Registro general de calificaciones (Libro Matriz)
En el año 2025 fue excluída toda información vinculada con el tema en el Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Pero corresponde recordar que el libro de Registro General de Calicaciones o Libro Matriz, en formato papel, está sujeto a los siguientes requisitos y formalidades:
1. Apertura:
1.1. Se asignará un folio para cada alumno.
1.2. En la página derecha parte superior del folio, apellido y nombre del alumno, número de documento de identidad y número de legajo o archivo.
1.3. Se efectuará a partir de la “matriculación” del alumno en el establecimiento, ya sea en condición de libre o regular.
1.4. Para el caso de los alumnos que ingresen con pase, se considerarán matriculados cuando el establecimiento reciba el certicado analítico de pase.
1.5. Se deberá tener en cuenta que la “inscripción” es la asignación provisoria de vacante que da derecho a cursar hasta tanto se concrete la correspondiente matriculación.
2. Confección:
2.1. Los datos del encabezamiento deben estar completos.
2.2. El nombre de las asignaturas será el jado en el plan de estudios y se transcribirán en el orden allí establecido. 107 La Resolución N° 5.788-GCABA-MEIGC/19 aprueba la implementación progresiva del Sistema "miEscuela" en los establecimientos educativos de Gestión Estatal que tendrá como objetivo a través de tecnologías aplicadas, la integración y modernización de los procesos administrativos, pedagógicos y académicos. Establece que a través del Sistema "miEscuela" se gestionarán administrativamente los procesos de alta, pases, repitencia, promoción, asistencia y calicación de los estudiantes y aquellos procesos que se incorporen progresivamente. La Resolución N° 37-GCABA-SSTES/21 aprueba las funcionalidades del Sistema "miEscuela" que incluye matriculación (matriculación / conrmación de vacante, pase de año / migración de matriculados, pases de establecimientos, bajas de Estudiantes), boletín digital, aulas virtuales y presentismo. 201
2.3. La escritura se hará con letra tipo imprenta o bien mediante uso de sello/s.
2.4. No deberán incluirse asignaturas extra y/o co-programáticas.
2.5. Se podrá usar “comillas” sólo en los datos referidos a: nombre del establecimiento y condición del alumno.
2.6. Todos los espacios sin utilizar deben ser anulados con una línea.
2.7. La persona que confeccione el folio, rmará en el lugar previsto para ello.
3. Asiento de las Calicaciones.
3.1. Se registrará en números y letras únicamente la calicación denitiva que implique la aprobación de la asignatura.
3.2. Si nalizado el turno de evaluación complementaria de febrero/marzo quedaran asignaturas sin aprobar, en el espacio respectivo se consignará, indefectiblemente, la palabra “ADEUDA”. Cuando se apruebe la asignatura, se registrará la nota y fecha en la columna “REPITE”.
3.3. En el caso de materias aprobadas ante Comisión de Evaluación, en la columna “Acta Nº” deberá consignarse el número de libro y folio del Libro de Actas de Exámenes.
3.4. Se completará la columna de “Calicación Denitiva” una vez que estuvieren aprobadas todas las asignaturas, y se registrará al pie del curso, en Observaciones “CURSO COMPLETO”, y el promedio general de calicaciones de dicho curso.
3.5. En caso de repetir curso se transcribirán las calicaciones de las asignaturas aprobadas en la nueva cursada en la columna “REPITE” del mismo curso. En los demás aspectos se procederá como se describe en los puntos anteriores. 202
Para los repitientes de escuelas técnicas se tendrá en cuenta lo establecido en la parte pertinente del “Régimen de Evaluación, Calicación y Promoción de Alumnos”. En caso de repetir por segunda vez se utilizará el último cuadro del folio de la derecha siguiendo las indicaciones antedichas. Si no se dispone de dicho cuadro corresponde la apertura de un nuevo folio. En el folio de origen se anularán el/los cuadros de los cursos subsiguientes, consignando en “Observaciones” (al pie del folio de la derecha) la leyenda “Continúa en el Libro Nº ..., folio Nº ....”.-
3.6. La apertura del nuevo folio se efectuará conforme a lo establecido en el Apartado Apertura. El asiento de las calicaciones se registrará en el cuadro del curso correspondiente. Se inutilizarán los cuadros anteriores si fuera pertinente.
3.7. En este caso los dos folios asignados al alumno conservarán su vigencia por ser complementarios.
4. Registro de Ingreso de Alumnos
4.1. Ingreso de alumnos a 1er. Año. Cuando se matriculan en 1er. Año por primera vez, procedente del nivel o ciclo anterior, se deberá proceder en la forma establecida en el apartado 1.- Apertura. Ingreso de alumnos con pase. 108 108 La Resolución N° 5.788-GCABA-MEIGC/19 aprueba la implementación progresiva del Sistema "miEscuela" en los establecimientos educativos de Gestión Estatal que tendrá como objetivo a través de tecnologías aplicadas, la integración y modernización de los procesos administrativos, pedagógicos y académicos. Establece que a través del Sistema "miEscuela" se gestionarán administrativamente los procesos de alta, pases, repitencia, promoción, asistencia y calicación de los estudiantes y aquellos procesos que se incorporen progresivamente. 203 Cuando se matriculan en cualquier año, con certicado analítico de pase u otra documentación similar de acreditación de estudios, procedentes de establecimientos de esta jurisdicción o de otras, según corresponda a jurisdicciones del interior del país o de alguna provincia o de la Provincia de Buenos Aires, se obrará según se indica a continuación: Se transcriben las asignaturas del plan de la escuela de destino según se indica en el punto 2.2 del apartado 2. 1) En caso de estar aprobadas, se consignará “Aprobada por Equivalencias Resolución Nº ......., Escuela Nº .....”. 2) En caso de estar desaprobadas, se registrará “ADEUDA”. Una vez aprobadas las asignaturas pendientes, se procederá de acuerdo a lo indicado en el Apartado
1. 5. Registro de Egreso de Alumnos
5.1. Por haber completado estudios Al pie de la página derecha -en el espacio previsto- se señalará la fecha de extensión del título, su número de serie o año y el número de título. En Observaciones se consignará el título obtenido y la norma legal que establece el plan de estudios correspondiente.
5.2. Por solicitud de pase
5.2.a) Al nalizar el ciclo lectivo i) Se otorgará pase en las condiciones previstas en las normas pertinentes. ii) Deberá completarse la columna “Calicaciones Denitivas” con las notas de las asignaturas aprobadas o “ADEUDA” según corresponda. La Resolución N° 37-GCABA-SSTES/21 aprueba las funcionalidades del Sistema "miEscuela" que incluye matriculación (matriculación / conrmación de vacante, pase de año / migración de matriculados, pases de establecimientos, bajas de Estudiantes), boletín digital, aulas virtuales y presentismo. 204 iii) Al pie de cada curso, en “Observaciones” se consignará “CURSO COMPLETO” o “CURSO INCOMPLETO” según corresponda. iv) Al pie del folio derecho en “Observaciones”, se asentará: - Nombre y apellido del alumno. - Número de documento de identidad. - Escuela de destino del pase. - Plan de estudios cursado. - Asignaturas pendientes y cursos que faltan cursar para completar ciclo y/o estudios.
5.2.b) Durante el ciclo lectivo Previo a la emisión del Certicado de Estudios Parciales (Fotocopia del Libro Matriz) se vericará el cumplimiento de lo indicado en los puntos i), ii), iii) y iv del apartado 5.2.a).