Libro de temas o libro de aula
En el año 2025 fue excluída toda información vinculada con el tema en el Reglamento Escolar de la Educación Obligatoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Pero corresponde recordar que en el Libro de Temas o Libro de Aula (Temario), en formato papel, deberá registrarse toda la información de carácter didáctico-pedagógico que se suscita en cada curso y división, en cada hora de clase de cada una de las asignaturas, conforme al plan de estudios que se imparte en la unidad educativa a lo largo del ciclo lectivo.
1. Su apertura es responsabilidad del preceptor/a, preceptor/a tutor/a de cada curso quien deberá llevarlo detallando, en las columnas correspondientes, las 220 fechas en que debe dictarse cada asignatura según el horario escolar preestablecido para cada curso y división.
2. Cada profesor deberá completar al comenzar cada hora de clase, en la fecha correspondiente, los datos requeridos y con su rma dejará constancia de su presencia en el aula.
3. Deberá ser visado periódicamente por el/la Rector/a/Director/a y/o la autoridad a cargo del turno, quien consignará su rma y sello cada vez que controle el mismo.
4. El archivo y custodia del Libro de Aula (Temario) es responsabilidad del/la Jefe/a de Preceptores.