Estudio de Tema

Documentos Requeridos


NOTA: De acuerdo con lo estipulado en el Acuerdo 051 de 2019, el estudiante debe tener presente lo siguiente:

ARTÍCULO 40. Ningún estudiante podrá graduarse con promedio ponderado acumulado inferior a tres, uno (3,1). 

PARÁGRAFO. El estudiante que haya cursado y aprobado el 80% de los créditos de su plan de estudios, podrá matricular adicionalmente proyectos académicos en áreas de investigación y extensión, previa aprobación del Comité Curricular del plan de estudios respectivo, con el fin de mejorar su promedio ponderado acumulado, o de iniciar su proyecto de grado. 


1-Estudio de Tema.docx

CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA

EN CASO DE APROBACIÓN DEL TEMA DEL ANTEPROYECTO


Nota:


Lineas de Investigación del Programa




Estatuto Estudiantil 


Acuerdo No.51 de 2019 (13 de septiembre) "Por el cual se compilan los Acuerdos que conforman el Estatuto Estudiantil de la Universidad Francisco de Paula Santander" 


ARTÍCULO 161. El alumno que no presente el trabajo de grado dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha de terminación de sus asignaturas, deberá solicitar al Consejo de Facultad respectivo una nueva prórroga justificando los motivos por los cuales el trabajo de grado no fue realizado en ese lapso.


PARÁGRAFO 1. El Consejo de Facultad determinará una nueva prórroga durante la cual el estudiante debe graduarse en forma normal. 


PARÁGRAFO 2. El Comité Curricular del Plan de Estudios fijará los requisitos que debe cumplir el estudiante que requiera la prórroga, al tenor del Plan de Estudios vigente. (Acuerdo 065 de 1996) 


ARTÍCULO 162. El alumno que habiendo cumplido los requisitos para su graduación no se gradúe en el ario siguiente a la terminación de su Plan de Estudios, deberá requerir al Consejo Académico la fijación de la fecha de graduación.