La Bandera Oficial de la Nación es la bandera con sol, aprobada por el ‘Congreso de Tucumán’, reunido en Buenos Aires el 25 de febrero de 1818. Se formará según lo resuelto por el mismo Congreso el 20 de julio de 1816, con los colores ‘celeste y blanco’ con que el General Belgrano, creó el 27 de febrero de 1812, la primera enseña patria. Los colores estarán distribuidos en tres fajas horizontales, de igual tamaño, dos de ellas celeste y una blanca en el medio.
Se reproducirá en el centro de la faja blanca, de la bandera oficial, el Sol figurado de la moneda de oro de ocho escudos y de la de plata de ocho reales que se encuentra grabado en la primera moneda argentina, por ley de la Soberana Asamblea General Constituyente de 13 de abril de 1813, con los treinta y dos rayos flamígeros y rectos colocados alternativamente y en la misma posición que se observa en esas monedas. El color del Sol será el amarillo oro.
En todo momento, dentro de la vida de todo establecimiento educativo, la bandera recibirá el máximo honor y respeto, como lección permanente de educación patriótica. La bandera nacional es el más importante de los símbolos patrios, por lo tanto debe ocupar un sitio de honor dentro del salón de actos. SIEMPRE debe ubicarse a la derecha del escenario. Es muy importante que se tome la derecha desde el punto de vista de la bandera mirando a los presentes; visto desde el punto de vista de los espectadores, la bandera nacional debe ubicarse a la izquierda. En el caso de un acto escolar donde deban ubicarse varias banderas, ya sean extranjeras, provinciales, municipales o papales, deberán colocarse a la izquierda de la nacional o en el rincón izquierdo del salón de actos.
Inicio del acto. Presentación de la Bandera de Ceremonia:
Cada institución educativa debe acompañar a sus abanderados desde el momento en que los anuncia. Ser parte del grupo de honor que acompaña a la Bandera Nacional, además de ser una distinción al trabajo académico realizado durante el año, incorpora las ideas de compromiso, respeto, solidaridad, compañerismo y respeto por los demás.
Con todos los alumnos formados y el personal docente presente en su totalidad, se recibe a la Bandera de Ceremonia y a sus dos escoltas, de pie y con aplausos. Esto se encuentra establecido en el artículo N° 204 del Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires, donde se expresa que:
“La Bandera de ceremonia se ubicará en el lugar de mayor jerarquía del sitio donde se realice el Acto. En todos los actos la Bandera de ceremonia será aplaudida por todos los presentes de pie a la entrada y a la salida”.
En su marcha, el abanderado llevará la bandera apoyada sobre el hombro derecho, tomando con la mano del mismo lado el asta y la parte inferior del paño. Al colocarla en la cuja, también se sostendrá con la mano derecha, y al apoyar el asta en el suelo, el regatón tocará la punta del pie derecho.
Durante el acto.
El abanderado y los dos escoltas se colocarán en el lugar más destacado, a la derecha(recordá, del abanderado, la izquierda del público). El abanderado precederá a los dos escoltas, que estarán a ambos lados entre sí, formando un triángulo equilátero.
¿Cuándo debe el abanderado colocar la bandera nacional en la cuja?
En su marcha, el abanderado llevará la bandera apoyada sobre el hombro derecho, tomando con la mano del mismo lado el asta y la parte inferior del paño. Al colocarla en la cuja, también se sostendrá con la mano derecha, y al apoyar el asta en el suelo, el regatón tocará la punta del pie derecho.
Durante el acto.
El abanderado y los dos escoltas se colocarán en el lugar más destacado, a la derecha(recordá, del abanderado, la izquierda del público). El abanderado precederá a los dos escoltas, que estarán a ambos lados entre sí, formando un triángulo equilátero.
¿Cuándo debe el abanderado colocar la bandera nacional en la cuja?
Si suena cualquier otra canción o marcha patriótica durante el acto escolar, el abanderado mantendrá la bandera con el asta vertical y apoyada en el piso. En el caso de un desfile ante la bandera, el abanderado la colocará en la cuja, y los alumnos pasarán dando su derecha a la bandera y dirigirán su vista hacia ella.
Deberes del abanderado
El abanderado es el único responsable de la conducción y el movimiento de la bandera. Los escoltas sólo intervendrán en caso de necesidad absoluta. Está previsto que el abanderado sea reemplazado por el primer o segundo escolta en caso de indisposición de este(nos ha ocurrido alguna vez). Además, un docente debe hacerse responsable de esos alumnos para tomar este tipo de decisiones.
El abanderado y los escoltas no podrán ser reemplazados por otros alumnos para la recepción de premios o distinciones. No hay causa alguna que permita que puedan dejar su condición de abanderado o escolta, salvo por indisposición.
Al finalizar el acto.
Se realizará el retiro de la bandera de ceremonia antes que lo hagan las autoridades presentes y los alumnos. El abanderado y sus escoltas se dirigirán hasta el lugar donde se guarda, despedidos por los aplausos de los presentes. El encargado de guardar la bandera será el abanderado, los escoltas no tocarán la bandera. Se deberá instruir al abanderado respecto de la forma de guardar la enseña nacional.
El Himno Nacional será el escrito por Vicente López y Planes y la música de Blas Parera en 1813, cuyo nombre original fue “Himno de Mayo”. Luego será aprobado por la Asamblea del Año XIII como “Marcha Patriótica”, se lo conocerá tiempo más tarde como “Canción Patriótica Nacional”. Hasta que en 1847 lo titularon como “Himno Nacional Argentino” y quedó. La versión será la editada en 1860 por Juan Pedro Esnaola titulada “Himno Nacional Argentino”.
En cuanto a su tratamiento y uso se exige que:
Sólo se lo entonará en los Actos donde la Bandera Nacional presida.
Será entonado por todos los presentes, incluidos los abanderados y escoltas.
Al iniciar su música los abanderados colocarán la bandera en la cuja y quedará dispuesta allí hasta que finalice el mismo.
Todos los asistentes estén de pie y en posición de firmes.
Todos los asistentes aplaudan a su finalización excepto abanderados y escoltas.
La Escarapela técnicamente no es un Símbolo Patrio. ¿Creemos que lo es? Claramente sí, y por eso lo colocamos en esta lista. Pero al no estar incluido en la ley N° 10302/1944 no podemos proclamarlo como tal. Cuando nuestro Congreso Nacional actualice la ley podremos llamar Símbolo Patrio de manera oficial, y como merece, a nuestra Escarapela.
De cualquier manera el artículo N° 191 del Reglamento General de las Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires da entidad a la Escarapela al proclamar lo siguiente:
La Escarapela Nacional será lucida por el personal docente y los alumnos durante las Semanas de Mayo y Julio y en toda otra ocasión que así lo amerite, salvo objeción de conciencia.
Sí existen algunos protocolos a seguir con respecto a su utilización:
Siempre se utiliza en la parte izquierda de la indumentaria que estemos utilizando.
Se coloca en el atuendo principal de la persona, no en su abrigo.
Se utiliza en cualquier momento que queramos utilizarla como motivo de orgullo de nuestro país, no existen reglas para su utilización o no en algunos actos escolares.