El compromiso fundamental del Fonoaudiólogo siempre debe estar dirigido hacia el bienestar y lo que mejor le convenga al paciente, independientemente de si el Fonoaudiólogo está previniendo o tratando una necesidad especial o ayudando al paciente a lidiar con enfermedades, discapacidades y la muerte. El Fonoaudiólogo debe apoyar la dignidad de todas las personas y respetar su singularidad. Los intereses del paciente siempre deben promoverse sin importar las disposiciones financieras, el marco en que se suministra la atención terapéutica ni las características del paciente, como su capacidad para tomar decisiones o su condición social.
Al principio de la relación Fonoaudiólogo-paciente, el Fonoaudiólogo debe entender las quejas, los sentimientos subyacentes, las metas y las expectativas del paciente. Después de que el paciente y Fonoaudiólogo convengan en el problema y el objetivo del tratamiento, el Fonoaudiólogo presenta uno o más planes de acción. Si ambas partes están de acuerdo, el paciente puede autorizar al Fonoaudiólogo para que dé comienzo al plan de acción; en ese momento el Fonoaudiólogo puede aceptar esa responsabilidad. Esta relación implica obligaciones mutuas. El Fonoaudiólogo debe ser competente profesionalmente, actuar responsablemente y tratar al paciente con bondad y respeto. El paciente debe entender y dar su consentimiento para el tratamiento que se suministre y debe participar responsablemente en la atención. Aunque el Fonoaudiólogo debe recibir remuneración justa por los servicios que suministre, el sentido de deber hacia el paciente debe prevalecer sobre la preocupación de remuneración cuando esté en juego el bienestar de un paciente.
Inicio y suspensión de la relación Fonoaudiólogo-paciente
Debido a la historia, la tradición y el juramento profesional, los Fonoaudiólogos están obligados moralmente a proporcionar atención a los pacientes. Aunque esta obligación es colectiva, cada Fonoaudiólogo individual está obligado a colaborar con una parte equitativa a fin de asegurar que todos los enfermos reciban tratamiento adecuado. Un Fonoaudiólogo no puede discriminar contra una clase o categoría de pacientes.
La relación individual Fonoaudiólogo-paciente se forma sobre las bases de un mutuo acuerdo en relación con la atención terapéutica para el paciente. En la ausencia de una relación preexistente, el Fonoaudiólogo no está obligado éticamente a proporcionar atención a una persona en particular a menos que no haya otro Fonoaudiólogo disponible, como en el caso de ciertas comunidades aisladas o cuando se requiere un cambio terapéutico. Bajo estas circunstancias, el Fonoaudiólogo está obligado moralmente a proporcionar la atención y, de ser necesario, disponer el seguimiento adecuado. Los Fonoaudiólogos también podrían estar obligados mediante contrato a proporcionar atención a los beneficiarios de planes de atención terapéutica en los que participan.
Los Fonoaudiólogos y pacientes podrían tener distintos conceptos del significado de los problemas del Fonoaudiólogo con sus pacientes y de su resolución. La atención del paciente y la satisfacción de ambas partes estarán mejor atendidas si el Fonoaudiólogo y el paciente hablan sobre sus expectativas e inquietudes. A pesar de que el Fonoaudiólogo debe atender las inquietudes del paciente, no se requiere que infrinja sus valores personales fundamentales, los estándares del ejercicio científico o ético ni los jurídicos. Cuando las convicciones del paciente –religiosas, culturales o de otro tipo– estén en oposición a las recomendaciones terapéuticas, el Fonoaudiólogo tiene la obligación de tratar de entender claramente las creencias y los puntos de vista del paciente. Si el Fonoaudiólogo no puede poner en práctica los deseos del paciente después de tratar seriamente de solucionar las diferencias, el Fonoaudiólogo debe transferir la atención del paciente.
Bajo circunstancias excepcionales, el Fonoaudiólogo puede suspender la relación profesional notificándoselo al paciente y, con la autorización del mismo, transferir la información de la historia clínica a otro Fonoaudiólogo, siempre y cuando haya atención adecuada en otro lugar y la salud del paciente no se vea amenazada en el proceso. La continuidad de la atención debe asegurarse lo mejor que permita la capacidad del Fonoaudiólogo. El que el paciente dé por terminada la relación es algo serio, especialmente si éste está muy afectado, y debe acometerse sólo después de intentos genuinos de entender y solucionar las diferencias. El paciente tiene la libertad de cambiarse de Fonoaudiólogo y tiene derecho a la información contenida en las historias clínicas.
Bibliografía
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