OFICIOS DIGITALES
OFICIOS DIGITALES
Los oficios a diligenciar por el interesado deberán ser librados a través del Sistema de Diligenciamiento Electrónico de Oficios para Organismos Externos -DEOX- siempre que los destinatarios se encuentren adheridos al referido sistema implementado por Acordada CSJN Nro. 15/20.
De lo contrario, una vez ingresado el proyecto respectivo al Sistema de Gestión Judicial Lex100 bajo el título “CONFRONTE” se expedirán en formato digital con firma electrónica de juez y/o secretario y quedará disponible para su descarga y/o impresión y posterior diligenciamiento por la parte, por la vía que estime pertinente.
A tales fines, se aconseja efectuar la validación de firma según pasos indicados en el instructivo agregado en el menú de este sitio web.
A los fines que pudieren corresponder, déjese constancia de que la remisión de comunicaciones vía correo electrónico no se encuentra prevista por el Código Procesal ni autorizada por Acordada CSJN Nro. 15/20 que regula la forma de diligenciamiento de oficios a organismos públicos o privados. Es que a diferencia de la recepción física de piezas digitales, la comunicación vía email no permite asegurar el efectivo conocimiento por parte del receptor ni la oportunidad en que ello pudo haber tenido lugar.