Tipos de Datos

1.- Datos Básicos

La LOE legimita a los centros a recabar datos de carácter personal para la función docente y orientadora en referencia a:

2.- Datos Especiales

3.- Incumplimiento protección datos

En
el
caso
de
incumplimiento
de
la
normativa
de
protección
de
datos
en
un
centro
educativo
público,
la
AEPD
sancionará
a
la
Consejería
de
Educación,
como
 responsable
del
tratamiento
de
datos
personales,
dictando
una
resolución
con
apercibimiento.
 

Sin
perjuicio
de
ello,
la
AEPD
propondrá
también
la
iniciación
de
actuaciones
disciplinarias
 cuando
existan
indicios
suficientes
para
ello.
En
este
caso,
el
procedimiento
y
las
sanciones
 a
aplicar
serán
las
establecidas
en
la
legislación
sobre
régimen
disciplinario
o
sancionador
 que
resulte
de
aplicación.
(LOPDGDD
Art.77.3) 

Por
 tanto,
 podría
 derivarse
responsabilidad
 disciplinaria
 del
 profesorado,
 del
 personal
 administrativo
 y
 del
 resto
 de
 personal
 que
 presta
 servicio
 en
 los
 centros
 educativos
 públicos
dependientes
de
la
Consejería
de
Educación,
 por
incumplimiento
de
sus
deberes
y
obligaciones
en
materia
de
protección
de
datos.