En la etapa de infantil, al no ser una etapa obligatoria del sistema educativo, todo el alumnado promociona a la etapa de educación primaria. Solo se contempla la posibilidad de permanencia extraordinaria en el último curso del segundo ciclo de infantil en el caso de alumnado con necesidades educativas especiales.
Todo el alumnado promocionará al curso siguiente al finalizar los cursos impares (1º, 3º y 5º EP)
Al finalizar los cursos pares (2º, 4º, 6º EP) se seguirán las siguientes pautas en relación a la promoción del alumnado:
El equipo docente del nivel participará en la toma de decisión sobre la promoción de los alumnos/as.
La opinión del maestro tutor tendrá una consideración especial dentro de esta opinión.
Para tomar la decisión de promoción se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
En 2º de primaria: que el alumno no haya superado las áreas de lengua y matemáticas, así como sus competencias.
En 4º y 6º de primaria: que el alumno no haya superado dos de las siguientes áreas: lengua española, matemáticas, ciencias naturales, así como sus competencias.
Áreas pendientes de cursos anteriores.
Grado de madurez del alumno/a.
Nivel de integración en el grupo de origen y la facilidad para integrarse en un nuevo grupo.
Que los aprendizajes no alcanzados no impidan seguir con aprovechamiento el nuevo curso o la nueva etapa.
Que se haya realizado un plan de apoyo a lo largo del curso, con el objetivo de ayudar al alumno/a a superar las dificultades.
El alumno permanecerá un año más en el nivel (2º, 4º o 6º) siempre que basándose en los criterios anteriormente expuestos, el equipo docente considere que esta medida sea la más positiva para el alumno/a.
La medida de permanencia durante un año más en un curso se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la Educación Primaria e irá acompañada de un plan de seguimiento personalizado de apoyo y refuerzo.
En relación a los ACNEE del centro podrá plantearse como actuación específica de intervención educativa la permanencia extraordinaria en la etapa de primaria en 6º curso cuando tengan un desfase curricular de al menos dos años, teniendo en cuenta que para ello es necesaria la autorización escrita de las familias.