca que hoy andan juntos con los Abraxxdez, Llamas y otras familias nobles con quien emparentaron y son sus armas de estos Gallos de Santiago un escudo de cuatro cuarteles en el primero alto de mano derecha un gallo negro en campo de oro, y en el segundo alto de mano izquierda una benera de plata campo azul y en los otros dos lo mismo, contra puesto y por detrás del escudo una espada que parece la guarnición por encima del escudo y la punta sale por la parte de abajo de este en esta forma.
Los Gallos, que pasaron a Asturias y hicieron asiento en el concejo de Castropol y otras partes, retuvieron sus primitivas armas y solo las variaron en poner tres gallos negro en campo de oro. Y de estas son hoy esta forma.
Los Gallos que pasaron a la Ciudad de Burgos donde hoy se hayan heredados con grandes mayorazgos y mucho lustre habrá 150 años que salieron sus ascendientes de Galicia dicho Reino estaban su origen xxx siempre, que desciende de los Gallos de Galicia y así traen las armas de tres Gallos grabados y perfilados de Oro en campo de sangre y otros de estos mismos de Burgos pintan cinco Gallos de los mismos colores y campo de Sangre como se ve en los dos escudos den fuente."
El árbol genealógico de los Gallo que más se retrotrae en el tiempo, llega a mencionar a los Gallo en el s.XIV, siendo realizado alrededor del año 1700. En dicho documento se hace mención a los años 1378 y 1381; y unos pleitos de homenaje hechos al Obispo de Oviedo.
Esto nos lleva al papel que jugaron los Gallo en unas importantes revueltas que hubo en el Concejo de Castropol en el S.XIV
Tal y como se resume en la Wikipedia:
El 23 de marzo de 1368 el obispo Sancho, nombra a Alvar Pérez Osorio, señor de Villalobos, como «gobernador» de la Tierras de Ribadeo y Grandas. Sin embargo, este Alvar Pérez Osorio, según señalan las crónicas «abraso a los vecinos con impuestos, provocando revueltas y destrozos». Según resulta de la avenencia posterior de 1376, Pérez Osorio luego de tomar posesión de su cargo, impone a este territorio una contribución de 12.000 maravedíes, bajo el nombre de manjar, lo que provocó las quejas de los vecinos.
Esto dio lugar a una reordenación fundamental de las bases del poder episcopal. De este modo, en 1376, con ocasión de la llegada del obispo Alfonso a la Poba de Castropol para la pacificación del Concejo, se produce una modificación substancial de las ordenanzas municipales, que van a dar carta de naturaleza a los poderes concejiles. Esta reglamentación del concejo viene motivada por los excesos que soportan los vecinos, o como se señala en la misma ordenanza,
por quanto los pobladores de dicho concejo están agraviados y apremiados por las guerras del tiempo pasado, y los menesteres y pedidos de nuestro Señor el Rey.
En las nuevas ordenanzas dadas por el Obispo, luego de hacerse admonición de estos excesos, se fijan tanto las cargas episcopales como de la concurrente administración real, concretando la aportación que deba hacerse a unos y otros. Se reitera además en varias ocasiones la limitación de los derechos episcopales, excluyendo a este en la recaudación de cualquier otro recargo más que los correspondientes a sus derechos de encomienda.
Estas medidas no impidieron a Alvar Pérez seguir cobrando tributos que no le pertenecían, mientras que a los diez fieles del concejo que
dieron e ficieron dar e consentieron que se diese este año en que estamos al dicho Alvar Peres, son nombre de manjar quantía de doce mill marafedís desta moneda que agora corre.
los condena el obispo Alfonso a pagar por desobediencia a su mandato doce mil maravedíes quedando destituidos de sus cargos. Ante la indignación de estos por la destitución reclamaron al comendero la cantidad que les exigía el obispo, pero aquel envió a sus gentes con armas para atacarlos. Comenzaron desde entonces una serie de enfrentamientos entre unos y otros con muertes robos, quemas y destrucciones.
El otorgamiento del Fuero de Benavente y la posterior modificación de las ordenanzas de 1376, había determinado una dependencia propia de los vecinos respecto del obispo y la supresión de las instancias feudales interpuestas, dando lugar a una generalización de la condición de hidalguía. Esto será causa de la disputa entre fijosdalgos y escuderos respecto a la subsistencia de los vínculos de vasallaje y la dependencia que estos últimos afirmaban tener sobre los primeros.
Estas disputas trasciende fuera del ámbito local, así en julio de 1381 el reyJuan I, manda a los concejos, jueces, hombres buenos, fijosdalgo y foreros de las tierras del obispo de Oviedo no pongan justicias ni oficiales en dichas tierras por mandado el conde Alfonso su hermano, ni le den a este viandas, ni yantares, ni le paguen pedidos, ni tributos, pues los hombres que las habitan son vasallos del obispo y no del conde Alfonso.
