Jaf, cu tahograf

PeroLa falta de principios que me mostro la empresa (que me contrato en 2008) desde ... el principio de nuestra relacion, me hicieron devenir circunspecto.

Lo que me pedia en practica no dejaba sitio para cumplir con el disco. De una vez con el intento de defenderme he estudiado atento el comportamiento de los demas colegas.

El ambiente cultivado estaba algo de tipo: "el que se resiste ... bien, el que no se resiste ... que se vaya". La politica de la empresa ha sido una politica ... centrifugatoria . El que tiene fuerza para sostenerse de pie, se queda, el que no, se tira (muy analogico a el principio de el "plato Tagada"; "la atracción Tagada es un plato giratorio en el que los que entran tienen que agarrarse fuertemente sin soltarse. Los movimientos bruscos que hace el Tagada provocan que las personas salten o reboten. La regla más importante en el Tagada es no soltarse para no caerse").

Pero si para el "Tagada" la provocaciòn de caidas es un "razon de ser", autorizado legal, una "empresa de transporte" no tiene (legalmente hablando) este "razon de ser".

En cualquier dominio me estoy implicando mi proposito es ... cumplir con mis obligaciònes, poniendo todo el empeño para respetar mi parte en un contrato y esperando (normal) la reciproca.

El regimen en el "transporte por carretera" es un regimen especial (muy especial). Cada "turno de trabajo" es equivalente a una "misiòn".

El inicio de cada "misiòn" se hace en la "hora indicada" y en el "punto geografico" indicado por empresa.

Al "entrar en trabajo", como cualquier empleado y el "empleado del transporte por carretera" se esta sumando a el principio de "puntualidad" .

(La puntualidad en el puesto de trabajo es una obligación del trabajador respecto a su empleador. Así lo recoge la legislación laboral en la mayoría de los países, estados o ciudades, estableciendo como causa de incumplimiento contractual la reincidencia en comportamientos de impuntualidad. Así en el Estatuto de los trabajadores español, se cita como incumplimiento de contrato las faltas injustificadas y repetidas de asistencia o puntualidad en el trabajo (Art. 54). En muchos convenios laborales, se recogen frases que especifican esta normativa, del tipo se considerarán faltas de carácter leve tres faltas de puntualidad durante un mes sin que exista causa justificada. La cantidad exacta de minutos de retraso que ameritan la consideración de falta por impuntualidad es, no obstante, un tema controvertido y sujeto a interpretación subjetiva

Pero, si en lo que se trata de el concepto "entrar en trabajo" depende (y) de ... este especial empleado (trabajador movil), como de un astronauta que se va de su casa a Cabo Canaveral pues, para "salir del trabajo" depende unicamente de su empleador.

En este dominio de trabajo (mucho mas que en cualquier otro dominio) el empleador puede librar a cada uno de sus empleados de dos modos:

- aparentemente (figuradamente);

- efectivamente (realmente).