Lenguas Adicionales
Deroga la Dispo-251-95-DGEGP. Establece los principios para que los Institutos que organicen diferentes niveles para el dictado de Idioma Extranjero.
Aprueba las modalidades del Trayecto Formativo en Lenguas Adicionales de la Nueva Escuela Secundaria, enunciando las siguientes: a) Educación Bilingüe, b) Intensificación en Lengua Adicional, c) Especialización en Lengua y Cultura y d) Complementaria con Competencias en una o más Lenguas Adicionales.
Establece las condiciones para su acreditación.
Firmada por la Lic. Maria Soledad Acuña, Ministra de Educación e Innovación de la Ciudad de Buenos Aires, autoriza la cobertura de interinatos y suplencias para cargos docentes de idiomas en establecimientos de gestión estatal para el Nivel Primario y Secundario, por parte de estudiantes avanzados de las carreras de Profesorados en Idiomas para Nivel Primario y Secundario de gestión estatal y privada, con reconocimiento oficial.