Estos nuevos desórdenes dieron lugar a una nueva intervención episcopal, así con motivo de las disputas entre los partidarios y opositores al obispo, se concertó pleito de homenaje como agradecimiento del perdón que este dio por los homicidios, robos y daños que se habían causado mutuamente, dando lugar nuevamente a la modificación de las ordenanzas por el obispo Gutierre de Toledo, el 20 de diciembre de 1381, en las cuales se fija de un modo más amplio y detallado el derecho local de la puebla y las relaciones de sus habitantes con el señorío episcopal a quienes se encontraban sometidos
Respecto a esta situación de conflicto, además de en el documento sobre le genealogía de los Gallo, se hace mención en diversos documentos del archivo:
"En la era de 1419, que correspondese al año de 1381 (...) corrían los vandos y enemistades en Castropol entre las familias principales (...) hasta que vino el Señor Obispo Don Gutierre"
"En la era de 1419, que corresponde al año de 1379 (sic) de nuestro señor redentor Jesucristo, los cavalleros, hijosdalgo, vecinos de la puebla de Castropol, que andaban divididos en (...)"
"(...) haciendo grandes daños en sus personas y vienes, causando muertes y destrozos de haciendas, vino el obispo de Oviedo Don Gutierre, a componerlos, y ha hacerlos amigos, como lo conseguía haciendo pleyto omenaje besándole la mano como a su señor desde en adelante fieles vasallos, y que serían amigos unos de otros, y de vivor en paz y no hacer mal alguno"
Respecto al papel de los Gallo en este conflicto, sin duda tuvieron un papel destacado.
Cuando en 1376 el Obispo Alfonso condena por desobediencia a pagar doce mil maravedíes a 10 habitantes del Concejo, seis mil maravedíes le corresponden a Menen Gallo y a su hijo Lope Menen, mientras que los otros seis mil maravedíes le corresponden a otros 8 vecinos no nombrados.
Posteriormente se menciona a Menen Gallo como Juez en el Concejo.
Documentos
En 1381 cuando finalmente se logra apaciguar la situación, Menen Gallo aparece mencionado en primer lugar entre las personas que hacen pleyto de homenaje al Obispo Don Gutierre.
En ningún documento, ni a Menen Gallo ni a sus hijos, se utiliza ningún sufijo más concreto que "de Castropol", por lo que no podemos saber si ya en aquella época podrían estar asentados ya en la zona de Ferreira (parte del Concejo de Castropol por entonces).
Dón Gutierre, Obispo de Oviedo hallándose presente en su tierra de Ribadeo y concierta y pacifica a los Escuderos de aquel país , mandándoles que se perdonen las muertes y daños que se hablan hecho , como lo hicieron por la carta siguiente del año de 1381.
Sepan quantos esta Carta vieren , como yo Mene Gallo de Castropol por mí , é por mis fíxos Diego Men , é Lope Men, (...)
Por razón que entre nos los sobredichos andaba mucho mal , é dapno , é muertes de parientes, é robos , é quemas , é destruimientos de nuestros cuerpos , é de nuestras faciendas , habiendo á Dios ante nuestros ojos , é por salvamiento de nuestras almas , sin otro miedo é premia , que nos hayamos de otro alguno , de buen corazón , é de buena voluntad todos acordados en uno, primeramient por el amor de nuestro Señor Dios , é por ruego , é mandado de nuestro Señor Don Gutierre , Obispo de Oviedo, que está presente , perdonaraosnos unos á otros todos los dichos homicillos , é muertes , asi de padres , hermanos , é nos como de otros parientes, é todos los otros males robos, é fuerzas , é quemas , que habernos fecho unos a otros fasta el día de hoy , que esta carta es fecha , é por tener , guardar esto , facemos pleyto é omenage en las manos del dicho Señor Obispo una vez , dos , é tres veces , asi como ornes fíjosdalgo , de tener , é guardar este dicho perdón , é de nos facer unos á otros amistanza , é buena obra , asi como amigos á amigos , é asi como si entre nosotros non oviese sido homicillo alguno : E qualquier que contra este dicho perdón , é amistanza , é pleyto , é omenage venicr, que sea por ello alevoso , é vergonzoso en toda plaza , é demás que peche veinte mili maravedís para la Cámara de vos el dicho Señor Obispo.
Pasados los sucesos del s.XIV, ya tenemos que dar un salto hasta el s.XVI donde ya comenzamos a tener documentos en los archivos del Palacio de Ferreira a los que tomar como fuente.
De Alonso Gallo (GA-5) y Alonso Gallo (GA-6) existen diversos documentos del s.XVI relativos a compras de terrenos, incluyendo en la zona de Ferreira, lo que es la primera conexión documental con la zona del Palacio.
Casado con Elvira López de Guiar.
Consta su testamento del año 1558.
Tuvieron por hijos a: Alonso Gallo (GA-7), Juan López Gallo, Ysabel Gallo. Catalina hija natural de Alonso Gallo.
Casado con María López de Cancio.
Consta su testamento de 1630.
