TEXTO 1
Únicamente al príncipe incumbe velar por el bienestar del pueblo; este es el primer artículo y fundamento sobre el que se basan los demás; […] no puede existir poder alguno que no dependa de él; ni asamblea alguna que exista si no es contando con su visto bueno. Así es como, a favor del bienestar de un Estado, se deposita en una misma mano todo el poder. El desperdigar dicho poder es dividir al Estado; es dar al traste con la paz pública. Por su condición, el príncipe es el padre del pueblo; su grandeza lo sitúa muy por encima de los intereses mezquinos; a mayor abundamiento, toda su grandeza y su propio y lógico interés se basan en que el pueblo sea conservado, puesto que a la postre, si le faltase el pueblo, dejaría de ser príncipe. Por tanto, nada mejor que el entregar todas las riendas del poder del Estado a aquel que mayor interés tenga en la conservación y en la grandeza del Estado […]
J.B. Bossuet, La política según la Sagrada Escritura.
TEXTO 2.
II. Que el pretendido poder de suspender las leyes y su aplicación, en virtud de la autoridad real y sin el consentimiento del Parlamento, es ilegal.
IV. Que toda cobranza de impuesto en beneficio de la Corona, o para su uso, so pretexto de la prerrogativa real, sin consentimiento del Parlamento, por un periodo de tiempo más largo o en forma distinta de la que ha sido autorizada es ilegal.
V. Que es un derecho de los súbditos presentar peticiones al Rey, siendo ilegal toda prisión o procesamiento de los peticionarios.
VI. Que el reclutamiento o mantenimiento de un ejército, dentro de las fronteras del Reino en tiempo de paz, sin la autorización del Parlamento, son contrarios a la ley.
VIII. Que las elecciones de los miembros del Parlamento deben ser libres.
IX. Que las libertades de expresión, discusión y actuación en el Parlamento no pueden ser juzgadas ni investigadas por otro Tribunal que el Parlamento. […] Por todo ello tienen la completa confianza de que S.A.R. el príncipe de Orange terminará la liberación del Reino, ya tan avanzada gracias a él, y que impedirá, en lo sucesivo, la violación de los derechos y libertades antes enumerados, así como cualquier otro ataque contra la religión, derechos y libertades.
The Bill Of Rights, 13 de febrero de 1689
TEXTO 3.
Cualquier persona que quisiere ejercer el oficio de sombrerero en esta ciudad y sus arrabales lo pueda hacer y haga con el primero sea examinado, y sepa hacer y dar cuenta de cómo han de ser obrados y acabados los sombreros siguientes: un sombrero de bonete de nueve dedos de faltas y un sombrero de camino de clérigo de siete dedos de falta y otro de calle de cuatro dedos de faltal [...].
Y que no pueda traer ni traiga o vender a esta ciudad ropa labrada de sombreros sin que primero y antes sea vista y examinada por los veedores de este oficio. y que la lana con que de hoy en adelante fueren fabricados los sobreros en esta ciudad y sus arrabales sea subida de color azul.
Ordenanzas del Gremio de Sombrereros de Segovia de 1599
TEXTO 4
“En más de siete octavas partes del reino de Francia, exceptuando los bosques y las viñas, todas las especulaciones, todos los esfuerzos del agricultor tienen por objeto cosechar trigo. Es la venta del trigo la que proporciona los fondos necesarios para satisfacer el pago del impuesto, la renta debida al propietario, todos los derechos de explotación. (...). La agricultura de la mayoría de las provincias de Francia (...) Puede ser considerada, por lo tanto, como una gran fábrica de trigo.”
Antoine Lavoisier. Informe a la Asamblea provincial del Orleanés. 1787.
TEXTO 5
“El crecimiento de la población europea provocó la puesta en cultivo de nuevas tierras, por ejemplo, en Rusia, y el desarrollo de la emigración hacia América, el vagabundeo en el campo y el comienzo del éxodo rural hacia las ciudades. Este excedente de fuerza de trabajo se emplea en las manufacturas tradicionales, en espera del desarrollo de nuevas formas de producción industrial, que en adelante serán posibles y necesarias a un tiempo (...)
