Cada propietario tiene derecho de dominio exclusivo sobre su unidad privada. Quiere decir que puede vender, enajenar, gravar o ceder la tenencia de su unidad privada a cualquier título.
El propietario también tiene derecho a usar áreas comunes como ascensores, jardines, piscinas y pasillos, entre otros, siempre y cuando lo haga según el destino de los mismos, y sin perjuicio del uso legítimo de los demás propietarios.
Otro derecho de los propietarios es el de vivir en un ambiente limpio, saludable y estético.
¿En un edificio los parqueaderos asignados por escritura (bien común de uso exclusivo) a cada apartamento, pueden ser alquilados por el Administrador al quedar el apartamento temporalmente desocupado?
Los propietarios de bienes privados que tienen a su cargo parqueaderos considerados como bienes comunes de uso exclusivo, de acuerdo con el reglamento de propiedad horizontal, deben ser utilizados únicamente por el propietario al cual se le ha sido asignado, aún más en razón a que este debe pagar por el uso exclusivo.
¿Pueden los copropietarios morosos hacer uso del parqueadero comunal?
La prohibición de uso de los parqueaderos comunes de un edificio o conjunto como medida correctiva a los deudores morosos es correcta cuando el parqueadero corresponde a la categoría de bien común.
En cuanto a la prohibición de uso de los parqueaderos de visitantes, por parte de los propietarios o residentes de un edificio o conjunto, es administrativamente correcta en cuanto dichos parqueaderos no pueden ser usados por estos ni en forma permanente ni transitoria, pues los parqueaderos de visitantes son única y exclusivamente para el uso de los visitantes de la copropiedad.
¿Puede un propietario que forma parte del Consejo de Administración tener uso exclusivo y/o recurrente de un parqueadero de visitantes?
Los parqueaderos de visitantes no podrán ser objeto de uso exclusivo.
¿En los edificios residenciales y de oficinas, los propietarios de bienes de dominio particular ubicados en el primer piso no estarán obligados a contribuir al mantenimiento, reparación y reposición de ascensores cuando para acceder a su parqueadero, depósito, a otros bienes de uso privado, o a bienes comunes de uso y goce general, no exista servicio de ascensor?
Cuando no exista servicio de ascensor para acceder al parqueadero, depósito o zonas comunes de los propietarios de los apartamentos ubicados en el primer piso, estos no se encuentran en la obligación del pago ni contribución de expensas para su mantenimiento y reparaciones.