En 1630 vincula el mayorazgo para casar a su hijo.
En 1626 consta una dotación de sepultura en la capilla mayor de la Iglesia de Piantón
Fallecido en las Indias en 1628. Su testamento, nos indica lo que legó a su hermano cuatro mil ¿piezas/onzas? de oro en plata que deja a su hermano que era el actual señor del Palacio de Ferreira.
Así como varias donaciones para la Iglesia de Piantón "compren una lampara de plata que cueste cien ducados y un cáliz de plata con su patena que cueste de treinta a treinta y cinco ducados, y un ornamento en XXX que cueste hasta cien ducados, todo lo cual remita cualquiera de ellos a la iglesia de santisteban de Piantón en el concejo de Castropol, Vega de Ribadeo", además de otras entidades de la zona "Y mando que al dicho mi hermano o primo, de limosna al hospital de la villa de Castropol cuatrocientos reales, y otros cuatrocientos al hospital de la villa de Ribadeo, y otros cuatrocientos al convento de San Francisco y otros cuatrocientos al convento de Santa Clara de la dicha villa de Ribadeo y que lo que restase cumplimiento a la cantidad que recibiesen se repartan entre parientes podbres a voluntad de disposición de dicho Hermano o primo."
En la Villa de Durango del Reyno de la Nueva Vizcaya, en diez y siete días del mes de Octubre de mil y seiscientos y veintiocho años ante el señor Capitán Gaspar Peñaba alcalde ordinario de esta dicha villa y su XXX XXX yo esta petición que la presento el contenido en ella
Francisco de Medrano albacea de Juan López Gallo difunto, digo que yo tengo necesidad de dos traslados o más autorizados de una clausula del testamento debajo de cuya disposición falleció en que ordenase entreguen a Pedro de la madrid clemente XXX o XXXX vecinos de la ciudad de Mexico, cuatro mil XXX de oro común en plata para que cualquiera de ellos los remita a Gonzalo Gonzalez mercader en la ciudad de Sevilla y de las dos clausulas sucesivas a esta, en que dispone la orden que Alfonso Gallo de la vega, su hermano, a detener en la distribución de la cantidad que ellos le remitiere el dicho Gonzalo Gonzalez.
Pido y suplico mandeseme den los dichos traslados que es justicia que pido Franciso de Medrano
Se señor alcalde de ordinatio mando se le de como lo pide y asi lo mando y firmo Gaspar Penaba, asi mi Pedro Hernandez de XXXXXX publico.
En el nombre de Dios todo poderoso, sepan cuantos esta carta vieren como yo Juan López Gallo estando en esta villa de Durango de la Nueva Vizcaya, hijo legítimo de Alonso Galo y de Elvira López de Guiar, su legítima mujer, difuntos vecinos que fueron del concejo de Castropol en la vega de Ribadeo del principado de Asturias de donde soy natural. Estando como estoy enfermo de enfermedad que Dios nuestro señor ha sido servido de me dar, y sano de mente y juicio y entendimiento natural, creyendo como firmemente creo en el misterio de la santísima trinidad padre hijo y espíritu santo, tres personas y un solo dios verdadero, y así mismo en todo aquello que cree y tiene nuestra santa madre iglesia católica Romana, debajo de cuya fe y creencia protesto morir y vivir temiéndome de la muerte que es cosa natural a todo viviente y tomando como todo por mi abogada e intercesora a la serenísima siempre virgen María madre de Dios y señora nuestra aquí pido y suplico lo sea con su divina XXXX por mi ánima y deseando pornerla en carrera de salvación a honra y servicio suyo hago yo de XXX testamento y última y postumera voluntad en la forma y manera siguiente.
XX mando se entreguen a cualquiera de los XXX de la Madrid clemente de XXXX cuatro mil XXX de oro común en plata, para que en la primera flota lo permitan y consignen a Gonzalo Gonzalez mercader en la ciudad de Sevilla y por su muerte y ausencia a otra persona de satisfacción con un tanto autorizado de esta clausula a los cuales y a cualquiera de ellos ruego que quitadas las cosas que tuvieren hasta ponerlos en la dicha ciudad lo que quedare,
compren una lampara de plata que cueste cien ducados y un cáliz de plata con su patena que cueste de treinta a treinta y cinco ducados, y un ornamento en XXX que cueste hasta cien ducados, todo lo cual remita cualquiera de ellos a la iglesia de santisteban de Piantón en el concejo de Castropol, Vega de Ribadeo
y el resto remitan a Alfonso Galo de la vega, mi hermano, vecino del dicho concejo y por su muerte a Vicente Galo su primo para que de a Ysabel Galo, mi hermana seiscientos XXX ocho reales en plata y si fuese muerta a sus hijos que hubieren quedado XXX por cantidad y cuatrocientos XXX de ochoreales en plata a otra hija natural de dicho Alonso Galo mi padre, que entiendo se llama Catalina y siendo difunta a sus hijos. XXX por cantidad y a falta de haberse quedado hijos, se repartan los dichos mil XXX entre parientes míos pobres, a disposición de la XXX mi hermano o primo. Y mando que al dicho mi hermano o primo de la cantidad de plata que asentase en su poder, saque dos mil reales y haga decir las misas que alcanzasen por mi anima y las de mis padres y parientes difuntos.
