El comisario mercantil es una figura que está contemplada en el Código de Comercio venezolano, y que aparece en más de 20 artículos en este dispositivo legal. Los comisarios, quienes son designados por la asamblea de socios de la entidad, tienen un derecho ilimitado de inspección y vigilancia sobre todas las operaciones de la sociedad, y en nuestro país, ineludiblemente, sin excepción, todas compañías anónimas deben nombrar a un comisario.
El comisario es nombrado con el objeto de que velen por los intereses de los accionistas de la organización, y debido al amplio abanico de funciones que debe desempeñar, puede catalogarse como un cargo multi e interdisciplinario, ya que no solo debe evaluar la gestión administrativa de la entidad, sino que también tiene que examinar y valorar las operaciones económicas y financieras de la empresa, además de estar al tanto sobre denuncias por irregularidades que pudiesen presentarse.