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Desde CSIF, se recuerda además que ya se está exigiendo el cobro de la indemnización por cese de personal interino, y que YA HAY SENTENCIAS FAVORABLES por lo que el Departamento de Educación tendría que hacer frente a reclamaciones e indemnizaciones millonarias en caso de que los interinos no puedan aprobar la oposición y pierdan su empleo. (Extracto de la noticia anterior.)
"la comisión de coordinación establece que "habrá baremos singulares para estos colectivos para tener más facilidades de poder acceder en términos de fijeza" a la función pública. "
"Tenemos que garantizar los principios de igualdad de acceso, pero otra cosa son los baremos", ha añadido la consejera, quien defenderá que "haya baremos que permita, sin incurrir en inconstitucionalidad, dar mayor capacidad de optar al puesto de trabajo a estos colectivos", unos trabajadores que deberán acudir a los concursos "como hacen los interinos".
PODEMOS PIDE QUE SE INCLUYAN ESAS PLAZAS
La diputada de Podemos Begoña Gutiérrez ha recordado que esas plazas "se crearon fruto de sentencias judiciales" ganadas por una serie de trabajadores "debido a contrataciones fraudulentas y que no estaban bien hechas en la Administración, son puestos que se han ganado sentencia a sentencia".
Tras reconocer que es "una figura rara" y reconoce cierta "preocupación" ante "esa especie de caos en la administración" y no cree que se deban introducir esas plazas en la convocatoria extraordinaria de empleo y cree que es necesario "arbitrar medios necesarios para un reconocimiento explícito de estas personas dentro del convenio de la Junta para acabar con el vacío legal que existe".
A juicio de Podemos, "no habría que tener en cuenta esas plazas en la oferta hasta que esa situación no se resuelva y se tenga un marco jurídico claro, y una vez obtenido ese reconocimiento, sí se podría emprender un proceso negociador dentro de la oferta de empleo público para buscar esa alternativa y la oferta de empleo público que se plantea".
Extracto de la noticia anterior.
Esta va a ser "la primera de cientos de sentencias de personal docente que tienen derecho a que se les reconozca la condición de contratados laborales indefinidos no fijos" que "tendrán la posibilidad de percibir hasta 52.000 euros en caso de despido o finalización de contrato". "A esta sentencia pueden acogerse miles de docentes que año tras año se ven obligados a elegir plaza por finalización de contrato" así como los contratados del resto de las administraciones públicas. (Extracto de la noticia.)
Además, es imprescindible que se negocie un modelo de acceso extraordinario de acceso a la función pública docente. El sindicato reclamó al MECD un modelo para este periodo de amplia oferta de empleo público como ha existido en otros momentos, como en la aplicación de la LOGSE y la LOE. Es de vital importancia que este modelo de acceso gire en torno a un aumento del peso de la experiencia, de una simplificación de la fase de oposición y de que las pruebas de esta fase no sean eliminatorias. Para CCOO es central que se reconozca el esfuerzo y la dedicación de aquellas personas que no han podido obtener la plaza en las últimas convocatorias debido a los recortes de empleo público y la limitación de la tasa de reposición. (Extracto del artículo.)
· el ministerio que encabeza Cristóbal Montoro y los sindicatos presentarán alegaciones por separado para evitar que la ‘macrodemanda’ prospere.
· Hacienda asegura que no cabe otro proceso legal que no sea el concurso-oposición y así lo acabó pactando con los sindicatos.
· El proceso judicial podría prolongarse hasta final de año en caso de que la Audiencia Nacional decida admitir el trámite.
(Extractos de la noticia.)
... por primera vez, el Gobierno de Aragón ha publicado los criterios de calificación detallados y las penalizaciones correspondientes cuando no se sigue una norma, como puede ser que no se respete el interlineado marcado.
La oposición se divide en dos apartados: la prueba de conocimientos y la de aptitudes pedagógicas y técnicas(subdivididas cada una de ellas en dos partes diferentes). Para pasar de la prueba de conocimientos a la de aptitudes es necesario obtener, al menos, 5 puntos (de 10) en la primera (compuesta por una parte práctica y otra de desarrollo del tema). La calificación final de las aptitudes pedagógicas se pondera con el 40% de la nota de la programación didáctica o programa de intervención y el 60% de la calificación de la unidad didáctica o de actuación.
