7.- Medidas acogida e integración alumnado NEE

A continuación se enumeran de modo general los pasos a seguir cuando se produzca un nuevo ingreso en el centro de alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad física, psíquica, sensorial; a trastornos graves de conducta; o adquisición del idioma.

a) Contacto con la familia y/o centro de procedencia:

Es muy importante que la Directora atienda a la familia con tiempo suficiente para el adecuado intercambio de información, este contacto debe ser acogedor y colaborador puesto que marcará en el futuro la relación familia-escuela.

Se realiza una entrevista inicial durante la cual se recogerán todos los datos del alumno necesarios y se informa a la familia sobre los aspectos de organización y funcionamiento del Centro, funcionamiento de la AMPA y Servicios Sociales que hay en la zona, ayudas y recursos que pueden solicitar y todas las dudas y preguntas que la familia nos plantee.

La Directora decidirá la adscripción del alumno al curso teniendo en cuenta los criterios de adscripción ya fijados (edad, aprendizajes previos, conocimiento de la lengua y desarrollo evolutivo).

Si el alumno proviene de otro centro educativo, se establecerá contacto con el mismo para recabar el máximo de información posible sobre el mismo y su situación académica y personal.

Al alumnado que presenta NEE y que accede por primera vez al sistema educativo, bien en el segundo ciclo de educación infantil bien en Educación primaria, se le realizará con anterioridad a su matrícula en el centro docente, un dictamen de escolarización por el Equipo de Orientación Educativa.

b) Acogida del alumno en el aula:

El tutor recibe al alumno, propiciando un ambiente adecuado para una buena acogida y adaptación. El proceso de enseñanza-aprendizaje está marcado por las relaciones que se establecen en el aula, siendo un proceso comunicativo de interacción entre compañeros y del profesor con los alumnos.

Será necesario, por tanto, que como profesor Tutor, desde el principio, facilite el establecimiento de relaciones positivas y la existencia de un clima de relación afectiva que haga posible la comunicación. Cuando falle el idioma, hay que intentar que participe en todo aquello que sin necesidad de la expresión oral o escrita pueda intervenir con niveles nulos o básicos de conocimiento del idioma: actividades de artística, educación física, música, idiomas, tecnología, etc.

Presentación del alumno/a en clase.

- La presentación del alumno/a se realizará por parte del Tutor/a todos los compañeros y compañeras del aula de la manera más natural y explicando su situación.

- Cuando existen problemas de idioma, muchas veces los niños del aula son los que enseñan al recién llegado la dinámica de la clase y las frases de comunicación y relación más cotidianas.

- El Tutor/a debe controlar que las relaciones que se vayan estableciendo sean las naturales por la edad, evitando el proteccionismo excesivo de tipo paternalista y evitando las actitudes de rechazo y menosprecio.

Actividades en el aula.

• Actividades o juegos de presentación.

• Actividades de conocimiento y comunicación.

• Actividades de integración y conocimiento de culturas.

Orientaciones metodológicas.

Es aconsejable, siempre que sea posible, introducir metodologías de trabajo cooperativo y realizar el mayor número posible de actividades en grupo a lo largo del curso, puesto que favorecen tanto la integración del alumnado inmigrante como la cohesión e interacción del resto del alumnado.

Entrevista del Tutor/a con los padres.

- Se realizará lo antes posible, sería conveniente pasarles la información también por escrito y si los padres desconocen el idioma tratamos de contactar con un familiar o mediador que pueda traducirles toda la información.

- Es importante informarles de los siguientes aspectos: horarios, materiales, evaluaciones, vacaciones, entrevistas con el tutor, actividades extra-escolares, excursiones, normas en el aula, entradas y salidas, hábitos de estudio, pautas y recomendaciones para seguir en casa, información de los recursos sobre necesidades específicas que plantea, etc.

Observación inicial del alumno.

Es conveniente que, durante el primer mes, aproximadamente, el/la tutor/a observe y valore una serie de comportamientos para facilitar que éste/a pueda demostrar todo aquello que sabe, lo que desconoce y en lo que necesita ser orientado.

Evaluación inicial del alumno:

La evaluación del alumnado es fundamental para determinar su nivel de competencia curricular en las diferentes áreas, sus dificultades y necesidades y,establecer las medidas educativas oportunas que estimulen su desarrollo y aprendizaje.

En un primer momento, será el tutor quien realizará la valoración inicial de las competencias del alumno. De este modo, podemos encontrarnos con situaciones claramente diferenciadas:

• Desconocimiento total o parcial de la lengua vehicular de la enseñanza, en cuyo caso, se evaluará la competencia lingüística y comunicativa.

