Deportistas de alto rendimiento |DAR


Resolución N.° 3932-MEDGC/22

Es la norma que da vida al Bachillerato en Educación Física con orientación DAR (Deportista de Alto Rendimiento) para dar respuesta a esta necesidad, bajo un modelo pedagógico innovador, flexible y adaptado, que integra los contenidos escolares con la vida deportiva. 


Resol-155/SECD/22

La presente norma establece los requisitos excluyentes para ser reconocido como DAR y enuncia todas las pautas reglamentarias que abarcan la protección de las trayectorias escolares para las y los estudiantes considerados deportistas de alto rendimiento.

Resol-1760-2024-MEDGC - Anexo

La presente y todas las pautas normativas que abarquen la protección de las trayectorias escolares, establecen normas claras sobre la escolaridad y la cursada para los estudiantes considerados Deportistas de alto rendimiento.


Resol-2168-2024-MEDGC - Anexo

Enmarcada la norma en el plan Buenos Aires Aprende reafirma el compromiso con el aprendizaje de los estudiantes, modificando los alcances del Anexo de la Resolución 1760-MEDGC/24, e indica además los criterios para la asistencia, el seguimiento de trayectorias y los formatos pedagógicos adecuados para este grupo de estudiantes. A su vez, esta normativa prevé que los estudiantes federados que deban realizar entrenamientos en instituciones deportivas legalmente reconocidas puedan solicitar la exención de concurrencia a las clases de Educación Física, siempre y cuando estas se realicen a contraturno.

Resol-2443-2024-GCABA-MEDGC

Crea el Programa “BA DAR” que tiene base en el Plan de Estudios de la Educación Secundaria Orientada: Bachillerato en Educación Física - Alternativa A, de conformidad con los lineamientos establecidos en el Anexo I (IF-2024-39455953-GCABA-DGEGE) y los “Criterios para la adhesión de instituciones deportivas” de conformidad con el Anexo II (IF-2024-39027353-GCABA-DGEGE).  La norma, Invita a las Instituciones Educativas de Gestión Privada a acompañar el Programa aprobado en el Artículo 1°, como también Invita a las Instituciones Deportivas de primer, segundo y tercer grado (las define la LEY Nacional del Deporte https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/27274/texact.htm y posteriormente es modificado en 2022 y luego en 2023 ,según indica el texto de la LEY compartida) a adherirse al Programa aprobado en el Artículo 1°, de acuerdo con los “Criterios para la adhesión de instituciones deportivas” conforme el Anexo II (IF-2024-39027353-GCABA-DGEGE).