Régimen Académico - Régimen de cursada, evaluación, calificación, acreditación y promoción

Resol-970-2022-MEDGC |Título VII Régimen de cursada, evaluación, calificación, acreditación y promoción 

Capítulo I: Regulaciones sobre el régimen de cursada 

1. El régimen de cursada es graduado anualizado. Se cursan simultáneamente en bloque todos los espacios curriculares correspondientes a un año y cada espacio es una unidad curricular de acreditación. En el caso de aquellos/as estudiantes que no promocionan y deben permanecer en el último año cursado, se podrá definir que cursen únicamente los espacios curriculares no acreditados

2. El ciclo lectivo tiene una organización cuatrimestral. Cada cuatrimestre se divide en bimestres a los efectos de compartir la información necesaria para desplegar, de manera temprana, estrategias y acciones para que cada estudiante alcance la totalidad de los conocimientos y las capacidades esperables. 

3. A los fines de organizar la planificación de la enseñanza, la evaluación y la comunicación de la información a los/as estudiantes y familias cada ciclo lectivo comprende, conforme la Resolución N° 11.684-MEGC/11

● El período de clases regulares (común a la totalidad del alumnado)

● El período de apoyo y acompañamiento para la evaluación y promoción. 

Estos períodos quedarán definidos en la Agenda Educativa de cada año. 

Capítulo II: Regulaciones sobre la evaluación 

4. En todo momento y en cada bimestre, los/as docentes deben registrar y documentar el proceso de aprendizaje de los/as estudiantes y su valoración, de acuerdo con criterios e indicadores acordados por el equipo docente al momento de la planificación de la enseñanza. 

5. Al culminar cada bimestre, los/as profesores/as deben elaborar Informes de aprendizaje para el seguimiento de las trayectorias que son compartidos con estudiantes y familias. En ellos se detallan los objetivos de aprendizaje, las capacidades y los saberes priorizados, los criterios de evaluación utilizados y los indicadores que dan cuenta de los avances de los/as estudiantes. Estos informes que evalúan los desempeños y producciones de los/as estudiantes cuentan con una devolución cualitativa que permite comprender en qué momento del proceso de aprendizaje se encuentran. Detallan los aspectos o contenidos que deben revisar o profundizar y aquellos que han logrado o en los que se han destacado, para fortalecer la confianza de los/as estudiantes. Esta información no solo orienta a los/as estudiantes sino también facilita a los/as docentes las decisiones de calificación, acreditación y de promoción. 

6. En cada bimestre, el Equipo de profesores del curso interviene, junto a otros referentes de acompañamiento a las trayectorias, en las situaciones de estudiantes cuyas calificaciones e informes indican dificultades en su proceso de aprendizaje, para decidir estrategias de acompañamiento que colaboren en la mejora. 

7. A lo largo del cuatrimestre, en el período indicado por Agenda Educativa, cada escuela, de acuerdo a su PE y a su PCI, organiza e instrumenta el período destinado al Proyecto de Intensificación de Aprendizajes (PIA), para el cual diseña un conjunto de actividades, estrategias y propuestas de trabajo con los/as estudiantes a fin de recuperar los aprendizajes no alcanzados y de profundizar e integrar los contenidos abordados en la etapa. Para la organización de este período, los/as docentes acuerdan criterios y planifican propuestas y proyectos para los diferentes cursos. (Ver Anexo III) Capítulo III: Regulaciones sobre la calificación y acreditación 

8. Cada espacio curricular es una unidad de acreditación obligatoria conforme lo dispuesto en los Diseños Curriculares vigentes. Los criterios para la acreditación de cada espacio deben ser trabajados colectivamente a través del Proyecto Curricular Institucional, en el que se seleccionan aquellos saberes y aprendizajes prioritarios sobre la base de la regulación vigente en el diseño curricular jurisdiccional. 