Finalmente, habría que señalar que el nuevo régimen demográfico da a Europa una mayor proporción de hombres jóvenes cuyo dinamismo y audacia habría quizá que relacionar con las múltiples innovaciones del siglo.
Benassar, Jacquart, Lebrun, Denis y Blayau. Historia moderna.
TEXTO 6.
"Es sólo en mi persona donde reside el poder soberano, cuyo carácter propio es el espíritu de consejo, de justicia y de razón; es a mí a quien deben mis cortesanos su existencia y su autoridad; la plenitud de su autoridad que ellos no ejercen más que en mi nombre reside siempre en mí y no puede volverse nunca contra mí; sólo a mí pertenece el poder legislativo sin dependencia y sin división; es por mi autoridad que los oficiales de mi Corte proceden no a la formación, sino al registro, a la publicación y a la ejecución de la ley; el orden público emana de mí, y los derechos y los intereses de la Nación, de los que se suele hacer un cuerpo separado del Monarca, están unidos necesariamente al mío y no descansan más que en mis manos."
Discurso de Luis XV al Parlamento de París el 3 de marzo de 1766.
TEXTO 7
“En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el ejecutivo de las cosas pertenecientes al derecho de gentes, y el ejecutivo de las que pertenecen al civil. Por el primero, el príncipe o el magistrado hace las leyes para cierto tiempo o para siempre, y corrige o deroga las que están hechas. Por el segundo, hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadores, establece la seguridad y previene las invasiones; y por el tercero, castiga los crímenes o decide las contiendas de los particulares. Este último se llamará poder judicial; y el otro, simplemente, poder ejecutivo del Estado (...). Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o el senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo. Así sucede también cuando el poder judicial no está separado del poder legislativo y del ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un agresor. En el Estado en que un hombre solo, o una sola corporación de próceres, o de nobles, o del pueblo administrase los tres poderes, y tuviese la facultad de hacer las leyes, de ejecutar las resoluciones públicas y de juzgar los crímenes y contiendas de los particulares, todo se perdería enteramente.”
Montesquieu. El espíritu de las leyes. 1748.
TEXTO 8
"1. Todos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes, y poseen ciertos derechos inherentes a su persona.
2. Todo el poder reside en el pueblo y, por consiguientes, deriva de él; los magistrados son sus delegados y sirvientes, y en cualquier ocasión son responsables ante aquel. [...]
5. Los poderes legislativo y ejecutivo del Estado deben separarse y distinguirse del judicial.
6. Las elecciones de miembros que actúan como representantes del pueblo en la Asamblea deben ser libres; todos los hombres que tengan evidencia suficiente del común interés tienen derecho al sufragio, y no se les pueden imponer impuestos o expropiar su propiedad sin su consentimiento o el de sus representantes así elegidos."
Declaración de Derechos de Virginia. 1776.
TEXTO 9
Nosotros, el Pueblo de los Estados Unidos, a fin de formar una Unión más perfecta, establecer Justicia, afirmar la tranquilidad interior, proveer la Defensa común, promover el bienestar general y asegurar para nosotros mismos y para nuestros descendientes los beneficios de la Libertad, estatuimos y sancionamos esta CONSTITUCIÓN para los Estados Unidos de América.
Artículo 1.
Primera Sección. Todos los poderes legislativos otorgados en la presente Constitución corresponderán a un Congreso de los Estados Unidos, que se compondrá de un Senado y una Cámara de Representantes.
Segunda Sección. La Cámara de Representantes estará formada por miembros elegidos cada dos años por los habitantes de los diversos Estados, y los electores deberán poseer en cada Estado las condiciones requeridas para los electores de la rama más numerosa de la legislatura local.
