La Formación Profesional es un conjunto de enseñanzas del sistema educativo, cuyo punto fuerte es la formación práctica, adecuada a las necesidades de la economía y a los diferentes sectores productivos.
La Formación Profesional prepara para la actividad en un campo profesional, facilita el acceso al empleo, la adaptación a los cambios del mundo laboral y la participación activa en la vida social, cultural y económica. La estructura de sus enseñanzas fomenta el aprendizaje a lo largo de la vida porque permite planificar un itinerario formativo y acumular el aprendizaje adquirido.
La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional Ley Orgánica 3/2022, 31 de Marzo, tiene por objeto la constitución y ordenación de un sistema único e integrado de formación profesional.
A partir de esta Ley se está desarrollando la normativa que regula la ordenación de la Formación Profesional.
El nuevo modelo de formación profesional se basa en itinerarios formativos facilitadores de la progresión en la formación y estructurado en una doble escala:
– Cinco grados ascendentes (A, B, C, D y E) descriptivos de las ofertas formativas organizadas en unidades diseñadas según el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
– Tres niveles de competencia profesional (1, 2 y 3), de acuerdo con lo dispuesto en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencia Profesional.
La tipología de las ofertas del Sistema de Formación Profesional está organizada, de manera secuencial, en los siguientes grados:
Grado A: Acreditación parcial de competencia o microacreditaciones (niveles 1, 2 o 3).
Grado B: Certificado de competencia, una única competencia (niveles 1, 2 o 3).
Grado C: Certificado profesional, varias competencias (niveles 1, 2 o 3).
Grado D: Ciclos Formativos: Grado Básico, Grado Medio y Grado Superior (niveles 1, 2 o 3 respectivamente).
Grado E: Curso de Especialización, de grado medio o superior (niveles 2 o 3 respectivamente).
En cada uno de los Grados existirán ofertas vinculadas a los niveles 1, 2 y 3 del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
Todos los ciclos formativos se desarrollarán con carácter dual entre el centro de formación y la empresa.
Más información, haciendo click AQUÍ:
Los ciclos formativos de grado medio y de grado superior tendrán estructura modular y constarán (de acuerdo con el Anexo IV del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional) de:
a) Una parte troncal obligatoria, determinante de la entidad del ciclo, garante de la competencia general correspondiente e integrada por:
1.º Los módulos profesionales del Catálogo Modular de Formación Profesional.
2.º Los módulos asociados a las habilidades y capacidades transversales, y a la orientación laboral y el emprendimiento pertinentes para el conocimiento de los sectores productivos y para la madurez profesional, que incluirán los siguientes:
Itinerario para la empleabilidad I y II.
Digitalización aplicada al sistema productivo.
Sostenibilidad aplicada al sistema productivo.
Inglés profesional.
3.º Proyecto intermodular.
b) Una parte de optatividad integrada por, al menos, un módulo optativo durante la formación con una duración anual o dos módulos cuatrimestrales, cuyo cómputo horario de currículo básico será de 80 horas.
Anexo IV del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio,
por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional:
MÓDULOS PROFESIONALES (y formación en empresas)
Constituye una unidad coherente de formación, a efectos de planificación y diseño de los aspectos básicos del currículo por parte de las administraciones competentes en el diseño de los currículos, para el logro de las competencias profesionales y para la empleabilidad que se pretendan alcanzar en la oferta formativa.
Los módulos profesionales deben responder, en general, a uno o, excepcionalmente, a varios de los estándares de competencia del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, y establecen, con el indicador de calidad requerido, los resultados de aprendizaje necesarios para el desempeño de las actividades y tareas en ellos descritas en términos de competencia para el ejercicio de una actividad profesional concreta.
Los módulos profesionales del Catálogo Modular de Formación Profesional asociados a los estándares de competencia profesional quedarán definidos en la normativa de establecimiento del título y los elementos básicos del currículo.
Haciendo CLICK AQUÍ se puede consultar más información sobre las cualificaciones de las diferentes Familias Profesionales (web del Instituto Nacional de las Cualificaciones - Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes).