Pero, ¿qué se tiene en cuenta en cada una de estas fases? En la parte práctica de la prueba de conocimientos se valora el rigor en el desarrollo, el conocimiento científico de la especialidad, el dominio de las habilidades técnicas, la resolución y el resultado obtenido. Por su parte, en el desarrollo del tema (con dos horas de duración) se califica el conocimiento científico, profundo y actualizado (citas, legislación y conceptos aplicados con precisión), la estructura del tema, desarrollo y originalidad en el planteamiento y la exposición (una lectura ágil, utilización del lenguaje no verbal y sin contradicciones).
Posteriormente, la prueba de aptitud pedagógica y técnica se divide en la programación didáctica (o programa de intervención) y la calificación de la unidad didáctica (o de actuación). Los opositores tienen 20 minutos para defender la programación didáctica y se les valora la presentación, la contextualizado, los elementos que la componen, la exposición y el debate con el tribunal. Seguidamente, disponen de una hora y cuarto para preparar la unidad didáctica, 40 minutos para exponerla y 15 para debatirla. En este punto se tiene en cuenta la contextualización, los objetivos, el contenido, las actividades, los procedimientos de evaluación, las medias de atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, la exposición y el debate con el tribunal.
En el caso de que se presente un programa de intervención (20 minutos), el tribunal evalúa la presentación, contextualización, objetivos, recursos, metodología, listado de actuación y la evaluación. En la parte de la actuación se tiene el mismo tiempo que aquellos que deben defender una unidad didáctica y se valoran cuestiones similares: contextualización, objetivos, actividades, procedimientos de evaluación, exposición y debate.
Extracto de la noticia.
La única alternativa que propone el juez es que "quizá podría plantearse una reclamación por responsabilidad patrimonial, pero no es la formulada en vía administrativa ni en este proceso". Contra la sentencia no cabe más recurso que el extraordinario de casación ante el TSJA, según explicó a este periódico Manuel Martos.
No obstante, el abogado avanzó que presentará una demanda por daños y perjuicios por un valor de un millón de euros, equivalente a una indemnización por despido improcedente de 45 días por año trabajado sin límite de meses. "Y si hay que llegar a los tribunales europeos, pues llegaremos a ellos", avanzó. Esta no es la primera vez que lo hace. Manuel Martos es presidente de la Asociación Nacional de Trabajadores Interinos, Laborales y Estatutarios (ANIL) de la Administración central, autonómica, supra-municipal y local. Actualmente su despacho lleva 3.500 casos en toda España.
Extracto de la noticia.
3.- Lomce
Uno de los grandes retos de Pedro Sánchez será despejar el futuro de la Educación. Tras fracasar el Pacto por la Educación, al negarse el PSOE a aceptar la financiación que ofrecía el Partido Popular, ahora tendrá que poner sobre la mesa una propuesta que satisfaga a todos los grupos. Además, la Mesa del Congreso tiene que dar luz verde a la tramitación parlamentaria de una Proposición de Ley del Grupo Socialista para suspender el calendario de implantación de la Lomce y despejar el futuro de las reválidas.
La Lomce no podrá ser derogada hasta que haya una nueva ley, al tener carácter de orgánica, por lo que si la mayoría de la Cámara no le da su apoyo, tendrá que seguir aplicando la conocida como Ley Wert.
Extracto de la noticia.
"concluía en su razonamiento que las diferentes indemnizaciones al finalizar la relación laboral entre indefinidos (20 días por año trabajado cuando son despedidos de forma procedente o 33 si es improcedente) y temporales (12 días en la mayoría de casos o ninguno si son interinos o sustitutos). "
"Lo que provocó perplejidad entre la mayoría de juristas españoles fue que en aquel razonamiento no se tenía en cuenta que la legislación española establece que todos los asalariados –temporales e indefinidos- tienen derecho a una indemnización de 20/33 días cuando llega una rescisión de contrato abrupta e imprevista: todas en el caso de los fijos, pero muy pocas en términos absolutos en el de los temporales. Para estos últimos, cuando acaba el contrato, hay una indemnización menor prevista (12 días) en la mayor parte de contratos eventuales y nada para los interinos."
"Los juristas defienden que esta distinción está justificada porque en los casos de los temporales la finalización de la relación está preestablecida y, como decía el Abogado de la UE, “el propio trabajador ha participado en el acuerdo contractual que […] hace irremediablemente que su relación acabe, aun cuando él quizá albergue la esperanza de que su empresario lo contrate con carácter indefinido”. "
Extracto de la noticia que demuestra la importancia de tener el estatus de indefinido frente a temporal.
Aclaración de la noticia:
La noticia habla de los interinos (con contrato temporal), no de los indefinidos no fijos.
