Gaceta Oficial 39.912 de fecha 30 de abril de 2012
Sujeto Activo: IVSS
Sujeto pasivo: Las personas que prestan servicios a la Nación, Estados, Territorio, Distrito Capital, Municipios, Institutos Autónomos y en general a las personas morales de carácter público .Los miembros de las cooperativas de producción y de servicios y las administraciones obreras estarán sujetas al régimen de la presente Ley.
Base imponible: las cotizaciones se deberán pagar mensualmente y si se atrasare en el pago por más de un mes podrá continuar facultativamente en el Seguro Social una vez que cumpla su obligación.
Fórmula para el Cálculo del Seguro Social Obligatorio en Venezuela. Aporte IVSS. Para el cálculo del Seguro Social Obligatorio en Venezuela (SSO), el empleado debe aportar el 4% y la empresa, dependiendo la clasificación de riesgo, aporta entre el 9% al 11% adicional, artículo 192 del Reglamento del Seguro Social. El tope máximo para el cálculo del SSO es de 5 salarios mínimos.
Sueldo básico x 12 meses entre 52 semanas, el resultado se multiplica por el 4% de retención SSO y luego se multiplica por los lunes que tenga el mes, que pueden ser 4 o 5.
Ejemplo:
Sueldo básico: Bs. 2.000,00
Empleado
Bs. 2000 x 12 / 52 = Bs. 461,53 x 4% = Bs. 18,46 x 4 (lunes del mes, pueden ser 4 o 5) = Bs. 73,84 a descontar al trabajador.
Empresa
Para la empresa se utiliza el mismo procedimiento del empleado, pero se debe tomar en cuenta el porcentaje adicional que debe pagar la empresa, según el artículo 192 del Reglamento del Seguro Social.
Empresas de Riesgo Mínimo: 9%.
Empresas de Riesgo Medio : 10%.
Empresas de Riesgo Máximo: 11%.