Personero Estudiantil

PERSONERÍA DE LOS ESTUDIANTES.

Un alumno que curse el grado undécimo, es elegido por votación secreta encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes. Que sea un alumno leal, crítico, objetivo, responsable y democrático. Fue elegido para el año 2020 el alumno: LUIS SANTIAGO MARTINEZ BARRETO.

EL PERSONERO ESTUDIANTIL

PERFIL:

Como máximo representante de los estudiantes será quien lleve la vocería ante las autoridades educativas, por lo tanto será un joven amante del diálogo, abierto a la solución de situaciones conflictivas, creativo, serio, reservado, responsable y que tenga buena aceptación en la comunidad educativa .

FUNCIONES:

En La Institución Educativa La Inmaculada el Personero será un alumno que curse el grado undécimo y será quien promueva el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución política, las Leyes y el Manual de Convivencia (Decreto 1860, Art. 28 ) tendrá las siguientes funciones:

v Promover el cumplimiento de los derechos de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación internos del establecimiento, solicitar la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de liberación.

v Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presentan los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que forman cualquier persona sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

v Presentar ante el Rector, según sus competencias, las solicitudes de oficio que considere necesario para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

v Cuando lo considere necesario apelar ante el Consejo Directivo las decisiones del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

ELECCIÓN DEL PERSONERO:

El personero de los Estudiantes será elegido dentro de los ochenta (80) días calendario siguientes a la iniciación de clases de un periodo lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y, mediante voto secreto. El ejercicio del cargo del personero de los estudiantes es INCOMPATIBLE con el Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo.