Este sitio es de uso exclusivo de los representantes del Programa Federal de Control de Alimentos.
La incorporación del Módulo Artículo 21 al SIFeGA amplía el uso de este hacia los municipios, es por esto que es necesario contar con procedimientos claros que permitan a la provincia llevar un control de los usuarios y permisos otorgados, así como las modificaciones y bajas que se hagan.
Desde el INAL se trabajaron dos herramientas. Por un lado, se elaboraron las Directrices para la Administración de Usuarios en el SIFeGA, que tienen como objetivo establecer las obligaciones, facultades y responsabilidades en la administración del sistema. Complementariamente a este documento, se dejará a disposición un modelo de Procedimiento Operativo de alta de usuarios en SIFeGA, donde se establecen los pasos formales para la administración de usuarios.
La implementación de estos documentos para procedimentar el alta de usuario permite contar con el respaldo para dar altas, modificaciones y bajas de usuarios, contando con los avales necesarios (notas de alta de usuario, acuerdos de trabajo que vinculen a los usuarios externos a la bromatología, etc) para garantizar una efectiva coordinación del uso del sistema.
Estas directrices tienen como objetivo establecer las obligaciones, facultades y responsabilidades en la administración del SIFeGA que se gestiona en cada jurisdicción a partir del usuario administrador principal de cada Autoridad Sanitaria Jurisdiccional.
Este documento se presenta como una propuesta modelo para que cada Autoridad Sanitaria pueda elaborar su propio procedimiento que le permita llevar una gestión y seguimiento de quiénes utilizan el sistema.
En este instructivo podés encontrar información para las altas, modificación y bajas de usuarios en este instructivo.
En el caso de usuarios pertenecientes a los municipios, es importante especificar el nombre del municipio dentro del campo "Apellido y Nombre" Ej: Eva Pérez (Municipio 9 de Julio).