Sistemas de Gestión de Energía (SGEn)

Las DyE inscritas al Programa deberán iniciar o continuar la implementación y documentación de sus SGEn de acuerdo con los criterios que publique anualmente la Comisión en su página en Internet.

La Comisión podrá realizar vistas técnicas a las DyE para la revisar el cumplimiento de los SGEn.

Criterios

Las DyE cuya suma del área total construida de sus Inmuebles de uso oficina inscritos al Programa, sea igual o mayor a 100,000 m2, tendrán la obligación de iniciar la implementación y documentación de SGEn en, al menos, tres Inmuebles de uso de oficina, los cuales serán elegidos por las propias DyE con apego a los criterios publicados anualmente en la página de Internet de la Comisión.

Por lo anterior, el Funcionario Enlace informará a la Comisión, a través del correo electrónico programa.apf@conuee.gob.mx y conforme a los Criterios de SGEn publicados en la página de internet de la Comisión, sobre:

El estado actual de la implementación y documentación de los SGEn de los Inmuebles de uso de oficina que fueron elegidos en años anteriores y que hayan terminado o estén proceso de implementación de su SGEn.


Herramientas para implementar un Sistema de Gestión de la Energía