PROCEDIMIENTO FRENTE A OCURRENCIA DE ACCIDENTES LABORALES DE FUNCIONARIOS/AS
Accidentes Laborales: Se utiliza esta terminología para agrupar los accidentes del trabajo, cortopunzante, contacto con fluidos de riesgos y accidentes de trayecto.
Accidente del Trabajo: Toda lesión que una persona sufra a causa (relación directa) o con ocasión (relación indirecta) del trabajo que realice (actividad que desempeña), y que le produzca incapacidad temporal o permanente o muerte.
Accidente de Trayecto: Son los accidentes que ocurren en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo o entre dos lugares de trabajo de distintos empleadores. (trayecto directo debe ser racional y no interrumpido por razones de interés personal, a menos que la interrupción por esta causa sea habitual y no responda al mero capricho).
Accidente Cortopunzante: Acto fortuito que produce una lesión traumática de la piel o mucosa, ocurrido en diferentes circunstancias, tales como, procedimientos clínicos, limpieza de material y eliminación de desechos.
Accidente Común: Lesión que una persona sufre, que no es causada por el trabajo ni a causa de este.
PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE DEL TRABAJO:
Es responsabilidad de cada Jefatura velar por que un accidente laboral sea denunciado de acuerdo al siguiente procedimiento:
Todo funcionario/a debe dar aviso inmediato a su jefatura, subrogante o encargado del turno de la ocurrencia de algún accidente laboral, por más mínimo que considere la lesión o gravedad del mismo. A su vez, el/la funcionario/a que tome conocimiento de un accidente de trabajo que afecte a otro/a funcionario/a, deberá informar tal situación a su jefatura directa de manera inmediata.
El accidente debe ser denunciado por la jefatura correspondiente o quien subrogue a través de la Declaración de Accidente Laboral (DAL). Quedan prohibidas las atenciones de pasillo.
El Servicio, Departamento, Unidad o Sección al cual pertenece el accidentado deberá notificar durante la misma jornada a través de la DAL el accidente, para lo cual debe enviar DAL a Unidad de Prevención de Riesgos con copia al Comité Paritario de Higiene y Seguridad, esta notificación puede ser presencial o mediante envío de los antecedentes por correo electrónico haprevencion@araucanianorte.cl y hacomiteparitario@araucanianorte.cl y sólo en caso de accidentes con fluidos corporales y cortopunzante debe enviar a demás a IAAS y Salud funcionaria. El no cumplimiento en los plazos establecidos podrá generar sanciones hacia el funcionario o jefatura.
Es obligación del Funcionario accidentado acudir a Urgencias para recibir la atención que corresponda según sea el caso, acá por procedimiento de admisión y recaudación deben completar DIAT y el Formulario de advertencia. A su vez, la jefatura debe acompañar al funcionario/a o instruir a algún acompañante en su representación para la primera atención en nuestro Servicio de Urgencias.
Según evaluación médica y si corresponde reposo laboral, el médico tratante emitirá licencia médica electrónica, el/la funcionario/a debe corroborar que sea correctamente emitida (tipo 5), el/la funcionario/a es responsable de adjuntar a licencia cualquier otro documento que necesario para tramitación ante COMPIN, ya que el no presentar todos los antecedentes, implica rechazo por parte de este organismo.
Para los accidentes de trayecto, El/la funcionario/a está obligado a completar Declaración de víctima de accidente de trayecto y confeccionar mapa croquis que dé cuenta del lugar específico de ocurrencia del accidente de trayecto como también el desplazamiento desde o hacia su domicilio.
El/la funcionario/a está obligado a proporcionar antecedentes y entregar información del evento que le afecto para establecer y conocer los hechos que originaron el accidente, tanto a la Unidad de Prevención de Riesgos, Comité Paritario HyS y otros que lo requieran. Por otra parte debe asistir a evaluaciones médicas y controles citados por ISL o según corresponda.
Flujograma de actuación en caso de Accidentes Laborales
Flujograma de actuación en caso de Accidentes de Trayecto
PROCEDIMIENTO GENERAL FRENTE A ACCIDENTE LABORAL CON EXPOSICIÓN A FLUIDO CORPORAL DE RIESGO (Actualización 2020 Resolución exta. N° 0710 del 31 diciembre 2020)
Responsable: Funcionario expuesto
Tras la exposición se recomienda que en forma inmediata se realicen los siguientes pasos:
Lavar la herida y/o los sitios de la piel que hayan estado en contacto con sangre o fluidos corporales con agua y jabón.
Aplicar antiséptico (alcohol al 70%).
Cubrir con un apósito o gasa estéril según sea necesario y aplicar presión si sangra.
No inducir sangrado (no ordeñar).
No frotar el sitio de la herida.