Constitución de los Estados Unidos de Norteamérica, 1787
TEXTO 10
“El orden eclesiástico no compone sino un solo cuerpo. En cambio la sociedad está dividida en tres ordenes. Aparte del ya citado, la ley reconoce otras dos condiciones: el noble y el siervo, que no se rigen por la misma ley.
Los nobles son los guerreros, los protectores de las iglesias. Defienden a todo el pueblo, a los grandes lo mismo que a los pequeños y al mismo tiempo se protegen a ellos mismos. La otra clase es la de los siervos. Esta raza de desgraciados no posee nada sin sufrimiento. Provisiones y vestidos son suministrados a todos por ellos, pues los hombres libres no pueden valerse sin ellos. Así pues, la ciudad de Dios, que es tenida como una, en realidad es triple. Unos rezan, otros luchan y otros trabajan. Los tres ordenes viven juntos y no sufrirían una separación. Los servicios de cada uno de estos ordenes permiten los trabajos de los otros dos. Y cada uno a su vez presta apoyo a los demás. Mientras esta ley ha estado en vigor el mundo ha estado en paz”.
Del monje Adalberón en su obra Carmen ad Robertum regem francorum, año 998.
TEXTO 11
“La soberanía es el poder absoluto y perpetuo de la República (...). La soberanía no es limitada, ni en poder, ni en responsabilidad, ni en tiempo (...). es necesario que quienes son soberanos no estén de ningún modo sometidos al imperio de otro y puedan dar ley a los súbditos y anular o enmendar las leyes inútiles (...). Dado que, después de Dios, nada hay mayor sobre la tierra que los príncipes soberanos, instituidos per Él como sus lugartenientes para mandar a los demás hombres, es preciso prestar atención a su condición para, así, respetar y reverenciar su majestad con la sumisión debida, y pensar y hablar de ellos dignamente, ya que quien menosprecia a su príncipe soberano menosprecia a Dios, del cual es su imagen sobre la tierra.”
Jean Bodin. Los seis libros de la República. 1576.
TESTO 12
“Todo sistema que, bajo una apariencia de humanidad o de beneficiencia, llevase a una monarquía bien ordenada a establecer entre los hombres una igualdad de deberes ya destruir las distinciones necesarias , conduciría pronto al desorden, consecuencia inevitable de la igualdad absoluta y produciría la subversión de la sociedad. El noble consagra su dignidad a la defensa del Estado y asiste con sus consejos al soberano.
La última clase de la nación que no puede otorgar al Estado servicios tan distinguidos, los suple con los tributos, la industria y los trabajos corporales.”
Solennelles. Amonestaciones del Parlamento de París. 4 de marzo de 1776.
TEXTO 13
“Entre las clases privilegiadas y las que ocupan los últimos lugares de la jerarquía social, la burguesía del siglo XVIII se afianza como la plataforma en la que va a gravitar próximamente el peso total de las manifestaciones políticas, económicas y culturales de la Humanidad. En el transcurso de las centurias precedentes, la burguesía nacional se había hecho cargo de la dirección del capitalismo comercial y financiero, a la vez que se infiltraba en la agricultura y en la administración del Estado. Esta gran burguesía llega al Dieciocho ennoblecida, formando parte de las clases aristocráticas del país. Pero la masa burguesa, la que en conjunto se apropió del nombre del Tercer Estado, abre las puertas del siglo con un nuevo ímpetu, fuerza e ideología. Entre esa burguesía no privilegiada, alta y baja, negociantes, industriales, hombres de leyes, patriciado urbano, se difunden las nuevas concepciones ideológicas, racionalistas y críticas, que postulan una transformación política y social. Porque la burguesía, de espíritu emprendedor e innovadora, conociéndose como elemento vital de la sociedad de su siglo, pretende quebrantar las prescripciones y privilegios que le vedan el acceso a los cargos públicos y al ejército y la colocan en posición desventajosa frente a las clases sociales aristocráticas.”