Y mando que al dicho mi hermano o primo, de limosna al hospital de la villa de Castropol cuatrocientos reales, y otros cuatrocientos al hospital de la villa de Ribadeo, y otros cuatrocientos al convento de San Francisco y otros cuatrocientos al convento de Santa Clara de la dicha villa de Ribadeo y que lo que restase cumplimiento a la cantidad que recibiesen se repartan entre parientes podbres a voluntad de disposición de dicho Hermano o primo.
Para cumplir y pagar este mi Testamento mandas y legatos dejo y nombro por mi albaceas a Francisco de Medrano y al alférez XXX Domingo de Hermua vecinos de esta dicha villa y a cualquier de ellos y un solidum a quien doy poder cual convenga para que entren mis vienes y de ellos hagan inventario judicial ante cualquiera alcalde ordinario de esta villa o juez de la parte y lugar donde falleciere y lo vendan los vienes que requieran vena y con lo proferido de ellos y los demás mis bienes cumplan este mi testamento aunque seapallado el año del albacea sea XXX y dejo y nombro por tenedor de todos mis vienes al dicho Francisco de Medrano para que todos mis vienes y lo precedido de ellos entre en su poder y disponga de todos ellos en su cumplimiento y ejecución de este mi testamento. Y por la presente revoco y anulo y doy por ninguno y de ninguna validez y efecto otros cualquiera testamento y codicilio que antes de este haya hecho así por escrito como de palabra, salvo este que doy yo por mi testamento y última postrimera voluntad en testimonio de lo cual otorgo la presenta en esta dicha villa de Durango de la nueva Vizcaya en once días del mes de septiembre de mil y seiscientos y veintiochoaños, y el otorgante que yo el escrito conozco y de que esta en su buen juicio y entendimiento, lo firmo y dicho otorgo que quiere y es su voluntad que la CapellXXX que tiene instituida en este su testamento que era en el monasterio de nuestra señora del carmen en la ciudad de méxico. Quiere y es su voluntad se imponga en el monasterio del San Francisco de esta dicha villa de Durango con la cantidad de de XX que está señalado y con la misma facultad que contiene la clausula donde lo declara sin que se espera de ella en manera alguna por ser así su voluntad que se ponga como tiene dicho en el monasterio del señor son Francisco de esta dicha villa y asiento que yo tengo nombrado por mi albacea a Francisco de Medrano y al alférez XX Domingo de Hermua dejo así mismo por mi albacea al padre Diego de Coeto XXX XXX de esta dicha Villa y declaro que en poder del dicho Francisco de Medrano están seiscientos XX de oro común que por una carta del susodicho les exigió tenerlos en su poder para cuenta de los cuales le ha dado XXXX y más lo que dijere por la satisfacción que de su cristiandad tiene y atento a que le va dando y ha dado para su enfermedad quiere y es su voluntad que lo que dijere XXX de los dichos seiscientos X sépase por lo que el dicho Francisco de Medrano dijese y a si mismo XXX gastase dicho que se digan por su anima ciento y cincuenta misas rezadas en la ciudad de México. La mitad en el monasterio de nuestra señora del carmen y la otra mitad en el altar de anima de una de las iglesias de la dicha ciudad para cuyo efecto XXX a la dicha ciudad de México setenta y cinco XXX y digo que se le entreguen al XX fray Francisco Muñoz predicador de la orden del San Francisco cuarenta XX para que de ellos haga lo que le tiene comunicado
Y así mismo digo que en una clausula de este testamento dije que tenía una cuenta con Diego de XXX depositario general de esta dicha villa a el cual a fenecido. La cuenta y le ha pagado y así declara no deberle cosa alguna y el dicho XXX a quien yo doy fe que conozco lo firmo según ha dicho siendo testigos el Capitán Juan Flores de Paredes y Pedro Ruiz de celada, y Juan del oya y Francisco de Orozco y Juán González, vecinos y estantes en esta dicha villa.
Juan López Gallo
Fallecido en 1672.
Casado con Luisa Pardo Acevedo Pico de Coaña.
Constan diversos testamentos y codicilos de los años 1663, 1667 y 1672. Así como documentos de compras "de la quinta de Fidalgos de los frutos decimales" por Ferreira, Miou, Cereigido, Fuente de Louteiro,...
Fundó la capilla del Palacio de Ferreira. En documento de 1649 Alonso Gallo (GA-8) dice "yo fundé una Ermita junto de la casa de Ferreira de advocación de San Ildefonso y Ángel Custodio, la cual está decente y adornada de lo necesario".
