2016-06-28 JEZ

Tras tener confirmación por parte de la Junta Electoral de Zona de Sevilla referente a la designación fuera del procedimiento establecido en el artículo 26 de la LOREG de miembros de mesas electorales, se presenta el presente recurso.

Respecto a la “falta de tiempo”:

Considerar que:

    • Fue realizado el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla el día 30 de mayo de 2016 en el que se designaron los miembros de las mesas electorales.
    • El Ayuntamiento de Sevilla designa de forma habitual 3 sustitutos, uno más de lo que marca el artículo 26.3 de la LOREG. Disponiéndose por tanto de un margen de un ciudadano para cada puesto y de 3 de forma global para el número de ciudadanos obligados a asistir a la constitución de la mesas.
    • De forma general en cada colegio electoral existe más de una mesa, aumentando por tanto el número de ciudadanos suplentes que en total han de encontrarse en el colegio electoral para conformar las mesas.
    • Tal como ocurre en otros ayuntamientos, podría designarse un número aún mayor de sustitutos.
    • Tal como recoge el artículo 27.2 de la LOREG, los ciudadanos designados habrían sido notificados en el plazo de 3 días, situándonos por tanto como máximo en el día 2 de junio de 2016.
    • Tal como recoge el artículo 27.3 de la LOREG, los ciudadanos disponen de 7 días para presentar recurso a su designación, situándonos por tanto como máximo en el día 9 de junio de 2016.
    • Tal como recoge el artículo 27.3 de la LOREG, la Junta Electoral de Zona de Sevilla dispone de un plazo de 5 días para dar respuesta, situándonos por tanto como máximo en el día 14 de junio de 2016.
    • Disponiendo por tanto de un mínimo de 11 días para la designación conforme al artículo 26 de la LOREG, notificación y recurso sin perjuicio alguno para los plazos que afectan a los ciudadanos.
    • Quedando únicamente, en el peor de los casos, fuera de dicho plazo el que afecta a la propia Junta Electoral de Zona, pudiendo en base a la interpretación que de la ley hace la propia JEZ designar en ese momento a los miembros voluntarios ante una supuesta imposibilidad de responder al recurso.

Respecto a la designación de voluntarios como titulares:

    • La designación directa por la JEZ de nuevos titulares, supone una alteración del orden de sustitución establecido por el artículo 27.3 y con más detalle en el 80.2 de la LOREG.
    • En el caso de la “falta de notificación a los titulares de su designación”, el cese en los intentos de realizar dicha notificación y la designación de nuevos titulares, supone en la práctica además la anulación de su nombramiento a pesar de que como se recoge en diversas informaciones a los ciudadanos por parte del Ministerio del Interior y otras Junta Electorales, “el retraso no será causa invalidante de la designación[1] y que “La condición de miembro de una Mesa electoral solo se pierde por excusa alegada por la persona designada. Ninguna otra persona o institución podrá decidir el cambio de esta condición.[2]

Respecto al momento de la designación:

Respecto al procedimiento de selección de voluntarios:

    • La falta de un procedimiento público y transparente, difundido y conocido por todos los ciudadanos, contraviene el artículo 8.1 de la LOREG, “La Administración electoral tiene por finalidad garantizar en los terminos de la presente Ley la transparencia y objetividad del proceso electoral y del principio de igualdad.
    • Ante esta este hecho, no puede esgrimirse motivo de urgencia alguno, dado que la propia JEZ reconoce que actúa en la misma forma que “en todos los comicios anteriores” no siendo fruto por tanto sus actos de la improvisación o la premura.
    • Este incumpliemto del artículo 8.1 impide:
      • La igualitaria concurrencia de todos los ciudadanos al procedimiento.
      • La posibilidad de presentar recursos y alegaciones concretos y fundamentados a dicho procedimiento.

[1] - http://www.juntaelectoralcentral.es/cs/jec/doctrina/acuerdos?anyosesion=1993&idacuerdoinstruccion=13610&idsesion=359

[2] - http://www.juntaelectoralcentral.es/cs/jec/doctrina/acuerdos?anyosesion=1977&idacuerdoinstruccion=37952&idsesion=624

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