...Salvando vidas en misión de paz...
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Misiones de las Delegaciones, los Delegados, Subdelegados y Coordinadores.
REGIONES GEOGRÁFICAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
Región NOA (Noroeste argentino): Provincias que lo componen: Catamarca, Jujuy, Salta, Santiago del Estero y Tucumán.
Región NEA (Noreste argentino): Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones.
Región de Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza y La Rioja.
Región Pampeana: Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, La Pampa y Entre Ríos.
Región Patagónica: Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.
RESPONSABILIDADES PARA EL DELEGADO, SUBDELEGADO Y COORDINADOR.
Los Delegados, Subdelegados y Coordinadores que estén designados dentro de cada provincia de su región deberán realizar las siguientes actividades que se mencionan a continuación:
Delegados.
a) Tendrán a cargo la responsabilidad de representar a la Delegación y reunir a los Veteranos de Misiones de Paz del ex Batallón Ejército Argentino 7, creando un grupo homogéneo con capacidad de gestionar las acciones que desarrollo la Agrupación.
b) Serán los responsables del diligenciamiento de la documentación que emane de la Secretaría General, sobre las actividades que planifiquen, desarrollen y ejecuten conforme al Programa anual de actividades en curso. Asimismo, mantendrá actualizado a todos los integrantes sobre la información recepcionada y de las futuras tareas a desarrollar.
c) Los Delegados promoverán grupos de trabajo para el buen desarrollo de las actividades. En caso de ausencia del Delegado será el Subdelegado quien continúe con las actividades en desarrollo o aquella persona designada a tal efecto.
d) Los Delegados mantendrán una estrecha comunicación con la Secretaría General de la Agrupación, con el fin de coordinar las agendas programadas.
e) Dispondrán en todo momento de una coordinada participación con el Subdelegado y el Coordinador de su delegación y el Enlace Coordinador a fin de dosificar las tareas para facilitar los objetivos propuestos.
f) Toda otra actividad que emane de la Secretaría General de la Agrupación.
Subdelegado.
a) Brindarán el asesoramiento adecuado a los Delegados y tendrán participación en lo que concierne a la planificación de las actividades para dar cumplimiento al Programa Anual de Actividades, en lo que respecta a su Delegación.
b) Secundarán al Delegado en su ausencia y mantendrá una constante comunicación con la Secretaría General de la Agrupación.
c) Coordinará junto al Delgado las actividades de Protocolo y Ceremonial junto al resto de los integrantes para los actos y eventos de participación ciudadana que se realicen en la región.
d) Junto al Delegado mantendrán la guarda y archivo de la documentación sobre los temas propios de la Delegación.
Coordinador de la Delegación.
El coordinador será el nexo de la Delegación. Representará a la delegación en lo relacionado con las actividades de protocolo y ceremonial de la delegación manteniendo un permanente contacto con organismos gubernamentales y no gubernamentales de la región, realizando los contactos y aproximaciones con sus autoridades en lo referente a: reuniones, entrevistas, charlas, etc., sin perjuicio de los planes y objetivos que establezca la agenda de la delegación y manteniendo en todo momento una constante comunicación entre el Delegado y Subdelegado.
Funciones de las Delegaciones.
1) Las Delegaciones tendrán bajo su responsabilidad todas las actividades que se desarrollen y ejecuten dentro del ámbito de su Delegación manteniendo una estrecha comunicación con la Secretaría General.
2) Mantendrán una estrecha relación con organismos gubernamentales y no gubernamentales de la región poniendo en marcha los mecanismos necesarios para integrar a los Veteranos de Misiones de Paz en la participación ciudadana de las celebraciones culturales, coordinando las actividades de protocolo y ceremonial en cada acto patrio y festejo popular en cada provincia.
3) Mantendrán una estrecha comunicación con el personal de Veterano de Misiones de Paz de la provincia, a los efectos de mantener actualizado los registros de personal, tanto de aquellos que aún se encuentran vivos como de aquellos familiares de aquellos que ya han fallecido.
4) Asimismo, llevarán un registro en donde dentro de la fuerza efectiva a su cargo estén contabilizado el personal de Veterano de Guerra de Malvinas que hayan sido desplegados en Operaciones de Mantenimiento de la Paz, Como Observador Militar o cualquier otra misión cuyo mandato haya estado bajo la órbita de la Organización las naciones Unidas. Entre sus funciones más destacada será la de mantener una presencia permanente y participación representando los valores de nuestra nación, conforme a los programas establecidos para el propósito que fue creada.
5) Promoverán reuniones entre los Veteranos de Misiones de Paz de su Delegación con el objeto de incrementar los lazos afectivos y el fortalecimiento de la moral, con vista de crear la motivación, el deseo de satisfacer y la camaradería para lograr la continuidad de las actividades dentro de la propia Delegación.
6) Será la actividad básica de la Delegación, por la cual se guiarán los medios a disposición, según el Programa Anual de Actividades y los planes en ejecución, asegurando juiciosa, metódica y racionalmente, los sucesivos pasos previstos, dentro de las alternativas posibles, para el cumplimiento de la misión asignada.
7) La Delegación llevará implícita la realización de las actividades, y en su ejecución serán esenciales la presencia y conducta de su Delegado, por cuanto sólo él será capaz de modificar, por la habilidad de su acción, situaciones desfavorables, o de explotar rápidamente éxitos alcanzados o percibidos.
8) No obstante lo expresado, el Delegado adecuadamente orientado, podrá adoptar decisiones dentro del grado de autoridad delegado por la Secretaría general mencionada, aliviando su actividad y relevándolo de las decisiones menores.
9) Los Subdelegados podrán y deberán tomar decisiones en reemplazo del Delegado cuando: Tuvieren el grado de autoridad delegada, necesario para tal acto; y la decisión a adoptar, estuviere de acuerdo con la política y la intención de su Delegación.
10) Considerando que la responsabilidad no podrá ser delegada, el Delegado a cargo de la Delegación observará permanentemente que el ejercicio de su función lo estará ejecutando en representación de la Agrupación y no por sí mismo. En tal sentido, constituirá un acto de lealtad para con su camaradas y de la propia Agrupación la adopción de decisiones solamente cuando éstas estuvieren dentro de los límites permitidos por aquél.
11) También podrán recaer sobre la Delegación aquellas decisiones de naturaleza rutinaria o especializada, debido a que la Secretaría General, normalmente, no será un experto en cada campo, ni deberá dedicar su tiempo a los aspectos de detalles o de instrumentación de las propias funciones de las Delegaciones.
No obstante, cada vez que el Delegado debiere adoptar una decisión significativa –por la Secretaría o en su nombre- deberá, tan pronto como le fuere posible, informárselo.
12) Como norma general, y para regular la adopción de las decisiones, podrá aceptarse que éstas sean tomadas por los niveles en los cuales se disponga de la información suficiente que posibiliten fundamentarlas, y además, cuando en ellas se refleje la armonía con la política del gobierno.