Existen varios documentos de 1662 del Obispo de Oviedo donde se autoriza a Alonso Gallo (GA-8) por encontrarse enfermo, a dar misa en la "Hermita de San Ildefonso y del Ángel Custodio, que está junto a la casa de Ferreira en la Feligresía de San Esteban de Piantón, por cuanto Alonso Gallo de Ferreira y Cancio, fundador y patrono de la dicha Hermita (...)".
En testamento sobre misas tras su muerte dice "se digan por la forma referida en la hermita del (...) San Hilephonso y el Ángel custodio que nosotros hicimos en lugar de Ferreira donde vivimos y si el cura de la parroquia quisiese venir a decir las o algunas de ellas lo haga, y si no se busque capellán que las diga en ella y no en otra parte que así es nuestra voluntad".
Indicando además "que nuestras carnes pecadoras sean sepultadas en la Iglesia Parroquial de San Esteban de Piantón en la sepultura que ya tenemos", así como que den "300 misas por cada uno de nosotros" y "dos cientas misas en San Francisco de Ribadeo".
En registros del Principado, constan múltiples menciones a Alonso Galo actuando como representante del Concejo de Castropol en la primera mitad del siglo XVII, tratándose muy probablemente de este GA-7.
Licenciado y Abogado de los Reales Consejos.
Casado con María Pardo de Acevedo de Cela Montenegro.
Tuvieron por hijos a: Pedro Antonio Gallo (GA-10), Alonso Victoriano Gallo, Maria Gallo (casada con Pedro Castrillón), otra hija Monja en San Pelayo.
Consta testamento 1698. Fallecido en 1709.
En buena medida dado por su condición de Licenciado, se trata de la persona sobre la que más documentos constan en el archivo del Palacio de Ferreira de este periodo de la segunda mitad del siglo XVII. De los que a continuación se muestran algunos de ellos.
1663 - Permiso Boda entre Alonso Gallo y María Pardo de Acevedo por ser familiares en tercer y cuarto grado.
En el documento se hace mención una Bula "ante nos y en su visa de la dicha Bula". Por lo que una de las tres Bulas Papales existentes en los archivos del Palacio de Ferreira, es casi seguro sea la referida aquí.
1657 - Nombramiento como Abogado de los Reales Consejos
1663 y 1673 - Mención a Alonso Gallo como Alcalde Mayor
1680 - Nombramiento como Teniente de Alcalde
1675 - Nombramiento Alférez de la Compañía de la Vega
1690 - Ordenes ayudante Capitán Don Sancho Pardo Milicia la Vega
1698 - Alférez de la Compañía de Milicias de San Esteban de Piantón y Santiago de Abres
Buena parte de la documentación de Alonso Gallo (GA-8) está relacionada con la encomienda de Portomarín.
En 1685 se le ve actuando en nombre del Comendador
1686 se le menciona como "forero que es de la encomienda de puertomartin y de los vienes de dicho partido de San Esteban de Piantón"
Como hermano del señor de la casa, y que por lo tanto no iba heredar, hizo lo más habitual como era hacer carrera militar, donde alcanzó diversos puestos de Capitán en los Tercios.
Pero sin duda, lo más llamativo y sobre lo que consta gran cantidad de documentación es sobre su muerte, ya que fue asesinado en los prolegómenos de un duelo.
Extractos de diversas menciones a su carrera militar
"Pedro Gallo Cancio Acevedo Capitán que fue de Infantería españolas en el ejércitos de Extremadura en Portugal donde murió"
"Don Pedro Gallo Cancio y Acevedo capitán que fue del Cavallo en el Tercio de su primo Don Sancho de Miranda en el Reyno de Galicia contra el Reyno de Portugal"
(Apunte corrigiendo) "fue Capitán de infantería en dicho tercio y después Capitán de caballos corazas en Flandes".
1668 - Fe de Oficios del Capitán Reformado Don Pedro Gallo del tiempo que sirvió a SM en el ejercito de Galicia
1663-1665 "formó asiento de Capitán de una compañía de Infantería española de las Tercio del Mariscal de Campo Don Sancho de Miranda (...) con dicha compañía y con cuartea escudos de sueldo al mes sirvió hasta 1665 que se reformó dicho Tercio"
1665-1667 "sentó plaza en la del Mariscal de Campo Conde de Aguilar"
1667 "se pasó a la de Cavallos Coraza hasta 5 de Mayo del presente año (1668) en que habiendose (...) embarcado dicha Compañía para los Estados de Flandes, se quedó en España enfermo"
1663 - Asiento plaza
1663 - Suplemento por Servicio
"Por cuanto he nombrado a Don Pedro Gallo de Acevedo por Capitán de una de las Compañías de Infantería española que se han de formar para el tercio de quinientos hombres con que el Principado de Asturias me ha de servir en el Ejercito de Extremadura (...) para le recuperación de Reyno de Portugal de la orden necesaria para que se le siente la plaza, sin embargo de cualesquier ordenes que haya en contrario que para en cuento a esto dispenso en ellas dejándolas en su fuerza y vigor para lo de adelante y que de la presente romen razón".