9. La acreditación de un espacio curricular representa que los/as estudiantes pueden demostrar como mínimo que han alcanzado satisfactoriamente los objetivos de aprendizaje relacionados con los contenidos nodales. La calificación para acreditar deberá ser igual o mayor a seis (6)

10. Al término del primer y del tercer bimestre, los informes de los/as docentes se acompañan de una calificación conceptual que expresa la situación de cada estudiante en cada espacio curricular, y que utiliza la siguiente escala

En proceso: el/la estudiante evidencia dificultades para el logro de los aprendizajes priorizados, o bien no se cuenta con información suficiente para valorar sus aprendizajes por haber interrumpido su trayectoria escolar. Es importante que el/la estudiante siga trabajando para lograr los objetivos planteados, para lo cual contará con instancias de apoyo y acompañamiento. 

Suficiente (S): el/la estudiante evidencia el logro de la mayor parte de los aprendizajes priorizados para este período, alcanzando un nivel de desempeño satisfactorio. Requiere seguir trabajando en la profundización de contenidos. 

Avanzado (A): el/la estudiante evidencia el logro y la consolidación del conjunto de los aprendizajes priorizados para este periodo. Manifiesta un dominio profundo y completo de los contenidos abordados.

11. Al término de cada cuatrimestre y a partir de los registros realizados, se sintetiza la información acerca del proceso de aprendizaje de cada estudiante en una calificación numérica con escala del uno (1) al diez (10). Esta calificación debe fundamentarse en la información recogida y deberá tener en cuenta tanto los logros y los avances en relación con los saberes y capacidades esperados como los distintos puntos de partida, las oportunidades ofrecidas y las condiciones institucionales y didácticas de aprendizaje. Esta información servirá como insumo para la intervención del Equipo de profesores del curso a los fines de adecuar la planificación y diseñar los dispositivos que los/as estudiantes requieran para apropiarse de los contenidos prioritarios. 

12. La evaluación y calificación de los proyectos de área, interárea o interdisciplinares deberá ser considerada en todos los espacios curriculares que participaron en ellos y deberá ser tenida en cuenta en la calificación

13. En ningún caso la convivencia debe ser una dimensión para definir la calificación relativa a los objetivos de aprendizaje de los espacios curriculares. 

14. Los/as estudiantes podrán acreditar los espacios curriculares al finalizar el período de cursada regular, o bien durante el periodo de apoyo y acompañamiento para la evaluación y la promoción. 

15. Al concluir el período de clases regulares, el/la estudiante obtiene una calificación final numérica como resultado de una valoración integral del proceso de aprendizaje y no de un promedio aritmético de las calificaciones de los cuatrimestres. En este sentido, para definir la calificación final, los/as docentes tendrán en cuenta los avances que hayan realizado los/as estudiantes en relación con su punto de partida, así como sus logros en relación con las capacidades y los saberes prioritarios, a la luz de los criterios que hayan acordado como base para la valoración de los aprendizajes en cada espacio curricular, teniendo como marco el Proyecto Curricular Institucional (PCI). 

16. El período de apoyo y acompañamiento para la evaluación y la promoción es aquel comprendido entre la finalización de las clases regulares y la finalización del ciclo lectivo respetando el receso de alumnos/as y docentes. El/la estudiante que continúe asistiendo a las clases de los espacios curriculares que no ha acreditado durante la cursada, lo hará hasta el momento en que el/los docentes a cargo consideren que alcanzó los aprendizajes priorizados. La calificación definitiva en el espacio curricular será la obtenida por el/la estudiante en el período de apoyo y acompañamiento para la evaluación y promoción ante el profesor del curso. La nota mínima para la aprobación será de 6 (seis) puntos. 

17. La asistencia será considerada como condición de acreditación de los espacios curriculares. En ese sentido, el/la estudiante no podrá registrar más de veinticinco (25) inasistencias a lo largo del período regular. De lo contrario, el/la estudiante deberá concurrir al período de apoyo y acompañamiento para la evaluación y promoción de aquellos espacios curriculares en los que no haya acreditado el 85% de asistencia sobre la carga horaria de dichos espacios curriculares

18. Si un/a estudiante no alcanza el porcentaje indicado y, aun así, puede dar cuenta de la apropiación de los contenidos y capacidades correspondientes a tales espacios, el Equipo de profesores del curso, junto con el equipo de conducción, podrá decidir una excepción a estos porcentajes, considerar su situación y dar lugar a la acreditación

19. En el período de apoyo y acompañamiento para la evaluación y la promoción, será condición de acreditación de los espacios curriculares cumplir con un 85% de asistencia. Sin embargo, el equipo de profesores del curso, junto con el equipo de conducción, podrá decidir una excepción a este porcentaje, atendiendo a situaciones particulares de estudiantes debidamente fundamentadas. 