• Cuando el alumno tiene dominio del español y presenta un desfase curricular significativo el tutor, en colaboración con el profesorado de apoyo realizará la evaluación de la competencia curricular de las áreas instrumentales básicas (Lengua y Matemáticas).

• Presencia de discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales determinantes para el desarrollo del proceso de enseñanza / aprendizaje.

• Problemas de conducta que impidan el normal desarrollo del proceso de enseñanza / aprendizaje.

Decisiones de intervención didáctica:

Las medidas específicas de carácter educativo para el alumnado con NEAE , tal y como recoge las INSTRUCCIONES DE 8 DE MARZO DE 2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PARTICIPACIÓN Y EQUIDAD, POR LAS QUE SE ACTUALIZA EL PROTOCOLO DE DETECCIÓN, IDENTIFICACIÓN DEL ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO Y ORGANIZACIÓN DE LA RESPUESTA EDUCATIVA. Serán las siguientes:

Segundo ciclo de E.I.

Adaptaciones de Acceso (AAC)

Adaptaciones curriculares no significativas (ACNS)

Programas específicos (PE)

Programa de enriquecimiento curricular para el alumnado con altas capacidades intelectuales (PECAI)

Adaptaciones Curriculares para el alumnado con altas capacidades (ACAI)

Permanencia extraordinaria (Sólo NEE).

Educación Primaria

Adaptaciones de Acceso (AAC)

Adaptaciones curriculares no significativas (ACNS)

Adaptaciones curriculares significativas (ACS)

Programas específicos (PE)

Programa de Enriquecimiento Curricular para el alumnado con altas capacidades intelectuales (PECAI)

Adaptaciones Curriculares para el alumnado con altas capacidades (ACAI)

Flexibilización del periodo de escolarización.

Permanencia extraordinaria (Sólo NEE).

Escolarización en un curso inferior al correspondiente por edad para el alumnado de incorporación tardía al Sistema Educativo (Sólo COM).

Atención específica para alumnado que se incorpora tardíamente y presenta graves carencias en la comunicación lingüística (Sólo COM).

Teniendo en cuenta el alumnado de NUESTRO centro educativo se puntualizará en las siguientes medidas: ACNS, PE, ACS y ACAI

Adaptaciones curriculares no significativas (ACNS).

Las ACNS suponen modificaciones en la propuesta pedagógica o programación didáctica, del ámbito/asignatura objeto de adaptación, en la organización, temporalización y presentación de los contenidos, en los aspectos metodológicos (modificaciones en métodos, técnicas y estrategias de enseñanza- aprendizaje y las actividades y tareas programadas, y en los agrupamientos del alumnado dentro del aula), así como en los procedimientos e instrumentos de evaluación.

Estas adaptaciones requerirán que el informe de evaluación psicopedagógica del alumno o alumna recoja la propuesta de aplicación de esta medida.

Estas adaptaciones no afectarán a la consecución de los criterios de evaluación de la propuesta pedagógica o programación didáctica correspondiente del ámbito/asignatura/módulo objeto de adaptación.

Las decisiones sobre PROMOCIÓN Y TITULACIÓN del alumnado con ACNS tendrán como referente los criterios de promoción y de titulación establecidos en el Proyecto Educativo del centro.

Estas adaptaciones van dirigidas al alumno o alumna con NEAE que presenta un desfase en relación con la programación, del ámbito/asignatura/módulo objeto de adaptación, del grupo en que se encuentra escolarizado:

- En el segundo ciclo de educación infantil, un desfase en el ritmo de aprendizaje y desarrollo que implique una atención más personalizada por parte del tutor o tutora.

- En educación básica, un desfase curricular de al menos un curso en la asignatura objeto de adaptación entre el nivel de competencia curricular alcanzado y el curso en que se encuentra escolarizado.

La elaboración de las ACNS será coordinada por el tutor o tutora que será el responsable de cumplimentar todos los apartados del documento, salvo el apartado de propuesta curricular, que será cumplimentado por el profesorado del ámbito/asignatura/módulo que se vaya a adaptar.
La aplicación y seguimiento de las ACNS será llevada a cabo por el profesorado de los ámbitos/asignatura adaptados con el asesoramiento del equipo de orientación de centro o departamento de orientación.

El documento de la ACNS será cumplimentado en Séneca. Este documento deberá estar cumplimentado y bloqueado antes de la celebración de la sesión de la primera evaluación, o en el caso de haberse adoptado esta medida a lo largo del curso antes de la celebración de la sesión de evaluación del trimestre que corresponda, de modo que pueda realizarse un seguimiento trimestral para la valoración de su eficacia e introducir las modificaciones que se consideren oportunas.