J. Vicens Vives. Historia general moderna.
TEXTO 14
“Dios estableció a los reyes como sus ministros y reina a través de ellos sobre los pueblos (...)
Los príncipes actúan como los ministros de Dios y sus lugartenientes en la tierra. Por medio de ellos Dios ejercita su imperio. Por ello el trono real no es el trono de un hombre sino el de Dios mismo.
Se desprende de todo ello que la persona del rey es sagrada y que atentar contra ella es un sacrilegio.”
Bossuet. La política según las Sagradas Escrituras. Libro III.
TEXTO 15
“Los reyes son llamados justamente dioses, pues ejercen un poder similar al divino. Pues si consideráis los atributos de Dios, veréis cómo se encuentran en la persona de un rey (...). De la misma forma que es impío y sacrílego hacer un juicio sobre los actos de Dios, igualmente es temerario e inconsciente para un súbdito criticar las medidas tomadas por el rey.”
Jacobo I de Inglaterra. Reinó entre 1603 y 1625.
TEXTO 16
“Cada individuo en particular pone todo su cuidado en buscar el medio más oportuno de emplear con mayor ventaja el capital de que puede disponer. Lo que desde luego se propone es su propio interés, no el de la sociedad en común; pero esos mismos esfuerzos hacia su propia ventaja le inclinan a preferir, sin premeditación suya, el empleo más útil a la sociedad como tal. (...)
Ninguno por lo general se propone primariamente promover el interés público, y acaso ni aún conoce cómo lo fomenta cuando no lo piensa fomentar. Cando prefiere la industria doméstica a la extranjera sólo medita su propia seguridad; y cuando dirige la primera de modo que su producto sea del mayor valor que pueda, sólo piensa en su ganancia propia; pero en éste y en otros muchos casos es conducido como por una mano invisible a promover un fin que nunca tuvo parte en su intención.”
Adam Smith. La riqueza de las naciones. 1776.
TEXTO 17
“La nación inglesa es la única sobre la tierra que ha conseguido regular el poder de los reyes enfrentándose a ellos y que, con constantes esfuerzos, ha podido finalmente establecer un sabio gobierno en el que el príncipe, todopoderoso para hacer el bien, está limitado para hacer el mal; en el que los señores son grandes sin insolencia y sin vasallos; y en el que el pueblo comparte el gobierno sin desorden. La Cámara de los Pares (de los Lores) y la de los Comunes son los árbitros de la nación, y el rey es el árbitro supremo. No ha sido fácil establecer la libertad en Inglaterra; el ídolo del poder despótico ha sido ahogado en sangre, pero los ingleses creen no haber pagado demasiado por sus leyes. Las demás naciones no han derramado menos sangre que ellos, pero esta sangre que han vertido por la causa de su libertad no ha hecho más que cimentar su servidumbre.”
Voltaire. Cartas filosóficas. 1734.
TEXTO 18
“Todo hombre, con tal que no violar las leyes de la justicia, debe quedar perfectamente libre para abrazar el medio que mejor le parezca para buscar su modo de vivir, y sus intereses; y que puedan salir sus producciones a competir con las de cualquier otro individuo de la naturaleza humana (...).
Según el sistema de la libertad negociante, al soberano sólo quedan tres obligaciones principales a que atender: la primera, proteger a a la sociedad de la violencia e invasión de otras sociedades independientes; la segunda, el poner en lo posible a cubierto de la injusticia y opresión de un miembro de la república a otro que lo sea también de la misma (...); y la tercera, la de mantener y erigir ciertas obras y establecimientos públicos, a que nunca pueden alcanzar, ni acomodarse los intereses de los particulares, o de pocos individuos, sino los de toda la sociedad en común: por razón de que aunque sus utilidades recompensen con abundancia los gastos al cuerpo general de la nación, nunca recompensarían si los hiciese un particular.”
Adam Smith. La riqueza de las naciones. 1776.