Nombramiento de Evaluador
DOCUMENTOS REQUERIDOS
Formato debidamente diligenciado a computador
Carta dirigida al programa solicitando nombramiento de evaluadores del anteproyecto
Reporte Matricula – “ Proyecto de Grado”
Copia del pago de la liquidación de la Matricula
Copia de Cámara de Comercio y/o Documento equivalente
Carta dirigida al Programa por parte de la entidad en donde se da autoriza al estudiantes la realización el trabajo de grado.
Carta del director indicando que ha revisado el anteproyecto, y que este cumple con los parámetros establecidos por el programa para su elaboración
Fotocopia de la Cédula del director (En caso de ser Externo)
Fotocopia de la Tarjeta Profesional del director (En caso de ser Externo)
Copia carta aprobación de tema expedida por el Comité Curricular
Certificado de afiliación del estudiante a la ARL por parte de la Universidad
Copia del Convenio firmado por todas las partes
Ejemplar en digital , el cual se debe adjuntar al finalizar la información del formulario "NOMBRAMIENTO DEL EVALUADOR"
Los soportes deben ser enviados en un solo documento en PDF, el cual se debe adjuntar al finalizar la Información del formulario "NOMBRAMIENTO DEL EVALUADOR" .
Presentar el anteproyecto en las fechas estipuladas en el " Comité Curricular"
NOTA: De acuerdo con lo estipulado en el Acuerdo 051 de 2019, el estudiante debe tener presente lo siguiente:
ARTÍCULO 40. Ningún estudiante podrá graduarse con promedio ponderado acumulado inferior a tres, uno (3,1).
PARÁGRAFO. El estudiante que haya cursado y aprobado el 80% de los créditos de su plan de estudios, podrá matricular adicionalmente proyectos académicos en áreas de investigación y extensión, previa aprobación del Comité Curricular del plan de estudios respectivo, con el fin de mejorar su promedio ponderado acumulado, o de iniciar su proyecto de grado.
CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA
Los trabajos de grado deben estar orientados a apoyar las lineas de investigación del programa:
Lineas de Investigación del Programa
La contabilidad colombiana en el entorno de la globalización
Gestión Tributaria y Financiera
Ética, investigación y educación contable
Emprendimiento empresarial
Aseguramiento y Revisoría Fiscal
Estatuto Estudiantil
Acuerdo No.51 de 2019 (13 de septiembre) "Por el cual se compilan los Acuerdos que conforman el Estatuto Estudiantil de la Universidad Francisco de Paula Santander"
ARTÍCULO 161. El alumno que no presente el trabajo de grado dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha de terminación de sus asignaturas, deberá solicitar al Consejo de Facultad respectivo una nueva prórroga justificando los motivos por los cuales el trabajo de grado no fue realizado en ese lapso.
PARÁGRAFO 1. El Consejo de Facultad determinará una nueva prórroga durante la cual el estudiante debe graduarse en forma normal.
PARÁGRAFO 2. El Comité Curricular del Plan de Estudios fijará los requisitos que debe cumplir el estudiante que requiera la prórroga, al tenor del Plan de Estudios vigente. (Acuerdo 065 de 1996)
ARTÍCULO 162. El alumno que habiendo cumplido los requisitos para su graduación no se gradúe en el ario siguiente a la terminación de su Plan de Estudios, deberá requerir al Consejo Académico la fijación de la fecha de graduación.
Nota: El desarrollo del trabajo de grado solo podrá ser iniciado por el estudiante, si cuenta con la aprobación oficial del anteproyecto correspondiente por parte del “Comité Curricular”