Adaptaciones curriculares significativas (ACS)

Las ACS suponen modificaciones en la programación didáctica que afectarán a la consecución de los objetivos y criterios de evaluación en el asignatura/módulo adaptado. De esta forma, pueden implicar la eliminación y/o modificación de objetivos y criterios de evaluación en el asignatura adaptado. Estas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias clave.

Estas adaptaciones requerirán que el informe de evaluación psicopedagógica del alumno o alumna recoja la propuesta de aplicación de esta medida. En aquellos casos en los que el citado informe no recoja la propuesta de esta medida será necesaria la revisión del mismo.

El alumno o alumna será evaluado en la asignatura/módulo adaptado de acuerdo con la adaptación de los objetivos y criterios de evaluación establecidos en su ACS. Dado el carácter específico y significativo de la ACS el alumnado no tendrá que recuperar la asignatura adaptada en caso de no haberla superado en los cursos previos al de la realización de la ACS.

Las decisiones sobre la promoción del alumnado se realizarán de acuerdo con los criterios de promoción establecidos en su ACS según el grado de adquisición de las competencias clave, teniendo como referente los objetivos y criterios de evaluación fijados en la misma. Además, dichas decisiones sobre la promoción tendrán en cuenta otros aspectos como: posibilidad de permanencia en la etapa, edad, grado de integración socioeducativa, etc.

Estas adaptaciones van dirigidas al alumno o alumna con NEE de las etapas de educación primaria, educación secundaria obligatoria y módulos de aprendizaje permanente de formación profesional básica:

Presenta un desfase curricular de al menos dos cursos en la asignatura/módulo objeto de adaptación, entre el nivel de competencia curricular alcanzado y el curso en que se encuentra escolarizado.

• Presenta limitaciones funcionales derivadas de discapacidad física o sensorial incluidas las derivadas de enfermedades raras y crónicas, que imposibilitan la adquisición de los objetivos y criterios de evaluación en determinadas áreas o materias no instrumentales.

Se entiende por nivel de competencia curricular alcanzado, en la asignatura/módulo, el curso del que el alumno o alumna tiene superados los criterios de evaluación.

El responsable de la elaboración de las ACS será el profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales , con la colaboración del profesorado de la asignatura encargado de impartirla y contará con el asesoramiento de los equipos o departamentos de orientación.

La aplicación de las ACS será responsabilidad del profesor o profesora de la asignatura/módulo correspondiente, con la colaboración del profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales y el asesoramiento del equipo o departamento de orientación.

La evaluación de de las asignaturas/módulos adaptados significativamente será responsabilidad compartida del profesorado que las imparte y del profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales.

El documento de la ACS será cumplimentado en el sistema Séneca por el profesorado especializado para la atención del alumnado con NEE.

Este documento deberá estar cumplimentado y bloqueado antes de la celebración de la sesión de la primera evaluación, o en el caso de haberse adoptado esta medida a lo largo del curso antes de la celebración de la sesión de evaluación del trimestre que corresponda, de modo que el alumno o alumna SEA EVALUADO en función de los criterios de evaluación y calificación establecidos en su ACS.

Programas específicos (PE)

Los programas específicos (PE) son el conjunto de actuaciones que se planifican con el objetivo de favorecer el desarrollo mediante la estimulación de procesos implicados en el aprendizaje (percepción, atención, memoria, inteligencia, metacognición, estimulación y/o reeducación del lenguaje y la comunicación, conciencia fonológica, autonomía personal y habilidades adaptativas,habilidades sociales, gestión de las emociones, autocontrol, autoconcepto y autoestima, etc.) que faciliten la adquisición de las distintas competencias clave.

Estos programas requerirán que el informe de evaluación psicopedagógica del alumno o alumna recoja la propuesta de aplicación de esta medida.

La elaboración y aplicación de los PE será responsabilidad del profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales con la colaboración del profesional o la profesional de la orientación educativa. Así mismo para el desarrollo de los PE se podrá contar con la implicación de otros profesionales tanto docentes como no docentes que se consideren necesarios.

Se propondrán con carácter general para un curso académico, en función a las NEAE del alumno o alumna y de los objetivos planteados en el programa su duración podría ser inferior a un curso.

El PE tendrá que ser elaborado antes de la finalización de la primera sesión de evaluación, de modo que pueda realizarse un seguimiento trimestral para la valoración de su eficacia e introducir las modificaciones que se consideren oportunas.

