Aquí tenemos las primeras medidas económicas para pymes y autónomos que se están tomando para resistir las consecuencias del Coronavirus. Queremos aclarar que cuando hablamos de medidas anunciadas quiere decir que al momento de la redacción del artículo aún no habían entrado en vigor.
– Facilidades para autónomos que cesen su actividad.
Para los autónomos, se flexibiliza el acceso a la prestación por cese de actividad, que será compatible con la exoneración de pagos de las cuotas de a la Seguridad Social y la posibilidad de acogerse a ERTES.
– ERTES.
Las empresas que se acojan a los ERTES serán exonerados de las cuotas que les corresponda a la Seguridad Social.
– Paro de los autónomos.
Los trabajadores por cuenta propia, siempre que estén dados de alta y al corriente del pago de cuotas a la Seguridad Social, tendrán derecho a una prestación extraordinaria por cese de actividad. Este paro de los autónomos es para casos de cierre por la declaración del estado de alarma o casos en que la facturación se reduzca un 75 % respecto al promedio del semestre anterior. La cuantía de la prestación será equivalente a un 70 % de su base reguladora (o de la base reguladora mínima cuando no se acredite el periodo de cotización habitualmente exigido). Esta prestación por cese de actividad, de la que también podrán beneficiarse los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado que hayan optado por el Régimen de Autónomos, tendrá un tope de un mes, a no ser que el estado de alarma se prolongue más tiempo.
– Prestación de la Seguridad Social.
Con carácter excepcional y exclusivamente para la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal, los periodos de aislamiento o contagio provocados por el COVID-19 cuentan como accidentes de trabajo. Eso supone que la prestación se calculará tomando como referencia el 75 % de la base reguladora (cotización del mes anterior, sin horas extras) desde el primer día, en vez del 60 % entre el día 4 y el 20 y el 75 % en adelante, como ocurre con la enfermedad común o el accidente no laboral. Podrán beneficiarse de ello tanto los trabajadores por cuenta ajena como los que lo son por cuenta propia.
– Pymes y Teletrabajo.
Se ha creado una línea de avales de garantías públicas por un valor de hasta 100.000 millones de euros, además de programas de apoyo a la digitalización y el I+D para las pequeñas empresas, para que estas puedan teletrabajar.
– Aplazan 6 meses los impuestos para pymes y autónomos.
Desde el punto de vista fiscal, ha dado luz verde a una moratoria en el pago de impuestos para las pymes y los autónomos que inyectará 14.000 millones de euros al sistema productivo. Hacienda permitirá que pymes y autónomos aplacen el pago de impuestos (retenciones del IRPF, cuotas repercutidas del IVA y pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades). El aplazamiento (o moratoria) se concederá por un plazo de seis meses, y no se devengarán intereses de demora durante los tres primeros. También se admite el aplazamiento de los reembolsos de las empresas con préstamos de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa que hayan visto afectada su actividad por el coronavirus.
– ERTE en Empresas.
Con el fin de evitar despidos, el Gobierno ha decidido flexibilizar y facilitar los trámites de autorización de los expedientes para la suspensión de contratos y la reducción temporal de jornada (ERTE) como consecuencia del coronavirus. Entre las medidas aprobadas destaca la exoneración a la empresa de la cotización a la Seguridad Social durante el periodo de suspensión o reducción de jornada. La exoneración será total para las empresas con menos de 50 trabajadores y alcanzará el 75% para las que tienen 50 o más trabajadores dados de alta en la Seguridad Social.