Nombramiento de personal docente jerárquico - Reconocimiento/Condiciones

Se deben presentar actuaciones para reconocimiento pedagógico de rectores/as, directores/as de estudios, regentes, secretarios/as.

Los/as los postulantes DEBEN: 

*Poseer los títulos docentes, habilitantes o supletorios, exigidos para cada área de la educación. 

Los/as los postulantes NO DEBEN: 

*Encontrarse en goce de una jubilación o retiro en cualquier jurisdicción, ni hallarse en condiciones de obtener la jubilación ordinaria en su máximo porcentaje. 

En cuanto a la carga horaria que deben cumplir semanal y sistemáticamente, puede declarar el representante legal que la misma la pueden formalizar en un mismo turno o en turnos alternados, como así también está permitido declararse un número mayor de horas cátedras que las establecidas en la normativa vigente y puede considerarse la no asistencia de todos los días de la semana al establecimiento educativo a cumplir su función (esto último aplica al equipo de conducción: rector/a - director/a de estudios, consutar al supervisor pedagógico para el reconocimiento de regentes y secretarias/os).