Patente Capitán de Infantería del Tercio de Asturias a Don Pedro Gallo
1665 - "Luis Poderico de mi consejo de guerra, Gobernador y Capitán General del Reyno de Galicia en interin, teniendo consideración a lo que el Capitán Don pedro Gallo de Acevedo ha servido y que continuándolo (...) he tenido por bien (...) se reforme asiento libre y pague lo que hubiere de haber"
1668 - Concesión de Licencia al Capitán Don Pedro Gallo para pasar a continuar al Real servicio de S.M. a los Estados de Flandes
"El Condestable de Castilla y León (...). Por cuanto el Capitán reformado Don Pedro Gallo que servía (...) en una Compañía de Cavallos Corazas de mis guardias, me ha representado que al tiempo de embarcar su compañía para los Estados de Flandes se hallaba enfermo y decalidad, que no fue posible seguirla que por haber restituido su salud, desea pasar a continuar al servicio de S.M. a aquellos Estados, para lo cual me ha pedido licencia, y atendiendo a lo referido he venido en concedérsela".
Se trata de un suceso del que consta bastante documentación y que en ocasiones parece podría ser algo extraído de una novela del Capitán Alatriste.
1669 - Certificación Testigos (Documento Impreso más antiguo del Archivo del Palacio de Ferreira)
En 1668 Pedro Gallo era Capitán de Caballos Corazas en una Compañía, a la espera de ir a Flandes aún se encontraba en el Ejercito de Galicia, donde se acababa de firmar la paz con Portugal tras la Guerra de Restauración Portuguesa.
El 10 de Agosto, "el Señor Conde Estable de Castilla Gobernador y Capitán General del Reyno de Galicia, mandó prender al Capitán de Caballos Don Diego Ladrón, Caballero del Hábito de Calatrava por causa grave" (sin detallarla). "El Señor Conde Estable ordenó al Maestre de Campo Don Benito Mariño de Lobera, Caballero de la Orden de Santiago, Gobernador de dicha Villa de Pontevedra" prenderlo.
Diego Ladrón se había refugiado en un convento en Pontevedra, por lo que Don Benito había ordenado al Capitán de Caballos Don Cristóbal Mariño (su padre) que hiciese guardia rodeando el convento.
Es entonces cuando "a la noche estando de guardia la Compañía de dicha Villa, diez y seis caballos rompieron la guardia escapando Don Diego Ladrón por la oscuridad". A la vista de los sucesos posteriores, es muy probable que Pedro Gallo fuese uno de estos dieciséis.
Tras ello el Capitán General del Reyno de Galicia ordena "Por cuanto el Capitán de caballos Don Diego Ladrón, estando preso se retiró al Convento (...) de la Villa de Pontevedra, donde el Capitán de caballos Don Cristóbal Mariño le puso guardas con orden que para ello tuvo, y la noche quince de este mes vinieron a media noche, diez y seis soldados de a caballo a romper la guarda, que lo intentaron y asistiéndole puesto en arma se retiraron dichos soldados, y uno de ellos dejo un sombrero con xxx se presume iba otro herido de un chxxx, según el auto de dicho Don Cristóbal Mariño, y por que conviene poner remedio y castigar semejante desorden en virtud de la presente ordeno al Maestre de Campo Don Benito Mariño de Lobera, Gobernador de Pontevedra, que se halla en esta ciudad, que luego que reciba esta sin dilación alguna vaya a dicha villa de Pontevedra, y por todos caminos sin omitir diligencia alguna hará averiguación de los dichos diez y seis soldados de a caballo, quien son, como se llaman, y si son de la compañía del dicho Don Diego Ladrón, y hallando alguno de los dichos soldados culpado, o cómplice lo prenderá, y así mismo a dicho Capitán de caballos Don Diego Ladrón, si le topera fuera de la Iglesia le prenderán, y estando en ella le doblará las guardas, y centinelas echándole ronda de noche por si topera estos delincuentes, como a otros malhechores los prenda, y no pudiendo prender a ninguno me remitirá los autos que hiciere, para que a los culpados de orden se les castigue."
Tras la huida, comienza un intercambio de cartas entre Benito Mariño y Diego Ladrón, que lleva a cabo Pedro Gallo, el cual termina con Diego Ladrón retando a un duelo a Benito Mariño:
"de donde saldré a aguardar a v.m. con dos padrinos a dicha Villa de Astorga, el día primero de Noviembre de este año de 1668. El día referido se hallará v.m. en la parte señalada con otros dos padrinos, con espadas de cinta, y de marca, y le aseguro como Caballero no sabe esto más que el portador, y nosotros, y será faltar a Caballero si se sabe, y a quien lo es tanto como v.m. no tengo más que decir, que al día que desafío a v.m. el día primero de Noviembre, que será cuando yo haya podido dejar de cumplir mi pleyto homenaje para volver al pueblo, que es como digo Astorga, y que partimos el camino, y su v.m. sale de su casa, yo de la mía, que a poder entrar yo en el Reyno se circulará este trabajo buscándole en la misma parte donde quiso parecer demasiado Gobernador en mi negocio, tomándole más mano de la que le tocaba, pues la orden que tenía de su Excelencia, tenía una clausula, que decía prendiese, y hiciese diligencia durante a este caso, este ceso todas las veces que merecía gracia de su Excelencia,.... ".