Al finalizar el curso, los responsables de la elaboración y desarrollo del mismo deberán, en función a los resultados de la evaluación de los objetivos del PE, tomar las decisiones oportunas.

El documento del PE será cumplimentado en el sistema de información SÉNECA por el profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales. El PE tendrá que estar cumplimentado y bloqueado antes de la celebración de la sesión de la primera evaluación, o en caso de haberse adoptado esta medida a lo largo del curso antes de la celebración de la sesión de evaluación del trimestre que corresponda, de modo que pueda realizarse un seguimiento trimestral para la valoración de su eficacia e introducir las modificaciones que se consideren oportunas. La aplicación de esta medida quedará recogida en el apartado "Atención recibida" del censo del alumnado NEAE.

Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades (ACAI)

Las ACAI están destinadas a promover el desarrollo pleno y equilibrado del alumnado con altas capacidades intelectuales contemplando propuestas curriculares de profundización y/o ampliación.

a) La propuesta curricular de profundización de un ámbito/asignatura es la modificación que se realiza a la programación didáctica y que supone un enriquecimiento del currículo sin modificación de los criterios de evaluación. 


b) La propuesta curricular de ampliación de un ámbito/asignatura es la modificación de la programación didáctica con la inclusión de criterios de evaluación de niveles educativos superiores, pudiendo proponerse, en función de las posibilidades de organización del centro, el cursar uno o varios ámbitos/asignaturas en el nivel inmediatamente superior. 
En los documentos oficiales de evaluación, la calificación de los ámbitos/asignaturas objeto de ampliación se determinará en función de los criterios de evaluación correspondientes al curso en el que el alumno o alumna se encuentra matriculado. 
Cuando el alumno o alumna haya superado con éxito los criterios de evaluación recogidos en las propuestas curriculares de ampliación para los ámbitos/asignaturas incluidas en su ACAI podrá solicitarse la flexibilización del periodo de escolarización, siempre y cuando se prevea que cursará con éxito todas las asignaturas en el curso en el que se escolarizará. Para ello el equipo docente acreditará que el alumno o alumna ha alcanzado tanto los criterios de evaluación y objetivos del curso actual como los del que se pretende acelerar así como que la medida de flexibilización es la más adecuada para su desarrollo personal y social equilibrado. 


La ACAI requerirá que el informe de evaluación psicopedagógica determine la idoneidad de la puesta en marcha de la medida.

Para su elaboración, el tutor o tutora será el responsable de cumplimentar todos los apartados del documento, salvo el apartado de propuesta curricular, que será cumplimentado por el profesorado del ámbito/asignatura que se vaya a adaptar.

Respecto a la aplicación y seguimiento de la ACAI será coordinada por el tutor o tutora y llevada a cabo por el profesorado de los ámbitos/asignaturas adaptadas con el asesoramiento del orientador u orientadora y la participación de la jefatura de estudios para las decisiones organizativas que fuesen necesarias.

Se propondrán con carácter general para un curso académico.

Al finalizar el curso, los responsables de la elaboración y desarrollo de la misma deberán tomar las decisiones oportunas, en función de los resultados de la evaluación del alumno o alumna al que se refiere.

El documento de la ACAI será cumplimentado en Séneca. Las ACAI tendrá que estar cumplimentada y bloqueada antes de la celebración de la sesión de la primera evaluación, o en caso de haber adoptado esta medida a lo largo del curso antes de la celebración de la sesión de evaluación del trimestre que corresponda, de modo que pueda realizarse un seguimiento trimestral para la valoración de su eficacia e introducir las modificaciones que se consideren oportunas.

• Alumnado con problemas de conducta. El principal objetivo será desarrollar habilidades de control y autorregulación de los propios sentimientos y emociones y adquirir las habilidades sociales necesarias para relacionarse, expresar los propios sentimientos e ideas y cooperar y trabajar en equipo. Esto requerirá elaborar un programa de actuación por parte del tutor en coordinación muy estrecha con el orientador de referencia.

Seguimiento y evaluación.

El seguimiento y evaluación es continuo para poder incorporar y reajustar las medidas oportunas e ir retirando los apoyos a medida que no los necesite puesto que una de las características principales debe ser la flexibilidad.

Además de la coordinación continua entre Tutor/a, profesor/a de apoyo y otros profesores que intervienen con los alumnos, trimestralmente y coincidiendo con las evaluaciones del resto de sus compañeros se realiza la evaluación de estos alumnos por parte de todo el profesorado y teniendo siempre en cuenta el programa específico diseñado para los mismos.

MEDIDAS ACOGIDA ALUMNADO NEE