Examenes de suficiencia / Acuerdo Consejo Académico No. 038 – 24 de enero de 2023.
Este procedimiento aplica para validar los conocimientos o competencias del estudiante ante la asignatura o curso de cualquier programa académico de la Universidad Internacional del Trópico Americano - Unitrópico y Cada estudiante podrá presentar máximo dos pruebas de suficiencia correspondientes al plan de estudios del programa en el que está matriculado.
Se entiende por prueba de suficiencia, la prueba que permite acreditar el conocimiento o dominio de las competencias de una asignatura, de acuerdo con los programas académicos vigentes en la Universidad Internacional del Trópico Americano- Unitrópico. Así, se deben considerar las siguientes razones:
a) Cuando se realiza un proceso de transferencia externa, en el cual una asignatura no fue homologada y esta tiene una calificación superior o igual a tres punto tres (3.3).
b) Cuando el estudiante posee un único curso pendiente del plan de estudios del programa, podrá realizar la solicitud para la presentación de la prueba de suficiencia en el periodo académico o intersemestral.
c)Cuando el estudiante considere que posee las competencias para la presentación de la prueba de suficiencia de una asignatura.
1. Procedimiento para la presentación de la Prueba.
El estudiante que desee presentar la prueba de suficiencia; debe tener la calidad de estudiante y realizar la solicitud mediante un oficio exponiendo las razones de la validación ante el programa académico, a través del sistema Q10 y presentar los documentos que sean necesarios para la solicitud. Una vez aceptada la solicitud el estudiante debe hacer lo siguiente:
El líder de programa es el encargado de avalar la solicitud y notificar al estudiante por medio del correo electrónico institucional.
El líder de programa informa al estudiante para que realice el pago de los derechos pecuniarios; los cuales corresponden al 3.63% (S.M.D.L.V), Acuerdo CS No. 017 de 2022, 24 de noviembre de 2022.
El pago se realiza por medio de los canales institucionales autorizados como PSE o cualquier oficina del Banco Davivienda; Realizado el pago, se realiza la solicitud en el sistema de información de la Universidad y se adjunta el recibo de pago y posteriormente se debe Realizar un oficio, adjuntando el recibo de pago y radicarlo en la Ventanilla Única de Radicación.
El líder de programa asigna un profesor para la aplicación de la prueba, esta designación se hace teniendo en cuenta las competencias a evaluar , y el perfil profesional del profesor.
Una vez el profesor ha aplicado la prueba de suficiencia, deberá radicar ante el líder del programa el resultado del examen por medio del formato de resultados de calificación institucional de prueba de suficiencia, adjuntando el examen realizado.
El líder de programa notificará al estudiante la respectiva calificación por medio de un correo electrónico institucional y realizará la radicación ante la oficina de Admisiones y Registro; los soportes correspondientes para que sean cargados al sistema. La calificación será cargada en el periodo académico vigente a la fecha de la radicación por parte del líder del programa en la oficina de Admisiones y Registro.
2. Términos de la Prueba de Suficiencia.
A partir de la radicación de la solicitud del estudiante para la aplicación de la prueba de suficiencia, el líder de programa tiene tres (3) días hábiles para dar respuesta a la solicitud, y notificar a través del correo electrónico institucional.
Una vez el estudiante es notificado de la aceptación para presentar la prueba de suficiencia deberá radicar el soporte de pago de los derechos pecuniarios en un término no mayor a cinco (5) días hábiles ante el líder de programa. En caso de incumplir el presente literal el estudiante se somete a la no aceptación de la prueba.
El líder de programa notificará al profesor designado para la aplicación de la prueba de suficiencia, en un término no mayor a tres (3) días después de presentado el recibo de pago por parte del estudiante.
El profesor coordinará con el estudiante y notificará mediante correo institucional la metodología, lugar fecha y hora de presentación de la prueba de suficiencia. El término para este procedimiento junto con la aplicación de la prueba es de quince (15) días hábiles.
El líder de programa radicará en un término no mayor a dos (2) días los soportes de los resultados de la prueba de suficiencia en la oficina de Admisiones y Registro.
Procedimiento de Transferencias y Homologacion
Capitulo IV Art 47-56 Reglamento Estudiantil. Resolucion Rectoral 014 de 2021
La homologación el acto mediante el cual la Universidad hace un reconocimiento de un componente de educación formal, cursado y aprobado en otra institución de Educación Superior o en otro programa académico de la misma Universidad. En el primer caso por transferencia externa y en el segundo por transferencia interna.
