Es la asignación que cobra mensualmente el agente o funcionario de la APP por cada hijo menor de 18 años y por cada hijo con discapacidad mientras ella dure (sin límite de edad), reconocido legalmente, no emancipado y a su cargo.
Al Agente o Funcionario de la APP, siempre que el otro progenitor no la perciba ni en la Administración Pública Provincial ni en el ámbito privado
¿SE REQUIERE ANTIGÜEDAD EN LA APP?
No, puede ser solicitada desde el ingreso a la APP
¿SE PUEDE COBRAR POR LOS HIJOS DEL CÓNYUGE?
Sólo si se encuentran bajo la tenencia de su cónyuge y no percibe cuota alimentaria, presentando la copia certificada por el Juzgado interviniente de la sentencia donde conste esta circunstancia y demostrando que es cónyuge.
¿SE PUEDE COBRAR POR MENORES SOBRE LOS QUE SE TIENE LA GUARDA, TUTELA O CURATELA?
Si, presentando certificado de la autoridad que la otorgó.
¿EL PADRE SOLTERO SIN TENENCIA DEL HIJO PUEDE COBRAR ASIGNACIÓN POR HIJO?
Sólo si existe una sentencia judicial que lo obligue a pagar cuota alimentaria
¿SI UNO DE LOS PADRES COBRA ASIGNACIÓN UNIVERSAL POR HIJO/HIJO CON DISCAPACIDAD PUEDE EL OTRO COBRAR LA ASIGNACIÓN FAMILIAR EN LA APP?
No puede
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE DEBE PRESENTAR?
Para la Solicitud por Primera Vez:
✔ Formulario de Solicitud. Puede obtenerlo haciendo clic aquí
✔ Declaración Jurada de Asignaciones Familiares. Puede obtenerla haciendo clic aquí
✔ Certificado de Activo del solicitante y del cónyuge (conviviente o progenitor). Puede solicitarlo por CIDI o enviando solicitud y fotografía de su DNI a la siguiente dirección de correo electrónico: certificadoactivo@sanjuan.gov.ar
✔ Certificación Negativa del AnSes del solicitante y cónyuge (conviviente progenitor). Puede ingresar haciendo clic aquí
✔ En caso de registrar percepción de Asignaciones en alguno de esos certificados, además: Informe de Mis Asignaciones de quien registre el cobro emitido por la página de “mi Anses” de quien registra tal percepción. Puede ingresar haciendo clic aquí
✔ Partida de Nacimiento Certificada por el Registro Civil o Digital (puede solicitarla por CIDI)
Para los siguientes casos, además de la recién indicada, debe presentar:
Para la Asignación de Hijo con Discapacidad:
✔ Certificado de Discapacidad vigente emitido por la Dirección para Personas con Discapacidad (tener presente que a su vencimiento debe presentar uno nuevo).
En el caso de los Hijos del Cónyuge:
✔ Copia del Acta de Matrimonio certificada por el Registro Civil o Digital (puede solicitarla por CIDI) o Certificado de convivencia emitido por el Juzgado de Paz con 2 años de convivencia
✔ Certificado de autoridad judicial o sentencia donde conste que el cónyuge posee la tenencia del menor y que no percibe cuota alimentaria
En el caso de Guarda, Tutela o Curatela:
✔ Certificado de la autoridad que la otorgó
En el caso del Padre Soltero sin tenencia:
✔ Copia certificada por el juzgado interviniente de la sentencia que lo obliga a pagar cuota alimentaria
▶ Obtenga el listado de la Documentación a Presentar Solicitada por Primera Vez haciendo clic aquí
¿DONDE SE INICIA?
En la USP de la repartición donde presta servicios el agente o ante el Director del Establecimiento Educativo
¿HASTA CUANDO SE COBRA?
Hasta el mes en el hijo cumple 18 años
Mientras dure la incapacidad
¿UNA VEZ QUE SE COBRA SE DEBE VOLVER A PRESENTAR DOCUMENTACIÓN?
SI, todos los años ANTES DEL 30 DE MARZO se debe presentar
✔ Formulario de Solicitud. Puede obtenerlo haciendo clic aquí
✔ Declaración Jurada de Asignaciones Familiares clic aquí
✔ Certificado de Activo del solicitante y del cónyuge (conviviente o progenitor) puede solicitarlo por CIDI o enviando solicitud y fotografía de su DNI a la siguiente dirección de correo electrónico: certificadoactivo@sanjuan.gov.ar
✔ Certificación Negativa del AnSes del solicitante y cónyuge (conviviente progenitor). Puede ingresar haciendo clic aquí
✔ En caso de registrar percepción de Asignaciones en alguno de esos certificados, además: Informe de Mis Asignaciones de quien registre el cobro emitido por la página de “mi Anses” de quien registra tal percepción. Puede ingresar haciendo clic aquí
▶ Obtenga el listado de la que debe presentar para su renovación Todos los Años antes del 30 de Marzo haciendo clic aquí
¿QUÉ SUCEDE SI NO PRESENTA LA DOCUMENTACIÓN ANTES DEL 30 DE MARZO DE CADA AÑO?
Se suspende el pago de la Asignación por Hijo/Hijo con Discapacidad hasta que presente la documentación