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Como observadora participante me animo a decir que, esta rama novedosa del derecho, propone un cambio de paradigma en el análisis del conflicto jurídico en tanto lo aborda desde la filosofía de las constelaciones familiares, según las desarrollara Bert Hellinger.
El derecho sistémico resulta una herramienta adecuada para la transformación de conflictos, ya que brinda soluciones sustentables que propenden el acercamiento respetuoso de las partes, para una mejora en la calidad de vida de todos los involucrados: las partes, los operadores jurídicos y los sistemas de ambos.
En este sentido, el derecho sistémico se presenta como una alternativa que proporciona a las partes involucradas la oportunidad de valorar las situaciones problemáticas, promoviendo la responsabilidad incondicional y la humildad ontológica en miras a evitar la implementación del proceso judicial como un campo de batalla.
Así, el derecho sistémico se centra en un acompañamiento que propicia la transformación de la percepción de las circunstancias negativas que rodean un problema generando la resignificación del conflicto en sí.
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Las llamadas constelaciones jurídicas resultan a mi criterio la práctica y aplicación de las constelaciones familiares a un caso jurídico específico, así el derecho sistémico resulta la rama del derecho que estudia y combina las leyes sistémicas con las leyes jurídicas.
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Desde mi mirada de la abogacía el derecho sistémico propone la integración de todas las fases del conflicto jurídico (técnica, emocional y espiritual). En ocasiones iniciar acciones legales es necesario.
La diferencia es que esta área del derecho te permite acceder al aprendizaje que te propone tu problema legal, logrando incluir en el proceso judicial la elaboración del proceso personal que este conlleva.
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No todos atravesamos las mismas emociones frente a los mismos hechos, y nadie está obligado a trabajar de modo amplio su conflicto.
Quien constela notará de modo certero una mejora en sus circunstancias de vida en general, y en especial relacionadas al tema a constelar.
La transformación que importa esta mirada de la abogacía ayuda siempre a la elaboración pacífica del conflicto jurídico independientemente de cuántas partes constelen.
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El derecho sistémico no regula conductas en cierta área de la vida en sociedad, sino que lo caracteriza la universalidad. De allí que sus bases fundantes, no se encuentren en el derecho positivo sino en las constelaciones familiares (tal como las desarrollara Bert Hellinger), y en especial en las leyes sistémicas del equilibrio entre el dar y el tomar, la pertenencia y la jerarquía.
Esta pretensión de universalidad tiñe al derecho sistémico de transversalidad, porque en su análisis atraviesa las diversas ramas del derecho.
En consecuencia, es un derecho que aporta soluciones a todas las problemáticas jurídicas.
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Este campo creativo del conocimiento jurídico ha sido elaborado en Argentina por diferentes exponentes entre los cuales se destaca la Dra. Rita Cristina Llaguno directora del Instituto de Derecho Sistémico del Colegio de Abogados de Morón, la Dra. María de los Ángeles Quinci, abogada del niño, niña y adolecente en perspectiva sistémica, la Dra. Julia Rujinsky quien acuñó el término constelaciones jurídicas, y la Dra. Graciela Morgan quien lo aplicara en su rol como Secretaria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil del Poder Judicial de la Nación. Asimismo, sobresale la labor de difusión e investigación del Instituto de Derecho Sistémico del Colegio de Abogados de Mar del Plata, cuya presidencia actualmente se encuentra a cargo de la Dra. Marcela Velasco.
En Brasil esta temática se encuentra profundamente desarrollada y es implementada por distintos operadores jurídicos en sus diferentes ámbitos de incumbencia. Allí surgen los primeros espacios de aplicación en el marco de la administración de justicia en el Derecho de Familia, concretamente en el Juzgado a cargo del Dr. Sami Storch.
Actualmente, codirijo la Diplomatura en coaching jurídico y derecho sistémico junto a la abogada Silvina L. Dubini en la Universidad del Este, aquí el equipo docente es elegido específicamente para que los desafíos profesionales que conlleva trabajar desde la mirada sistémica puedan ser asumidos por los profesionales que elijan ejercer la abogacía desde las constelaciones familiares.
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