La Compañía se compromete a cumplir con la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, así como con las leyes estatales y locales aplicables que prohíben la discriminación por discapacidad, y a garantizar la igualdad de oportunidades en el empleo para todas las personas que puedan realizar las funciones o deberes esenciales de su trabajo, con o sin adaptaciones razonables. Todas las prácticas de empleo (incluido el reclutamiento, la contratación, la compensación, el ascenso, la disciplina, el despido o cualquier otro aspecto del empleo) se llevan a cabo de forma no discriminatoria sin tener en cuenta la discapacidad.
La Compañía proporciona adaptaciones razonables a las limitaciones físicas o mentales conocidas de una persona calificada con una discapacidad, a menos que las adaptaciones impongan una dificultad excesiva a la Compañía. Una adaptación razonable es una modificación o ajuste a un trabajo, el ambiente de trabajo o la manera o las circunstancias bajo las cuales el puesto se desempeña habitualmente, que permite a un solicitante o empleado calificado con una discapacidad realizar las funciones esenciales de un trabajo y disfrutar de los mismos beneficios y privilegios del empleo. Los ejemplos de adaptaciones razonables incluyen, entre otros:
hacer que las instalaciones existentes sean accesibles
reestructuración del trabajo
horarios de trabajo a tiempo parcial o modificados
adquirir o modificar equipos
cambiar las evaluaciones, los materiales de capacitación o las políticas
proporcionar lectores o intérpretes calificados
reasignación a un puesto vacante
Si cree que necesita una adaptación razonable, debe informar a Recursos Humanos. La Compañía participará en un proceso interactivo con usted para determinar la adaptación que se le proporcionará. La Compañía no tomará represalias contra un empleado por solicitar u obtener una adaptación. Comuníquese con Recursos Humanos si tiene preguntas o inquietudes sobre adaptaciones razonables para discapacidades.