20. En aquellos casos en que el/la estudiante recurse espacios acreditados previamente, considerando que ya ha alcanzado los objetivos de aprendizaje, la calificación para acreditar como mínimo deberá ser igual o mayor a cuatro (4). 

Capítulo IV: Regulaciones sobre la promoción 

21. El presente Régimen Académico contempla regulaciones específicas para la promoción de acuerdo a las diversas situaciones: 

● Promoción en el Primer Ciclo/Ciclo Básico. 

● Promoción al Segundo Ciclo/Ciclo Orientado. 

● Promoción dentro del Segundo ciclo/Ciclo Orientado. 

22. Promoción en el Primer Ciclo/Ciclo Básico: En el marco de la escuela secundaria obligatoria, y con el propósito de garantizar el derecho a la educación y a la inclusión y promover la terminalidad, al finalizar el primer año del primer ciclo/Ciclo Básico el equipo de profesores del curso realizará una evaluación integral del proceso de aprendizaje de cada estudiante, a los fines de establecer las condiciones y necesidades para la continuidad de la trayectoria dentro del ciclo. 

De esta evaluación integral podrán derivar las siguientes situaciones: 

Promoción directa: promueven directamente de año los/as estudiantes que hayan acreditado los espacios curriculares al finalizar las clases regulares, o bien tengan hasta dos (2) espacios curriculares en proceso luego del período de apoyo y acompañamiento en diciembre o febrero/marzo

Promoción acompañada: considerando los desafíos del pasaje al nivel secundario tanto en lo curricular (por la mayor complejidad de los contenidos y la variedad de espacios curriculares) como en lo referido a la construcción de las capacidades en el rol de estudiante de nivel secundario, los/as estudiantes de primer año que tengan más de dos (2) espacios curriculares sin acreditar podrán continuar su escolaridad en el curso siguiente con una “promoción acompañada”. En este caso, a partir de la visión integral de la trayectoria de los/as estudiantes, el Equipo de profesores del curso establecerá, sobre la base de criterios pedagógicos, un plan personalizado con un compromiso de acompañamiento de la institución. Cuando los/as estudiantes promocionan a segundo año con un plan personalizado deberán, de manera obligatoria, asistir y efectuar las acciones allí establecidas para recuperar los objetivos de aprendizaje en proceso y acreditar los espacios curriculares correspondientes. 

Permanencia: excepcionalmente, el equipo de profesores del curso, junto con el equipo de conducción, podrá proponer a la Supervisión Escolar la permanencia del/de la estudiante en el primer año cuando los saberes no acreditados sean tales que signifiquen un obstáculo ineludible para la continuidad en el segundo año. Dicha propuesta deberá estar fundada de conformidad con los criterios pedagógicos establecidos para la toma de decisiones del equipo de Profesores y debidamente documentada. La permanencia o promoción del/de la estudiante, en las escuelas públicas de gestión estatal, será definida por la Supervisión Escolar, que deberá fundar esta decisión. El equipo de Profesores diseñará, para estos casos, un plan personalizado con un compromiso de acompañamiento de la institución escolar y determinará la necesidad de dar intervención a los equipos externos (ASE/EOE). 

