"Artículo 91,- Tercera matrícula. - Cuando un estudiante repruebe por tercera vez una asignatura, curso o su equivalente, no podrá continuar, ni empezar la misma carrera en la misma IES, De ser el caso, podrá solicitar el ingreso en la misma carrera en otra IES, que, de ser pública, no aplicará el derecho de gratuidad.
En el caso que el estudiante desee continuar en la misma IES o en otra lES, podrá homologar las asignaturas, cursos o sus equivalentes en otra carrera que no considere la o las asignaturas, cursos o sus equivalentes que fueron objeto de la tercera matrícula.
Esta disposición aplica para el aprendizaje de una segunda lengua, siempre que forme parte del plan de estudios de la carrera o programa como componente de las unidades básica y/o profesional."
Fuente. CES, Reglamento de Régimen Académico, 2019/03/21
De acuerdo al Estatuto de la UCE
1.- Los estudiantes tiene derecho a tres terceras matrículas durante toda su carrera a partir de la aprobación del Estatuto. Esto significa que quienes tuvieron terceras matrículas hasta el semestre 2019-2020 y las aprobaron, a partir del semestre 2020-2020 podrán tener solamente tres terceras matrículas adicionales en el resto de su carrera.
2.- La excepcionalidad, tal como indica su palabra, son para casos especiales, no es un derecho directo. El tramite será con solicitud al Vicerrectorado Académico desde el Decanato de Facultad, quien analizará si amerita o no otorgar una tercera matrícula adicional.
3.- Los estudiantes que perdieron en períodos anteriores una o más terceras matriculas ya no tienen derecho a cursar la asignatura, no existe posibilidad alguna de una cuarta matrícula en la misma asignatura.