• ¿Qué es el consejo escolar?
Es el Órgano Máximo de Representación y participación de los diferentes sectores que forman la comunidad educativa.
Es donde las familias, el profesorado y el alumnado participan y toman las decisiones que afectan a la vida del centro escolar.
Es obligatorio constituir un consejo escolar en todos los centros educativos públicos.
• ¿Quiénes participan?
- El equipo directivo: director o directora, jefe o jefa de estudios, secretario o secretaria (con voz, pero sin voto)
- Un número determinado de profesoras y profesores elegidos por el claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes.
- Un representante del profesorado complementario siempre que exista aula estable.
- Un número determinado de madres o padres, elegidos por las familias. La AMPA podrá designar directamente y sin someterse al proceso electoral a una persona representante como miembro del consejo escolar.
- Un número determinado de alumnas y alumnos, elegidos por el alumnado (educación secundaria).
- Un o una representante del Ayuntamiento.
- Una persona que represente al personal no docente (PAS).
•¿Cuándo se elige el consejo escolar?
A principio del curso, cada dos años
• ¿Para qué sirve, cuáles son sus funciones?
a) Aprobar el Proyecto Educativo del Centro.
b) Aprobar el plan y la memoria anual del centro, y evaluar su desarrollo y resultados.
c) Aprobar las propuestas de contratos programas, convenios y otros acuerdos de colaboración del centro con entidades o instituciones.
d) Aprobar el reglamento de organización y funcionamiento que establece las normas de participación de la comunidad educativa y sus correspondientes modificaciones, a propuesta e iniciativa de la dirección.
e) Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas.
f) Intervenir en la resolución de los conflictos, revisar las medidas educativas, de mediación y correctoras adoptadas.
g) Aprobar las directrices para la programación de actividades escolares complementarias y actividades extraescolares, y evaluar su desarrollo.
h) Participar en los análisis y las evaluaciones del funcionamiento general del centro, y conocer la evolución del rendimiento escolar.
i) Aprobar los criterios de colaboración con otros centros y con entidades públicas o privadas del entorno.