Derechos y obligaciones de trabajadores y empresarios en materia preventiva
LOS TRABAJADORES TIENEN DERECHO A:
Ser consultados, informados y formados en seguridad y salud laboral y participar en la adopción de medidas preventivas
Que se les faciliten los equipos de protección individual (EPI)
Interrumpir su actividad en caso de riesgo grave e inminente
La vigilancia periódica de su estado salud
La protección específica a trabajadoras embarazadas, menores y trabajadores temporales o de las ETT
Los EPI protegen a los trabajadores frente a los riesgos laborales: físicos, químicos y biológicos. Los proporciona el empresario.
LOS TRABAJADORES ESTÁN OBLIGADOS A:
Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad
Informar de inmediato a un superior y a los trabajadores designados para llevar a cabo las actividades de prevención sobre cualquier anomalía detectada
Cooperar con el empresario para garantizar unas condiciones seguras
EL EMPRESARIO ESTÁ OBLIGADO A:
Proteger a los trabajadores: evitando, evaluando y combatiendo riesgos. Adaptando el trabajo y sustituyendo lo peligroso por lo seguro. Planificando la prevención y facilitando las instrucciones oportunas
Facilitar equipos de trabajo y medios de protección adecuados
Informar, consultar y participar en la acción preventiva
Dar formación teórica y práctica a los trabajadores
Vigilar la salud de los trabajadores de forma periódica
Elaborar y conservar una serie de documentos
Coordinarse, cuando existen varias empresas en un mismo centro de trabajo
Proteger de forma especial a determinados colectivos de trabajadores: mujeres embarazadas, menores de 18 años o trabajadores temporales