A fecha de hoy, alcanzar la categoría de indefinidos no fijos nos dará más derechos que si nos quedamos con el estatus de sólo interinos.
"no hay discriminación al fijar indemnizaciones diferentes para los trabajadores indefinidos y los temporales. Rectifica así lo fallado en una sentencia, el conocido como caso Diego Porras, en la que consideró que los trabajadores temporales debían obtener la misma compensación que los fijos al extinguirse su contrato de trabajo. "
Extracto de la noticia que demuestra la importancia de tener el estatus de indefinido frente a temporal.
"el sindicato ha asegurado que cuando se conforme el nuevo Gobierno intensificará la interlocución, junto a comunidades autónomas y ayuntamientos, para agilizar el acuerdo de convocatorias de empleo, ya que las de 2017 aún no se han ejecutado. "
"Queremos dar seguridad jurídica al colectivo de los interinos y que en los procesos selectivos se reconozca el trabajo desarrollado en los años más duros de la crisis económica", ha subrayado CSIF, tras afirmar que apuesta por el acuerdo firmado para acabar con el abuso de la temporalidad y la precariedad en el empleo y para dar garantías jurídicas y protección a los trabajadores.
Extracto de la noticia.
Con respecto a las bases de las convocatorias de las plazas a consolidar, se resaltaba que la mayoría han sido aprobadas y que otras se aprobarán próximamente, una vez se corrijan una serie de cuestiones detectadas. Los sindicatos consultados esperan que la próxima reunión de la Mesa General de Negociación no se postergue más de dos semanas y se pueda finalizar con la aprobación de todas las bases para que estas se publiquen en el BOCCE y se pueda iniciar el proceso de consolidaciones.
Así, tal y como pudo saber este diario, las bases abordadas este martes eran para la convocatoria de 2 plazas de trabajador social para personal funcionario, 23 plazas de trabajador social para personal laboral, 17 plazas de educador para personal funcionario, 19 plazas de educador para personal laboral, 3 plazas de conductor para personal laboral y 5 plazas de conductor para el personal funcionario, todos ellos correspondientes al proceso de consolidación que se está llevando a cabo en la ciudad.
Extracto de la noticia.
El alto tribunal entiende que no existe ningún trato discriminatorio, como aseguró en su primer fallo, ni entre los trabajadores fijos y temporales, ya que reciben la misma indemnización cuando son despedidos por razones objetivas (económicas, técnicas, organizativas o de producción): 20 días por año de servicio. Ni con los trabajadores interinos (aquellos que sustituyen a otro con un puesto fijo), ya que estos no reciben ningún tipo de indemnización cuando finaliza su contrato porque la situación en la que se encuentran es distinta a la los trabajadores indefinidos. En el caso de estos últimos, desconocen el momento exacto en el que se va a extinguir su relación laboral y, por tanto, el daño que se les puede causar al prescindir de ellos es sensiblemente superior, lo que explicaría por qué el ordenamiento jurídico español prevé en estos supuestos una indemnización.
... En el caso de la Administración, es bastante frecuente tener a trabajadores con contratos de interinidad durante largos periodos hasta que un determinado puesto sale a concurso y es ocupado por la persona que lo gana, quedándose la otra, pese a su larga trayectoria profesional, sin trabajo y sin derecho a indemnización.
Extracto de la noticia anterior.
La no caducidad de la nota o la nota indefinida que piden las centrales docentes supondría que una vez un interino ha logrado una puntuación alta en una oposición, la misma no le caduque en ningún momento, de tal modo que no sea preciso que vuelva a participar en otro proceso selectivo para mantenerse en la lista de interinos y, por tanto, continuar trabajando en la región.
Extracto de la noticia.
La solución que piden los interinos en su escrito es que se aplique el artículo 61.6 del Estatuto.«Dice básicamente que se puede establecer un proceso de concurso de méritos, que resultaría ser una solución legítima para salir de este atolladero inhumano para los profesores que lo sufren».
Incluso advierten de que de no ser así, «y resolverse por la vía legal y política», los afectados «podrían reclamar indemnización por daños y perjuicios».
Texto extraído de la noticia.
En el «Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta» número 5783, de 18 de mayo de 2018, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Treinta y tres plazas de Auxiliar Administrativo de la Ciudad de Ceuta, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en «Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta» y en el Tablón de Anuncios de la Dirección General de Recursos Humanos de la Ciudad de Ceuta.
Ceuta, 18 de junio de 2018.–La Consejera Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo, Kissy Chandiramani Ramesh.