Es un gravamen que recae sobre el consumo de bienes y servicios y explotación de juegos de azar. Es de orden nacional e indirecto.
El IVA se aplica a las diferentes etapas del ciclo económico de la producción, distribución, comercialización e importación.
Aplica en los siguientes casos:
a. La venta de bienes corporales muebles que no haya sido excluida expresamente.
b. La prestación de los servicios en el territorio nacional.
c. La importación de bienes corporales muebles que no hayan sido excluidos expresamente.
d. La circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar con excepción de las loterías.
IVA: Períodos Gravables: Existen dos períodos gravables para el IVA, el bimestral y el cuatrimestral. En este sentido, el primer bimestre corresponde a los meses de enero y febrero y el primer cuatrimestre al período comprendido entre enero y abril de cada año.
IVA: Tarifas
Las tarifas son los porcentajes aplicables a las bases gravables para determinar el impuesto sobre las ventas, las cuales son de tres tipos: general, diferencial y especial. En Colombia, la tarifa general del IVA es del 19%. Aunque existen varias tarifas diferenciales, que son menores y mayores a ese 19%. Los bienes o servicios que tienen tarifas especiales o diferenciales, deben estar expresamente señalados por la norma, lo mismo que los exentos y excluidos.
A continuación se muestran los bienes y servicios con tarifas diferenciales
TARIFAS DIFERENCIALES DE IVA
TARIFA 5% servicios
Almacenamiento de productos agrícolas en almacenes generales de depósito
Planes de medicina prepagada y complementarios, las pólizas de seguros de cirugía y hospitalización, pólizas de seguros de servicios de salud y en general los planes adicionales
Servicios de vigilancia, supervisión, conserjería, aseo y temporales de empleo.
TARIFA 5% bienes
Café, Café tostado y descafeinado, chocolate, Trigo, avena, maíz y arroz para uso industrial
Sorgo de grano, harina de trigo, harina de maíz y otras harinas
Pastas alimenticias, azúcar
Salchichón, butifarras y mortadela, carnes frías y embutidos
Tampones y toallas higiénicas
Pañales
Papel higiénico
Bicicletas con un precio inferior a 1 millón y medio
TARIFA 19%
Venta de cervezas de producción nacional y para las importadas
Cereales preparados y otros cereales, hortalizas y legumbres enlatadas, productos del mar (excepto pescado),
Frutas en envases o secas
Derivados lácteos (excepto queso)
Aceites y grasas
Otros condimentos (excepto la sal), sopas y cremas, salsas y aderezos
Dulces, confites y gelatinas, jugos, gaseosas y maltas
Artículos del hogar: sala, comedor, alcoba
Nevera, estufa, lavadora, otros aparatos del hogar
Otros muebles del hogar, equipo de iluminación y decoración
Ollas, sartenes y refractarios, vajilla, cubiertos
Otro utensilios o menaje del hogar
Juegos de sábanas y fundas, cojines y cubrelechos, colchones y almohadas, cortinas, toallas, manteles y forros para muebles
Jabones, detergentes, blanqueadores, suavizantes, limpiadores y desinfectantes, ceras, papeles de cocina, otros utensilios de aseo
Vestuario de damas, caballeros y niños
Artículos y gastos escolares (excepto matrículas, pensiones, textos, cuadernos y costos educativos)
Juegos, aficiones, artículos, adornos y prendas de vestir para fiestas
Jardines y productos para animales domésticos, servicios para mascotas
Discos, artículos deportivos
Televisor y otros aparatos de video e imagen, equipos de sonido
Computadores, impresoras y afines
Servicios de T.V.
Turismo
Juegos de azar
Vehículos y otros para transporte
Combustible, compra y cambio de aceite, servicios de parqueadero y de mecánica, baterías, llantas
Servicios de telefonía, equipos de telefonía móvil y similares
Cerveza, cigarrillos
Higiene corporal, higiene y cuidado facial, cuidado para el cabello, otros productos relacionados con el cuidado personal
Cortes de cabello y servicios relacionados al cuidado personal
Joyería en oro y plata, relojes, otros artículos personales
Otros servicios financieros (excepto los servicios bancarios)
Por otra parte, no serán responsables de declarar IVA las siguientes personas que realicen actividades gravadas con impuesto:
Personas naturales
Comerciantes
Pequeños agricultores
Pequeños ganaderos
Quienes presten servicios
Artesanos