Mínimo de alumnos

Resol-1120-1983-ME - Reconocimiento Pedagógico

Fijar, a los efectos del funcionamiento de divisiones únicas en los distintos niveles existentes en los establecimientos dependientes de la Superintendencia Nacional de la Enseñanza Privada (actualmente la DGEGP), la cantidad mínima de alumnos para su reconocimiento pedagógico.

Decreto-2542-1991 - Reconocimiento Económico, institutos que perciben aporte estatal No obstante, se sugiere conversar con los referentes de la Supervisión de Organización Escolar de DGEGP, especialistas en este tipo de cuestiones.