Las escuelas de educación pública de gestión privada deben informar a la Supervisión los fundamentos de la decisión tomada en relación con la permanencia del/de la estudiante en el primer año

23. Promoción al Segundo Ciclo/Ciclo Orientado: 

Promoción directa: promueven directamente al segundo ciclo/Ciclo Orientado los/as estudiantes que hayan acreditado los espacios curriculares correspondientes al Ciclo Básico al finalizar las clases regulares o luego del período de apoyo y acompañamiento en diciembre o febrero/marzo, o bien tengan hasta dos (2) espacios curriculares no acreditados 

Promoción acompañada: para determinar el pasaje al segundo ciclo/Ciclo Orientado, el equipo de profesores del curso podrá definir la “promoción acompañada” de segundo año a tercer año (primer año del segundo ciclo) para los/as estudiantes que tienen tres (3) o cuatro (4) espacios curriculares del Ciclo Básico no acreditados, siempre y cuando no más de dos (2) de dichos espacios curriculares sean de una carga horaria igual o superior a cuatro (4) horas cátedra. 

Esto implica que el/la estudiante podrá continuar en el ciclo subsiguiente con un plan personalizado para el fortalecimiento de los aprendizajes y la acreditación de los objetivos de aprendizaje pendientes. El plan explicita los contenidos a recuperar, los responsables del acompañamiento y las estrategias/dispositivos a ser implementados y los plazos. 

La promoción acompañada será considerada y definida sobre una evaluación integral de los desempeños de los/as estudiantes en base a criterios pedagógicos que orientan las decisiones del equipo de profesores. Cuando los/as estudiantes promocionan al segundo ciclo/Ciclo Orientado con un plan personalizado deberán, de manera obligatoria, asistir y efectuar las acciones allí establecidas para recuperar los objetivos de aprendizaje en proceso y acreditar los espacios curriculares correspondientes. 

Permanencia: el/la estudiante de segundo año del primer ciclo/Ciclo Básico deberá permanecer en el último año cursado, en los siguientes casos: 

- cuando finalizado el período de apoyo y acompañamiento tenga más de cuatro (4) espacios curriculares del ciclo básico no acreditados; 

- cuando el equipo de profesores del curso, junto con el equipo de conducción, decida la permanencia del/de la estudiante con entre tres y cuatro espacios curriculares pendientes; 

- cuando tenga entre tres y cuatro espacios curriculares no acreditados y más de dos de ellos tengan una carga horaria igual o mayor a cuatro (4) horas cátedra. 

El equipo de profesores del curso diseñará, para estos casos, un plan personalizado con un compromiso de acompañamiento de la institución escolar. En todos los casos, se deberá firmar un acta de compromiso sobre el cumplimiento obligatorio del Plan. 

En el caso de los espacios curriculares que el/la estudiante deba recursar y que haya aprobado previamente, su planificación contemplará estrategias que constituyan oportunidades de consolidación y profundización de los aprendizajes de los/as estudiantes, actividades o proyectos alternativos que recuperen sus intereses y/o el desempeño de otros roles en el grupo, de modo tal de dotar de significación esta experiencia. Estos espacios recursados se acreditan con una calificación final igual o mayor a cuatro (4). 

24. Promoción en el Segundo Ciclo/Ciclo Orientado 

Promoción Directa: promueven directamente al año siguiente los/as estudiantes que hayan acreditado los espacios curriculares correspondientes al ciclo lectivo al finalizar las clases regulares o luego del período de apoyo y acompañamiento en diciembre o febrero/marzo, o bien tengan hasta dos (2) espacios curriculares pendientes pertenecientes al segundo ciclo/Ciclo Orientado. 

Promoción acompañada: si finalizado el período de apoyo y acompañamiento previsto por Agenda Educativa los/as estudiantes tienen tres (3) o cuatro (4) espacios curriculares del segundo ciclo/Ciclo Orientado pendientes de acreditación, el Equipo de profesores del curso, junto con el equipo de conducción, podrá definir la “promoción acompañada”, siempre y cuando no más de dos (2) de dichos espacios curriculares sean de una carga horaria igual o superior a cuatro (4) horas cátedra. 

Esto implica que el/la estudiante podrá continuar en el año subsiguiente con un plan personalizado para el fortalecimiento de los aprendizajes y la acreditación de los objetivos de aprendizaje pendientes. 

El plan explicita los contenidos a recuperar, los responsables de acompañamiento, las estrategias/dispositivos a ser implementados y los plazos. 