(Art. 53 del Reglamento Estudiantil)
1- Solicitud: El estudiante radica ante el Consejo de Facultada la solicitud de transferencia, quien emite concepto de acuerdo con los requisitos establecidos por el Reglamento Estudiantil así:
a- Transferencia Externa (Art. 50)
Requisitos
No haber suspendido los estudios superiores por un lapso mayor a dos (2) periodos académicos a la fecha de la solicitud ante Unitrópico.
Tener un Promedio General Acumulado (PGA) mínimo de tres punto ocho (3.8) sobre cinco punto cero (5.0) o su equivalente.
No haber recibidos sanción: académica o disciplinaria, por parte la Institución de Educación Superior de donde se procede.
Haber obtenido el cupo de ingreso a Unitrópico cumpliendo los requisitos mencionados en concordancia con el capítulo II del Reglamento Estudiantil.
La intensidad horaria y los créditos académicos sean iguales a superiores al de las asignaturas que se vayan a homologar.
Cumplir con los requisitos específicos, establecidos por el respectivo Consejo de Facultad.
Allegar constancia de retiro voluntario o de estar cursando estudios y de no haber sido retirado por bajo rendimiento académico o sanción disciplinaria expedida por la universidad de procedencia.
En aquellos casos en que las asignaturas no se hayan actualizado al sistema de créditos, el Comité Curricular del programa académico hará las equivalencias que considere pertinentes.
Los aspirantes provenientes de Universidades que integran el Sistema Universitario Estatal (SUE), realizarán la transferencia externa de acuerdo con la normatividad que establezca dicho sistema.
El aspirante deberá cursar en la Universidad Internacional del Trópico Americano al menos el 60% de los créditos requeridos para graduarse.
Documentación
Los certificados originales expedidos por la institución de procedencia, en los cuales se incluya todas las asignaturas cursadas, su calificación e intensidad horaria respectiva y el número de créditos. Para el caso de instituciones extranjeras, estos certificados deben reunir los requisitos establecidos en los convenios interinstitucionales y los exigidos por la Ley colombiana.
Los contenidos programáticos originales de las asignaturas cursadas que desee homologar emitidos por la institución de procedencia.
Certificado de buena conducta expedido por la institución de procedencia.
b- Transferencia Interna (Art. 48)
Requisitos
Acreditar un Promedio General Acumulado (PGA) mínimo de tres punto seis (3.6).
Haber obtenido en la prueba de estado un puntaje superior al puntaje mínimo de la lista de los estudiantes admitidos al programa al que aspira transferirse en el periodo académico inmediatamente anterior.
La intensidad horaria y los créditos académicos sean iguales a superiores al de las asignaturas que se vayan a homologar.
Cumplir con los requisitos específicos, establecidos por el respectivo Consejo de Facultad.
Encontrarse a paz y salvo por todo concepto con la Universidad.
Viabilidad
Si el concepto del Consejo de Facultad es positivo, se le remite la solicitud al Lider del Programa para el estudio de homologación.
Estudio de la Homologación
El líder de programa ejecuta el estudio de la Homologación de acuerdo con lo estipulado en el artículo 54 del Reglamento Estudiantil así:
a- Transferencia Externa: La asignatura que se homologue debe tener una calificación mayor o igual a tres coma cinco (3,5) sobre cinco (5.0).
b- La asignatura que se homologue debe tener una calificación mayor o igual a tres coma tres (3,3) sobre cinco (5.0).
c- Una asignatura puede ser homologada en Unitrópico con los contenidos de más de una asignatura aprobada, pero no pueden ser homologadas dos asignaturas con el contenido de una asignatura
d- Los niveles de inglés como lengua internacional o la equivalente, que no hagan parte del plan de estudios de la universidad de origen no serán objeto de homologación, puesto que no forman parte del Plan de Estudios de Ingeniería Civil.
Comunicación: Previo pago de los derechos pecuniarios establecidos por el Consejo Superior; el líder del Programa comunicará al aspirante los resultados del estudio de homologación, con copia a la Oficina de Registro, junto con la recomendación de la carga académica a matricular.
Requisitos y Procedimiento de suscripcion de convenios generales
Resolucion Rectoral 707 de 2023
Convenios para pasantias