En caso de exposición en conjuntiva (retirar lentes de contacto si utiliza), mantener abiertos los ojos y enjuagar suavemente, pero a fondo (durante al menos 30 segundos) con agua o suero fisiológico.
Si entre sangre o fluidos corporales a la boca, eliminarlos y luego enjuagar varias veces con agua.
Si se contamina la ropa, debe retirarla y ducharse, si es necesario.
Se deberá dar aviso inmediato a jefatura directa o supervisor correspondiente quien debe derivar al expuesto al servicio de Urgencia para evaluar el riesgo y determinar conducta.
El funcionario debe completar el formulario de Denuncia Individual de Accidentes del Trabajo (DIAT), si la gravedad del incidente no le permite completar DIAT, esta puede ser llenada por familiar, comité paritario, empleador o en admisión en servicio de Urgencia.
Quien realice el llenado del formulario DIAT, debe hacer llegar documento original a Unidad de Prevención de Riesgos el mismo día del evento o el primer día hábil siguiente (en caso de ocurrir en horario no hábil). Se debe tramitar DIAT antes de 24 horas.
Responsable: Jefatura Directa
Elaborar el Formulario de Declaración Accidente Laboral (DAL); esto se debe realizar durante la misma jornada (día hábil) o la jornada inmediata después del (os) día (s) no hábil.
Completar la etapa I del Formulario de Vigilancia de Accidentes con Exposición a Sangre o Fluidos Corporales de riesgo, el cual deberá ser entregado al servicio de urgencia (Debe ser llenado por jefatura directa o por quien asuma esta función en el momento del accidente, considerando sistemas de turnos).
Se deberá entregar una copia a las siguientes unidades:
- Unidad de Prevención de Riesgos. (haprevencion@araucanianorte.cl)
- Comité Paritario Higiene y Seguridad (hacomiteparitario@araucanianorte.cl
- Unidad de Infecciones Asociadas a la Atención en Salud - "IAAS". (daniela.sanmartin@araucanianorte.cl)
- Unidad de Salud Funcionaria. (nicolas.parra@araucanianorte.cl)
Responsable: Medico Urgencia
Realizar la evaluación inmediata del afectado por profesional médico de urgencia del establecimiento dentro de un plazo máximo de dos horas.
Valorar Riesgo (ver tabla).
Identificar a paciente fuente para determinar así, el riesgo de infección que posee el funcionario accidentado e iniciar de esta forma las medidas profilácticas si corresponde; de acuerdo al Flujograma Procedimiento General Accidente Laboral con Fluidos Corporales.
Completar la etapa II del Formulario de Vigilancia de Accidentes con Exposición a Sangre o Fluidos Corporales de riesgo y hacer llegar el documento junto con el Rau a las siguientes unidades:
Unidad de Prevención de Riesgos, Comité Paritario Higiene y Seguridad (CPHS), Unidad de Infecciones Asociadas a la Atención en Salud (IAAS) y Unidad Salud del Personal.
Una vez ubicado el paciente fuente, se le deberá informar para la realización de tamizaje para el VIH, con consejería abreviada. Si el estado serológico para VIH del paciente fuente se conoce, realizado durante la hospitalización, ya sea positivo o negativo, no se deberá repetir, y se procederá de acuerdo al resultado existente.
En caso de no poder obtener consentimiento del paciente fuente para la realización de examen VIH, en casos como: Pacientes inconscientes, anestesiados, etc. , y dada la necesidad de iniciar profilaxis antes de 2 horas en funcionario accidentado, se podrá respaldar de acuerdo a la Ley del SIDA Nº 19.779 capítulo II artículo 5, que dice “el examen de VIH deberá practicarse siempre en los casos de transfusiones sanguíneas, elaboraciones de plasma, trasplante y cualquier otra actividad médica que pudiera ocasionar contagio”, por lo que en estos casos se podrá prescindir del consentimiento del paciente fuente.
VALORACIÓN DEL RIESGO
Riesgos de exposición: Responsable: Medico Urgencia
1. Líneas de acción según resultado de valoración son:
- El accidente no presente Riesgo con Fluidos Corporales (Sin Riesgo F.C.)
En el caso que el accidente no origine riesgo (Sin Riesgo F.C.) el proceso termina con el alta según diagnóstico y clínica del paciente, sin aplicación de tratamiento retroviral. O que
- El accidente presente Riesgo con Fluidos Corporales (Con Riesgo F.C.).
En el caso que el accidente origine riesgo (Con Riesgo F.C.) de adquirir enfermedades a través de fluido corporal, se deberá realizar toma de exámenes de VIH, Hepatitis B y C a paciente fuente y funcionario, previa consejería abreviada.
2.Si los exámenes dieran resultados negativos (sin riesgo de contraer alguna patología), el funcionario quedara en control médico en Salud funcionaria del establecimiento de origen a las 6 semanas y a los 3 meses de transcurrido el accidente, sin tratamiento retroviral.