Se adjunta el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Listado de todas las cualificaciones vigentes, por familia profesional y nivel.
La parte troncal referida a módulos profesionales vinculados a estándares de competencia profesional deberá ser impartido entre el centro de formación profesional y la empresa.
En ningún caso podrá desarrollarse un módulo profesional del currículo básico, en su totalidad, en la empresa, ni asignarse a la estancia el equivalente a más del 65 % de las horas de duración total de un módulo profesional.
Formación en empresa u organismo equiparado.
La formación en empresa u organismo equiparado:
a) En régimen general, tendrá una duración entre el 25 y 35 % de la duración total del currículo del ciclo formativo y contemplará entre el 10 y el 20 % de los resultados de aprendizaje de los módulos profesionales.
b) En régimen intensivo, tendrá una duración entre el 35 y 50 % de la duración total del currículo del ciclo formativo y contemplará, al menos, el 30 % de los resultados de aprendizaje de los módulos profesionales. Asimismo, se realizarán en el marco del contrato de formación recogido por la legislación laboral.
MÓDULOS DE ITINERARIO PERSONAL PARA LA EMPLEABILIDAD I y II
Los módulos de Itinerario personal para la empleabilidad I y II, comunes a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior, se impartirán, ambos, en cada ciclo formativo, sea este de grado medio o de grado superior, y tendrán como finalidad el desarrollo de habilidades y capacidades transversales, de orientación laboral y emprendimiento, incluyendo el emprendimiento colectivo en economía social, así como el conocimiento de los derechos laborales, para el conocimiento de los sectores productivos y para la madurez profesional.
MÓDULO DE DIGITALIZACIÓN APLICADA AL SISTEMA PRODUCTIVO
El módulo de Digitalización aplicada al sistema productivo tendrá como finalidad el desarrollo de conocimiento y competencias básicas en digitalización y las condiciones en que esta induce modificaciones en los procesos productivos del sector correspondiente.
MÓDULO DE SOSTENIBILIDAD APLICADA AL SISTEMA PRODUCTIVO
El módulo de Sostenibilidad aplicada al sistema productivo tendrá como finalidad el desarrollo de conocimiento y competencias básicas en economía verde, sostenibilidad e impacto ambiental de la actividad, así como las condiciones en que las exigencias de la transición ecológica modifican los procesos productivos del sector correspondiente.
MÓDULO DE INGLÉS PROFESIONAL
El módulo de Inglés profesional tendrá como finalidad el desarrollo de competencias que capaciten para la comunicación y el desenvolvimiento profesional en contextos progresivamente plurinacionales y de movilidad.
PROYECTO INTERMODULAR
El Proyecto intermodular tendrá carácter integrador de las competencias adquiridas, y será uno durante el ciclo formativo. Existirá un seguimiento y tutorización individual y colectiva del proyecto, que se desarrollará de forma simultánea al resto de los módulos profesionales a lo largo de la duración del ciclo formativo. Los centros determinarán el momento en el que debe iniciarse el Proyecto, en función de las características del ciclo formativo.
OPTATIVIDAD DE LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y GRADO SUPERIOR
El currículo del ciclo formativo debe incorporar una parte de optatividad, integrada bien por un módulo de duración anual, bien por dos módulos cuatrimestrales a lo largo del ciclo formativo, cuyo cómputo horario será de 80 horas.
Corresponde a las administraciones competentes la regulación de la oferta de módulos optativos que profundicen en el desarrollo de las competencias transversales o aporten complementos de formación general, para facilitar la progresión del itinerario formativo individual.
Los módulos optativos podrán incluir, entre otros, los de Profundización en Digitalización aplicada al sector productivo, Profundización en Sostenibilidad aplicada al sector productivo, Profundización en Idioma extranjero profesional y Profundización en Iniciativa empresarial y emprendimiento, incluyendo el emprendimiento colectivo en economía social. Además, los centros del Sistema de Formación Profesional podrán hacer propuestas de módulos optativos propios en el marco de lo dispuesto por la Administración educativa competente.
