Durante los intervalos de las Asambleas ordinarias, habrá una Mesa Permanente de delegados de las Asambleas Nacionales de Docentes por rama de enseñanza, para asegurar la continuidad de éstas y cumplir las tareas específicas que le cometiere la asamblea, oficiando de interlocutor con el Consejo Directivo Central o el respectivo desconcentrado en su caso.La Mesa Permanente se compondrá de 5 (cinco) miembros electos por la Asamblea de entre sus delegados, con 2 (dos) suplentes respectivos, mediante voto secreto y representación proporcional, por doble mayoría de delegados por establecimientos docentes y número de docentes de manera, de obtenerse la representación de capital e interior de la República. La elección se efectuará el penúltimo día de sesión de la Asamblea Ordinaria y sus miembros durarán por igual período que ésta.La Mesa Permanente dictará su propio reglamento interno y hará distribución de cargos.La Mesa Permanente tiene las siguientes funciones:La preparación e instalación de la Asamblea Nacional de Docentes por rama respectiva de enseñanza y las demás funciones que le cometa dicha Asamblea.La proposición, recepción y estudio de asuntos a integrar el temario de la Asamblea de acuerdo con el Art.10º.La coordinación necesaria a la labor de las distintas Asambleas de Liceos, Institutos, Escuelas y demás establecimientos docentes, de acuerdo a este reglamento, adoptando al efecto las medidas que considere pertinente.Elevar de inmediato al Consejo respectivo y al Consejo Directivo Central todos los antecedentes y resultados de lo actuado una vez terminadas las sesiones de la Asamblea.Solicitar por unanimidad de sus miembros la convocatoria Extraordinaria de la Asamblea Nacional de Docentes por rama respectiva de enseñanza, en caso de extrema urgenciaDeberá reunirse una vez al mes como mínimo, analizando los asuntos entrados, informes de Comisiones y todo aquello que se considere de interés técnico docente. Sesionará con la mayoría absoluta de sus miembros. Para emitir declaraciones públicas, éstas deberán reunir el respaldo de cuatro (4) de sus miembros. Antes de los cuarenta (40) días de instalada, los integrantes de la Mesa definirán Presidente, Secretario y Vicepresidente.