Normativa de allanamientos.
Nota: En esta normativa se redactará el desarrollo que debe cumplir cada Entidad Gubernamental a la hora de realizar un allanamiento a una ubicación determinada. Se han mostrado muchas faltas de organización en este tipo de roles y es hora de que se lleve un procedimiento establecido y estructurado por parte del Departamento Faccionario.
El desarrollo se realiza paso a paso, a partir del momento que se confirma la información para realizar el allanamiento, se tendrá que tener en cuenta para llevarlo a cabo los siguientes puntos:
1) La facción que contenga la información y que desee proceder al allanamiento, deberá contactar mediante una carta a la facción FBI (ATF) para proceder con todo lo que conlleva la operación del allanamiento. Éstos últimos deberán ser notificados SIEMPRE que se empiece un proceso de allanamiento.
2) A partir de esto, la facción corrompida y el FBI (ATF) mediará la continuación del rol según la información que se presente y se harán cargo de realizar la planificación, analizar el punto el cual se va a allanar, y otorgar las tareas respectivas a los demás departamentos que se necesita involucrar al rol. El análisis del punto a allanar hace referencia a realizar una inteligencia a la edificación del objetivo, con el fin de poder armar un plan totalmente certero.
3) Cada facción, deberá hacer una detenida selección de sus mejores miembros para hacerlos partícipes del allanamiento; es necesario que sean los miembros más experimentados para mantener una interpretación y una organización estable a la hora de la realización del allanamiento. Tanto SAPD como SASD deberá hacer partícipes ÚNICAMENTE a sus respectivas divisiones de SWAT (fuerzas tácticas y especiales). En el caso de FBI (ATF), de ser necesario pueden presentarse todos los miembros que el director considere.
4) Las armas que se utilizarán en el allanamiento serán determinadas por la FBI (ATF) mediante un análisis de la situación y el punto a allanar, verificando qué armas se necesitarán. IMPORTANTE: En el caso del uso del Sniper se permitirá UN SNIPER (1) por Departamento y será OBLIGATORIO que sea un miembro de rango superior > 10.
Con respecto a los fusiles de asalto (M4's) deben respetar al pie de la letra la normativa de UNA M4 CADA CUATRO MIEMBROS (1 cada 4 miembros).
5) Al concluir todos estos pasos mediante rol (o al menos los que necesita que sean roleados IG) se enviará una aprobación de rol a Barty Beern de manera privada para que se apruebe/rechace el allanamiento. De esto se encargará la facción que inició el rol de allanamiento.