Artículo 91
Servicio Social
Información sobre el procedimiento para Liberar el servicio social por artículo 91.
Requisitos
Para solicitar la Constancia de Liberación de Servicio Social por artículo 91:
Contar con el 70% de créditos totales en DGAE-SIAE, al momento de iniciar el proceso de registro del Servicio Social
Ser trabajadores activos de una dependencia federal y con una antigüedad mayor a 1 año y 2 meses
Carta donde se explique cómo se desarrolla de manera profesional en el lugar de trabajo, con relación a su carrera
Procedimiento
Documentos Requeridos
Constancia laboral, que acredite el tiempo que has laborado en la institución
Carta donde se explique cómo te desarrollas de manera profesional en el lugar de trabajo, con relación a tu carrera
Identificación Oficial (INE, Pasaporte o credencial UNAM)
Envío de Documentos
Los documentos deberán enviarse a través del formulario que encontrarás en el siguiente enlace:
Liberación de Servicio Social
Si se te solicita hacer alguna corrección, realízala lo más pronto posible.
Una vez aprobada la Liberación de tu servicio social, recibirás un correo con tu constancia de conclusión de servicio social. ¡La necesitarás para realizar tus trámites de titulación!