Sin embargo, Benito Mariño no se presentó. Poco después Pedro Gallo le llevó a Benito Mariño la siguiente carta de Diego Ladrón:
"Habiendo desafiado a v.m. para primero de este en Astorga, que fue antes de ayer, me hallé allí aguardar a v.m. que es lo que me tocó, y hallé en respuesta de mi papel de desafío, otro de v.m. cosa que extrañé mucho, porque creí que los papeles de desafío no tenían más respuesta que cumplir con ellos, y en hombres de obligaciones no creí tampoco se valían de excusas.
(...) lo entiendo si tiene gana de reñir, pero la disposición de v.m. lo disimula mucho, pues me dice acepta el desafío para el primero de este mes en Valencia del Miño, que esta distante de Astorga más de cincuenta leguas, (...) el día mismo que había v.m. de estar en Astorga, estén oyendo v.m. me señala para estar en Valencia.
He resuelto enviar a mi Padrino por Galicia a dar esta noticia, y de como voy siguiendo mi viaje a toda prisa
(...) los caballeros reducen a la espada sus valentías y no por escrito."
Don Benito Mariño no quiso recibir la misiva, y posteriormente alegaría que no le permitían salir de Pontevedra "me tomó el General Pleyto omenaje de no salir de esta Villa de Pontevedra sin su orden(cosa que he sentido mucho haberme estorbado lo que tanto deseaba, que era reñir con v.m.)"
Finalmente Don Benito se decidiría a mandar una respuesta a Diego Ladrón por vía de Pedro Gallo:
"Quedó el día ocho de venir por la respuesta en casa de Don Benito Mariño dicho Don Pedro Gallo, que habiéndose retardado el envió dicho Don Benito un recado a su posada y Don Pedro Gallo le mandó decir no le cansase, que el iría por la respuesta a a las dos de la tarde (...)
y no habiendo llegado fue a su casa a dicha hora, yendo en su compañía Don Luis Mosquera su hermano, y habiendo preguntado por el (al posadero) dijo como acabado de comer se fuera a Santo Domingo."
"Sintiéndose Don Benito de la acción y dijo le llevaría su carta de buena gana, y quedándose Don Luis su hermano, volvió Don Benito con la respuesta hacia Santo Domingo, adonde antes de llegarle alcanzó dicho Don Luis (...) entraron los dos en los sobreclaustros de Santo Domingo, a donde se paseaba Don Pedro Gallo, con el Prior, y después de saludarse apartando Don Benito a Don Pedro Gallo, le reprendió con suma cortesía el tratamiento tan sin causa inflandole se viniendo su casa lo que había de estar en el lugar, mostro agradecerlo (...)
(...) siendo público el desafío, a que dijo Don Benito no permitiera que le hiciera el más leve desaire, y entrando en vísperas los Religiosos discurriendo Don Pedro de donde lo había sabido el General de la Artillería, y satisfaciéndole con la verdad de la noticia que diera el Conde Felipe de Hornos"
"Pues tome v.m. la que me trajo ya que no quiere llevar la respuesta (...), y volviendo las espaldas arrojola en el sobreclaustro Don Benito, (...) dijo "diré no la he recibido", a que volvió la cabeza Don Pedro "¿quién dirá más verdad v.m. o yo?". "Yo digo mucha verdad "dijo Don Benito, "yo mucha más" dijo Don Pedro. "Habla muy pícaramente" dijo Don Benito, y volvió Don Pedro miente, miente, y saltado hacia tras sacó la espada (palabra que se debe vengar en fuero de Caballeros al instante, sin premeditar lugar, hora, ni tiempo) de que resultó que estrechándose los dos con las espadas de cuatro heridas queda herido de muerte Don Pedro Gallo, con una espada de un corte que llevaba Don Benito habiéndole atravesado el vestido de dos estocadas a dicho Don Benito, con fortuna grande de no haberle muerto, ejecutada sola por Don Benito, pues su cuñado Don Luis Mosquera decía no era ocasión, y se dejase a otra la venganza."
"Es testimonio que se ha levantado de haber asegurado los que firmaron la certificación que había sido muerto alevosamente Don Pedro Gallo, pues consta del principio de este papel no haber dicho tal, y de los autos civiles, y eclesiásticos consta la provocación de su muerte habiendo sido con la espada desnuda, como es público y notorio, y con ella desnuda le condeso el Prior de Santo Domingo, y otro clérigo, habiendo atravesado dos veces los vestidos de Don Benito Mariño, como se ve por ellos.