Las administraciones podrán reconocer, a efectos de la superación de la totalidad o parte de la parte optativa del currículo, la realización y superación, por parte del alumno o alumna, de cursos y actividades formativas no formales. Tales cursos y actividades formativas deberán:
a) Haber sido objeto de solicitud de reconocimiento por parte del alumno o alumna ante la Administración competente.
b) Versar sobre:
1.º Competencias relacionadas directamente con el sector al que se refiera la formación.
2.º Competencias transversales que contribuyan a la empleabilidad, tales como, entre otras, las relacionadas con lenguajes de programación, tecnologías disruptivas específicas o sostenibilidad ambiental.
c) Estar ofertadas y certificadas por empresas de implantación significativa a nivel nacional o internacional en el sector productivo, quedando excluidas, en todo caso, las que lo sean por centros o entidades cuyo objetivo principal sea la educación y la formación.
Sin perjuicio de la oferta prescriptiva a su cargo, las administraciones competentes fijarán el procedimiento a seguir en los centros para el reconocimiento total o parcial de la parte optativa, de acuerdo con la duración de los correspondientes cursos o actividades formativas.
◾Oferta completa presencial: Está constituida por la totalidad de los módulos (asignaturas) profesionales que integran cada uno de los cursos, según la distribución establecida en el currículo del título que regula los ciclos formativos de grado medio y grado superior.
◾Oferta modular complementaria: está constituida por los módulos (asignaturas) profesionales, individuales o agrupados, resultado de las plazas que quedan vacantes como consecuencia de la repetición de curso del alumnado o por la incorporación de personas que tengan superados o convalidados módulos profesionales tras la matriculación de este alumnado en oferta completa. Esta oferta está incluida exclusivamente en la educación para personas adultas (no se puede ofertar al alumnado menor de 18 años, con excepción del de 16 a 18 con contrato laboral en activo) y no es de aplicación en los ciclos formativos de grado básico.
◾Oferta completa: se distingue dos modalidades en adultos:
# Virtual, está constituida por la totalidad de los módulos profesionales que integran cada uno de los cursos, según la distribución establecida en el currículo que regula los ciclos formativos de grado básico, grado medio, grado superior y cursos de especialización de las enseñanzas de formación profesional inicial.
# Presencial, solamente está constituida por los módulos profesionales que integran cada título de grado medio, grado superior y cursos de especialización.
◾Oferta Modular: la constituida por los módulos profesionales de ciclos formativos de grado medio y superior, así como de los cursos de especialización autorizados por la Consejería competente en materia de educación para ser ofertados individualmente o como un conjunto de módulos, menor a un curso, y cuyo itinerario es diseñado por cada persona según sus propias circunstancias. Esta oferta puede ser cursada en tres modalidades: presencial, semipresencial o virtual; existiendo 2 tipologías en función de cómo se oferte:
1) Oferta modular diferenciada: Módulos de asignación individual.
2) Oferta modular por bloques: Módulos de asignación agrupada.
En el siguiente enlace: hacer CLICK AQUÍ, se pueden consultar los requisitos para acceder a cada uno de los diferentes Grados y Niveles de la Formación Profesional.
En el siguiente enlace: hacer CLICK AQUÍ, se pueden consultar las familias profesionales existentes y haciendo click en cada una de ellas se podrán ver los Ciclos Formativos de Grado Básico, de Grado Medio y de Grado Superior de cada familia.
En este otro enlace: haz CLICK AQUÍ, se puede consultar una Guía Informativa de la Formación Profesional Andaluza. En ella encontrarás la descripción de cada uno de los Ciclos Formativos: competencia general que se adquiere, ocupaciones que se pueden desempeñar y módulos que se cursan en cada uno de los cursos.
Haz CLICK AQUÍ para acceder a vídeos explicativos sobre las diferentes familias profesionales
Haz CLICK AQUÍ para ver diferentes trabajos/profesiones, los encontrarás ordenados alfabéticamente. Cuando encuentres la profesión que buscas haz click sobre ella y te conducirá al Ciclo Formativo que te preparará para poder desempeñarla.