Cuando los/as estudiantes promocionan dentro del segundo ciclo/Ciclo Orientado con un plan personalizado deberán, de manera obligatoria, asistir y efectuar las acciones allí establecidas para recuperar los objetivos de aprendizaje en proceso y acreditar los espacios curriculares correspondientes. 

Permanencia: el/la estudiante deberá permanecer en el último año cursado, en los siguientes casos: 

- cuando finalizado el período de apoyo y acompañamiento tenga más de cuatro (4) espacios curriculares del ciclo básico no acreditados; 

- cuando el Equipo de profesores del curso, junto con el Equipo de conducción, decida la permanencia del/la estudiante con entre tres y cuatro espacios curriculares pendientes; 

- cuando tenga entre tres y cuatro espacios curriculares no acreditados y más de dos de ellos tengan una carga horaria igual o mayor a cuatro (4) horas cátedra. 

En ningún caso, los/as estudiantes del último año permanecen o recursan los espacios curriculares no acreditados. El equipo de profesores del curso diseñará, para estos casos, un plan personalizado con un compromiso de acompañamiento de la institución escolar. 

En todos los casos, se deberá firmar un acta de compromiso sobre el cumplimiento obligatorio del Plan. 

En caso de que deba recursar espacios curriculares ya aprobados, su planificación contemplará estrategias que constituyan oportunidades de consolidación y profundización de los aprendizajes de los/as estudiantes, actividades o proyectos alternativos que recuperen sus intereses y/o el desempeño de otros roles en el grupo, de modo tal de dotar de significación esta experiencia. 

Estos espacios recursados se acreditan con una calificación final igual o mayor a cuatro (4).

Capítulo V: Dispositivos para la acreditación de espacios curriculares pendientes 

25. Los/as estudiantes podrán recuperar los contenidos pendientes de aquellos espacios curriculares no acreditados en paralelo a la cursada del año escolar siguiente, a través de formatos y dispositivos pedagógicos alternativos. 

26. Para acreditar los espacios curriculares pendientes la escuela podrá proponer alguna/s de la/s siguientes opciones: 

● Recursado del espacio curricular de manera remota en modalidad virtual o combinada, con actividades sincrónicas y/o asincrónicas. 

● Recursado del espacio curricular en contraturno en el mismo establecimiento. 

● Recursado del espacio curricular en el mismo turno si fuera posible por el horario escolar. 

● Recursado del espacio curricular en espacios de apoyo a las trayectorias escolares o dispositivos similares. 

● Dispositivos y estrategias para la recuperación de aprendizajes y espacios para la evaluación y acreditación de espacios curriculares y contenidos pendientes. 

● Instancias de evaluación de asignaturas pendientes previstas en Agenda Educativa, acreditación simultánea de espacios curriculares consecutivos o articulados mediante instrumentos que evalúan integradamente contenidos claramente relacionados y vinculados. 

27. Estos dispositivos deben concentrarse en el trabajo sobre aquellos saberes pendientes necesarios para seguir aprendiendo. 

28. En función de las opciones que cada institución educativa pueda disponer y/o aquellas que se ofrecen desde una mirada estratégica distrital o regional, así como otros dispositivos jurisdiccionales, el equipo de profesores del curso, en conjunto con el equipo de conducción, propondrá en cada plan personalizado una combinación de dispositivos e intervendrá para orientar y acompañar la decisión de los/as estudiantes y sus familias. Los/as tutores/as y/o los/as docentes a cargo de cada espacio curricular pendiente realizarán el seguimiento del cumplimiento de las actividades obligatorias previstas en cada dispositivo establecidas en el Plan Personal. 

29. Los/as estudiantes que finalizando la cursada del último año del nivel secundario no hayan acreditado la totalidad de los espacios curriculares, contarán con distintas instancias que favorezcan la culminación de esta etapa de la escolaridad. Su trayectoria continúa siendo una responsabilidad de la escuela; por lo tanto, en los casos en que estos/as estudiantes lo requieran, se planificarán trayectos de finalización del nivel secundario que contemplen distintas estrategias de intensificación de la enseñanza y herramientas alternativas de evaluación.