Secretaría Escolar |nivel secundario
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ALUMNOS Y ALUMNAS QUE COMPLETAN ESTUDIOS
Si en las instancias que la Institución pauta para que se presenten a rendir para completar estudios (marzo, abril, mayo, agosto, octubre, diciembre), se inscriben a rendir, y están ausentes dos veces seguidas, se podría poner como advertencia, que en caso de inscribirse y no asistir sin justificación alguna, al siguiente llamado no podrán presentarse?
No, no es posible porque la consulta contradice los principios establecidos por las Autoridades del Ministerio de Educación. También nos parece interesante recordar, que son diversos los formatos que propone la normativa vigente para el cuidado, seguimiento y acompañamientos de las trayectorias escolares personales en general y en particular, para aquellos casos de finalización de estudios,
FAMILIAS
¿Ante situaciones de padres que no asisten cuando son convocados o no responden a un requerimiento del colegio? (no responden a llamados telefónicos o mails) ¿Cómo deberíamos proceder ? ¿Se debe enviar Carta Documento? ¿Cuándo es aconsejable enviarla?
Deben agotarse todas las instancias para convocar a los responsables parentales o eventualmente tutores legales de las y los estudiantes para dialogar con y en la escuela. Por ello, en todas las situaciones que fuera compleja la comunicación, es aconsejable llegar a ellos a través de los documentos que estime pertinente la Representación Legal del Instituto, considerando dentro de ellas inclusive, la emisión de cartas documento, en forma independiente al motivo que diera lugar a la comunicación.
MATRICULACIONES -ARTICULACIÓN DE ESTUDIOS
¿Hay restricción en la edad para la matriculación de un estudiante en primer año?
No hay restricción en el límite de edad si supera los 12 años de edad, cumpidos al 30 de junio del ciclo en curso.
¿Qué criterio se tiene en cuenta a la hora de matricular a un estudiante, su edad cronológica o su certificación de estudios?
Su certificación de estudios -último año aprobado si proviene del exterior.
¿Puedo hacer un pase de un estudiante menor de edad a la modalidad virtual (home schooling) siendo residente en nuestro país?
No, la educación en Argentina es presencial para todos los estudiantes menores de 18 años, según la Ley Nacional de Educación (Art.109).
¿Se presentan las situaciones de articulación de estudios que provienen de educación técnica de CABA al área de movilidad de la DGEGP?
No, a partir del 2018,los pases provenientes de técnica no se elevan y se resuelven con una resolución interna de rectoría. Además pueden a partir de la Resol-6193-2023-GCABA-MEDGC están permitidos los pases de estudiantes de ET a NES en 5to año.
Si bien el Apostillado de la documentación de alumnos ingresantes nuevos provenientes del extranjero ya no se exige, cuál es el circuito de legalizaciones que debe tener dicha documentación? Y si viene con el Apostillado el mismo reemplazaría dicho circuito?
A partir del año 2025, el circuito de legalizaciones de documentación que establece el Reglamento Escolar para estudiantes que provienen de otros países establece que no se debe solicitar más el apostillado de la documentación. Debe recordarse que dicho apostillado según laa normas vigentes y acuerdos establecidos, reemplaza la intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores del país emisor de la documentación y la actuación del Consulado Argentino en el país de origen, es decir en aquel en el que se tramitan los documentos para presentarse ante las autoridades escolares en CABA y dada la tramitación que emerge en estas circunstancias, debe ser presentada para su valoración ante la comisión de articulación de estudios de la Dirección General de Educación Privada de Nivel Secundario.
Un alumno ingresante nuevo, tiene pendiente de aprobación en su escuela de origen Lengua Adicional Francés de 1ºaño, y en nuestro Instituto se dicta Lengua Adicional Inglés ,como se debe proceder ante esta situación?
"Los espacios del Diseño Curricular Jurisdiccional (DCJ) aprobados en el plan de origen serán considerados aprobados en el plan de destino, independientemente de la lengua en que hayan sido cursados por el/la estudiante. Sin perjuicio de ello, el establecimiento receptor brindará los espacios, estrategias y tiempos suficientes para la adquisición de los saberes mínimos propios de la lengua adicional a la que se incorpora. Los espacios del DCJ no acreditados en el plan de origen, serán considerados como pendientes de acreditación en el plan de destino, siempre que se trate de la misma lengua adicional. En el caso de que la lengua adicional adeudada del plan de origen fuera distinta a la del plan de destino, la institución receptora brindará a los/las estudiantes los espacios, estrategias y tiempos suficientes para la adquisición de los saberes mínimos no adquiridos de dicha lengua, por lo que no serán computados a los efectos de la promoción". Lenguas Adiciones, Anexo III, Resol-2023-6193-GCABA-MEDGC.
¿Cuáles son las instancias para que un estudiante que cursó quinto año y que tiene pendientes saberes por aprobar, para poder finalizar el nivel?
Que la escuela en la que cursó continúe acompañando su trayectoria escolar. Que previo convenio realizado, la o el estudiante asista a un Centro de acompañamiento de trayectorias escolares (CATE). Que solicite un pase al Plan Adultos 2000. Que se inscriba en Plan FinEs o FinEsTEC, secún corresponde de cuerdo a la modalidad que haya cursado (Bachillerato orientado o Educación técnico profesional). Incorporarse al Plan Progresar. Solicitar el pase a un CENS o un instituto que implemente planes modulares para Jóvenes y Adultos (modalidad EPJA).
REGISTRACIONES
¿Cómo se consigna en el libro matriz un pase proveniente de ET a NES en aquellos espacios curriculares que están en el plan de destino, pero no en el de origen como, por ejemplo: educación tecnológica (1°) o arte (2°)?
Exceptuado.
¿Cómo se consigna, en el libro calificador de primer año, una asignatura que queda con saberes pendientes de acreditación?
En proceso. De 2do a 5to como Adeuda.
¿Como se consigna en el libro matriz y luego en el título, un pase de ET a NES, las asignaturas de igual nomenclatura ? Va la nota numérica del colegio de origen o la leyenda "aprobado por movilidad......", y las asignaturas de diferente nomenclatura que no tuvo en el colegio de origen y si están en el plan de estudios actual de 1º y 2º año, van exceptuado? ¿Tutoría si no la tuvo en la escuela de origen va CUMPLIMENTADO o Exceptuado o "aprobado por movilidad...."? ¿Son temas para acordar directamente con el referente de escuela de GOTYL ?
La respuesta a esta consulta está enunciada en el Anexo V de la Resol-6193-GCABA-MEDGC y en los instructivos que oportunamente elaboró la Gerencia operativa de titulos y legalizaciones.
¿se puede escribir en libros de actas con lapicera de tinta borrable?
En este link, en el Artículo 21, específicamente punto 3, encontrarán respuesta a la prengunta y algunos otros detalles que estimamos pueden resultar de utilidad.
¿Se puede emitir un título secundario con Nº de documento extranjero, cédula de identidad o pasaporte?
Sugerimos realizar esta consulta a la Gerencia de Títulos y legalizaciónes GOTyL.
SINIGEP
¿Qué hago cuando tengo algún problema con la plataforma de SINIGEP?
todas las consultas y solicitudes, relacionadas con inconvenientes técnicos con el sistema: SINIGEP, se gestionan desde un canal único centralizado, la "Ventanilla Única de Educación en BA Colaborativa" . Pueden acceder aquí para conocer el modo de llevar adelanta las gestiones correspondientes