BECAS


 Becas del Ministerio de Educación y Formación Profesional

PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD

ENTRA EN LA SEDE ELECTRÓNICA

Todo el proceso de solicitud de la beca se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación.

SEDE ELECTRÓNICA

Para registrarte, necesitas un usuario y una contraseña:


Puedes acceder a la solicitud de beca de dos formas:



RELLENA EL FORMULARIO

Una vez dentro tienes que rellenar el formulario online


Asegúrate de que todos los datos que introduces están actualizados.

•En cuanto al número de la cuenta bancaria en la que deseas que te ingresen la beca, es muy importante que en todo caso esté abierta a nombre de la persona que solicita la beca, que debe figurar como TITULAR o COTITULAR, aunque sea menor de edad.



Si te surgen dudas cuando estés rellenando el formulario, recuerda que puedes consultar en la web los apartados:

Si aun así te quedan dudas, puedes:

Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal en el caso de ser menor de 18 años con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. 


No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos. Comprueba que tu solicitud ha sido completada y no se haya quedado en "borrador"


REQUISITOS:


1. Requisitos generales 

2. Requisitos académicos 

3. Requisitos económicos 



Situaciones especiales: 

Si eres víctima de violencia de género algunos requisitos pueden variar. Infórmate: ☎️910 837 937 

En algunas circunstancias puede que las cantidades sean inferiores, como por ejemplo: 

• Vas a cursar estudios 100 % no presenciales (por ejemplo, online o a distancia). 

• Estudios de idiomas. 

• Te has matriculado en un número de asignaturas o módulos inferior a los requeridos para obtener la beca completa. 

• Si solicitas convalidación o exenciones has de tener en cuenta lo previsto en el art. 33 de la Convocatoria. 



Tendrás que devolver toda la cantidad de dinero que hayas recibido de la beca en los siguientes casos: 




CUÁNTO DINERO PUEDES RECIBIR PARA TU BECA



CANTIDAD FIJA:

Se llama cantidad fija porque, a diferencia de la cantidad variable, es un importe fijo establecido cada año en la convocatoria.Si cumples todos los requisitos (generales, económicos y académicos), puedes conseguir las cantidades que te explicamos en la tabla. 

Importante: si recibes la beca ligada a la renta, no tienes derecho a beca básica.



CANTIDAD VARIABLE:

Una vez hemos asignado las becas de cuantía fija a todas las personas que la han solicitado y que cumplen los requisitos, repartimos el importe que ha sobrado del presupuesto total. Esto lo hacemos mediante una fórmula matemática de reparto que pondera, es decir, que mide, la nota media de tu expediente y tu renta per cápita familiar.

EN QUÉ CASOS NO TIENES DERECHO A BECA

Si tu unidad familiar se encuentra en alguna de estas cuatro situaciones:

¿QUÉ SIGNIFICA...?

PLAZO DE SOLICITUD

La principal novedad de la convocatoria de este año es el nuevo plazo para la solicitud, que será:

Desde el día 30 de marzo hasta el 12 de mayo de 2022, a las 24,00h, hora peninsular, ambos inclusive.

Deberás solicitarla dentro de este plazo, aunque no sepas lo que vas a estudiar, o incluso aunque no sepas si vas a estudiar o no.

El plazo se ha adelantado para que la persona que solicite la beca sepa si cumple o no los requisitos económicos antes de ver qué va a estudiar.

Importante:

No hay que dejar la solicitud para el último día, porque desde el Ministerio pueden pedir datos que estén en documentos que el solicitante tiene que buscar o consultar.


PARA QUÉ ESTUDIOS PUEDES SOLICITAR BECA

1. Enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias del sistema educativo español:

a) Primer y segundo cursos de bachillerato.

b) Formación Profesional de grado medio y de grado superior, incluidos los estudios de formación profesional realizados en los centros docentes militares.

c) Enseñanzas artísticas profesionales.

d) Enseñanzas deportivas.

e) Enseñanzas artísticas superiores.

f) Estudios religiosos superiores.

g) Estudios de idiomasrealizados en escuelas oficiales de titularidad de las administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.

h) Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de formación profesional.

i) Ciclos Formativos de Grado Básico.



2. Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles:

No se incluyen en esta convocatoria de becas:




ACCESO A TODA LA NORMATIVA SOBRE BECAS

Extracto de la resolución

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Texto completo de la resolución

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