Artículo 52
Servicio Social
Información sobre el procedimiento para Liberar el servicio social por artículo 52.
Requisitos
Para solicitar la Constancia de Liberación de Servicio Social por artículo 52 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional:
Debes ser mayor de 60 años o estar impedido por enfermedad grave.
Procedimiento
Documentos Requeridos
Liberación por ser mayor de 60 años
Identificación Oficial (INE, Pasaporte o credencial UNAM)
CURP
Liberación por enfermedad grave
Identificación Oficial (INE, Pasaporte o credencial UNAM)
Certificado médico
Envío de Documentos
Los documentos deberán enviarse a través del formulario que encontrarás en el siguiente enlace:
Liberación de Servicio Social
Si se te solicita hacer alguna corrección u otro documento, envíalo lo más pronto posible.
Una vez aprobada la Liberación de tu servicio social, recibirás un correo con tu constancia provisional de servicio social. ¡La necesitarás para realizar tus trámites de titulación!