(...)
y haber cumplido Don Benito Mariño de Lobera, y sus padrinos con las obligaciones de Caballeros, y haber sido la muerte de Don Pedro Gallo provocada por él y ejecutada solo por Don Benito."
Las últimas declaraciones de este documento, parecerían justificar a Don Benito e intentar exculparlo. Sin embargo, por lo que muestran los documentos posteriores y las distintas condenas que hubo no parece haber sido así. Ya que para que se hubiese terminando condenando al que era el Gobernador de Pontevedra (junto a muchos otros) por la muerte de Pedro Gallo que era un simple Capitán, no debió quedar mucha duda.
En los autos de su muerte en el Convento de Santo Domingo, se indican heridas en el cuerpo entre otras "por detrás junto a la nuca".
"Es voz común (...) que dicha muerte la ejecutaron alevosamente y a traición"
"después de herido al dicho Don Pedro gallo pidiendo confesión, y a Don Benito Mariño y a Don Luis Mosquera con las espadas desnudas y salir huyendo de dicho Convento"
"Don Benito Mariño y Don Luis Mosquera que venían de la puerta del coro donde había oído el ruido, y que dicho Don Luis llevaba la espada desnuda, y Don Benito Mariño la capa descompuesta no hizo reparo si llevaba la espada envuelta en ella (...) que el dicho Don Luis Mosquera no acertaba a envainar la espada"
Finalmente se les termina condenando "a la cárcel", "por la muerte que alevosamente y a traición dieron al Capitán Don Pedro Gallo" (...) "en plaza pública donde sea degollados y cortadas las cabezas".
"se les saque ni quite de dicho cadalso pena de mil ducados".
Además de a Don Benito Mariño y Don Luis Mosquera, se reflejan penas a más personas por ayudarles posteriormente a huir de la justicia.
A muchos de ellos se les imponen penas de destierro y galeras: "debo condenar y condeno (...) a dos años de destierro", "pena de cumplir en galeras".
Sin embargo, no está claro si efectivamente se llegó a ejecutar la sentencia sobre Don Benito Mariño y Don Luis Mosquera. Ya que tiempo después, su hermano Alonso Gallo (GA-9) escribía a las autoridades quejándose de que ambos que "estando presos en el Castillo de San Antón" de Coruña, estaban pidiendo permisos para salir por motivos de salud.
Casado con Catalina Cernuda Rico y Piñeros.
En 1733 su mujer era viuda. Fallecido en 1717/1719.
Tuvieron por hijos a: Alonso Antonio Gallo (GA-11), Bernarda Inocencia, Antonia, María Antonia Gallo (casada con Luis Cuesta/Guerra, que tuvieron por hija a María Margarita Gallo Guerra que casó con Gaspar Castrillón).
Capitán de Caballería. Furriel Mayor.
1713 - Nombramiento Furriel Mayor del Regimiento de Caballería de Armendáriz; con el grado y sueldo de Teniente de Caballería.
Alonso Victoriano Gallo y Cancio "que fue Guardia de Corps, y murió Capitán de Caballos en este si--o"
"Se haya sirviendo a su majestad en los ejercitos de Extremadura"
Casado con Lorenza Álvarez de Castrillón.
Fallecido en 1723, en catorce años de diferencia fallecieron abuelo, padre e hijo, lo que da a indicar que murió joven y podría explicar en parte porque su heredera fue una mujer.
Casada con Pedro Agustín Sanjurjo de Montenegro (VI-6).
Tuvieron por hijos a: Pedro Agustín Sanjurjo Montenegro y Gallo (VI-7), Gonzalo Sanjurjo y Gallo (Capitán Granaderos), Ramón Sanjurjo y Gallo (Cadete Regimiento de Murcia), Alonso Sanjurjo y Gallo (Cadete Regimiento Cantabria), Jose Sanjurjo y Gallo (avencindado en el Reino del Perú), Antonia Sanjurjo y Gallo (Novicia Monasterio San Pelayo en Oviedo), Diego Sanjurjo y Gallo, Antonia Bernarda Sanjurjo y Gallo (casada con Diego Antonio Cancio y Donlebún).
Como señora de la Casa de Ferreira, y tras casarse con Pedro Agustín Sanjurjo quien era el Señor de la Casa de Villasebil, se produce la unión de ambas casas, sus vínculos y mayorazgos. Aunque raro para la época, esta unión no se dividirá por motivo de herencias, así pues las siguientes cuatro generaciones de Sanjurjo y Gallo mantendrán ambas casas y sus mayorazgos unidos.
Tras la unión, Pedro Agustín se traslada al Palacio de Ferreira el cual convierten en su residencia principal. Aquí es cuando se entiende llega al Palacio de Ferreira la parte de los archivos relativa a la familia Sanjurjo Montenegro previa a este momento.
En 1766, Antonia Bernarda ya estaba difunta.
Enlace a diversos árboles genealógicos de los Gallo en el archivo del Palacio de Ferreira.
Enlace a diversos documentos de Interés de los Gallo en el archivo del Palacio de Ferreira.