La Compañía ofrece adaptaciones razonables a las empleadas por condiciones de salud relacionadas con el embarazo o el parto a pedido de la empleada, con el asesoramiento de su proveedor de atención médica con licencia o doula certificada, a menos que la adaptación imponga una dificultad excesiva en la operación del negocio de la Compañía. Una empleada embarazada no está obligada a obtener el consejo de su proveedor de atención médica con licencia o doula certificada para las siguientes adaptaciones, y Superior no las considerará como una dificultad excesiva: (1) descansos más frecuentes para ir al baño, comer y tomar agua; (2) asientos; y (3) límites para levantar más de 20 libras. Los ejemplos de adaptaciones razonables incluyen la transferencia temporal a una posición menos extenuante o peligrosa, asientos, descansos frecuentes para ir al baño y límites para levantar objetos pesados. Sin embargo, Superior no está obligada a crear un puesto nuevo o adicional para dar cabida a la empleada o terminar el empleo de cualquier otro empleado, o transferir a cualquier otro empleado o ascender a cualquier empleado.
Si cree que necesita una adaptación razonable, debe informar a Recursos Humanos. La Compañía participará en un proceso interactivo con usted para determinar qué adaptación debe proporcionarse. La Compañía no tomará represalias contra una empleada por solicitar u obtener una adaptación.
Comuníquese con Recursos Humanos si tiene alguna pregunta o inquietud acerca de las adaptaciones razonables para el embarazo.