Las presentes Normas complementarias tienen como objetivo el normar los estudios del programa de Maestría en Ciencias en Ingeniería Ambiental de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.
Para los efectos de las presentes Normas Complementarias, se retoman los siguientes conceptos del Reglamento General de Estudios de Posgrado de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo:
UMSNH. Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.
MCIA. Maestría en Ciencias en Ingeniería Ambiental de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.
Director de tesis. El (La) profesor(a) encargado(a) de la orientación, cooperación y seguimiento de la actividad académica del (de la) estudiante, para concluir en tiempo y forma su investigación y su tesis.
Codirector de tesis. El (La) profesor(a) que, en colaboración con el director de tesis, coadyuva en la orientación, cooperación y seguimiento de la actividad académica del (de la) estudiante, para concluir en tiempo y forma su investigación y su tesis.
Comité Tutorial. Grupo de profesores designados para dar seguimiento académico a los (las) estudiantes, a lo largo de su permanencia en la MCIA, y para evaluar su desempeño semestral en los exámenes tutoriales.
Tutor. El (La) profesor(a) encargado(a) de la orientación académico-administrativa del estudiante.
Jurado de Examen. Grupo de profesores designados para evaluar el trabajo de tesis de los (las) estudiantes durante su Examen de Grado.
Coordinador de Programa de Posgrado. El (La) Profesor(a) Investigador(a) de Tiempo Completo nombrado por la autoridad competente. En el caso de los programas de Posgrado Institucional, se entenderá por Coordinador de la MCIA al Coordinador General nombrado por la autoridad competente. Deberá ser miembro activo del Núcleo Académico Básico (NAB) del programa de posgrado que coordine.
Opción Temática. Área del conocimiento de un programa de posgrado, correspondiente con sus Líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento, y sustentada por un grupo de profesores, la cual integra a profesores de una sola dependencia.
Área Temática. Área del conocimiento de un programa de posgrado, correspondiente con sus Líneas de Generación y Aplicación del Conocimiento, y sustentada por un grupo de profesores, la cual incorpora a profesores de varias dependencias.
Director de la Facultad. El profesor o profesora designado por la autoridad competente.
NAB. Núcleo Académico Básico. Plantilla de profesores e investigadores que integran el personal académico de cada programa de posgrado.
Jefe de la División de Estudios de Posgrado. El (La) Profesor(a) Investigador(a) de Tiempo Completo nombrado por la autoridad competente. Deberá ser miembro activo del NAB de un programa de posgrado en el que participe su dependencia de adscripción.
Son autoridades de la MCIA las siguientes:
El Consejo Académico
El Coordinador General
La Asamblea del Núcleo Académico Básico
El Consejo Académico se integrará por los Coordinadores de las Facultades que integran la MCIA, uno de los cuales será el Coordinador General en turno. Tendrá como funciones las siguientes:
a) Organizar el desarrollo académico de la MCIA.
b) Coordinar las actividades de ingreso de alumnos.
c) Analizar y aprobar el ingreso de estudiantes.
d) Analizar y aprobar los Directores de Tesis de cada uno de los estudiantes.
e) Analizar y aprobar los Comité Tutoriales de cada uno de los estudiantes.
f) Elaborar los lineamientos para la obtención y uso apropiado de los ingresos propios, e informar anualmente al NAB sobre su ejercicio.
g) Elaborar un informe anual sobre la situación académica y administrativa de la maestría.
h) Evaluar el ingreso o permanencia de los miembros del NAB.
i) Aprobar la asignación de profesores de los cursos obligatorios y optativos.
j) Revisión y actualización del plan de estudios cada cuatro años por lo menos.
El Consejo Académico deberá reunirse al menos dos veces al semestre, por citatorio del Coordinador General o de dos de los Coordinadores de Opción.
El Coordinador General de la MCIA será nombrado por el Coordinador General de Estudios de Posgrado, a propuesta del Consejo Académico. Este Coordinador deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Ser Profesor e Investigador en activo adscrito a alguna de las Facultades que sostienen la MCIA.
b) Tener al menos 3 años de pertenencia al NAB.
c) Haberse distinguido en la labor docente y de investigación con reconocimiento en la disciplina en los últimos tres años.
El Coordinador General durará en su cargo tres años y deberá alternase entre las dependencias participantes.
Los Coordinadores de Opción serán nombrados por el Director de la Facultad en la que se encuentre adscrito el profesor, previa consulta de los integrantes del NAB de la opción. Deberán ser miembros del NAB en el momento de su designación y durarán en su cargo 3 años.
Son funciones del Coordinador General de la MCIA:
a) Ejecutar todos y cada uno de los acuerdos emanados del Consejo Académico y vigilar que en general se respete la legislación interna y externa aplicable.
b) Manejar los asuntos administrativos de la MCIA
c) Citar y coordinar las reuniones del Consejo Académico.
d) Citar y coordinar las reuniones de la Asamblea del Núcleo Académico Básico.
e) Concurrir a las sesiones del Consejo General de Estudios de Posgrado con derecho a voz.
f) Representar al Programa ante el Consejo Interno de la División de Posgrado.
g) Coordinar la elaboración e implementación del Plan de Mejora de la MCIA.
h) Gestionar recursos materiales y humanos ante las autoridades de la UMSNH.
Son funciones de los Coordinadores de Opción de cada una de las dependencias participantes de la MCIA las siguientes:
a) Representar a su dependencia en el Consejo Académico del programa y participar activamente en sus sesiones.
b) Informar ante el Consejo Interno de la Facultad que representa, los acuerdos emanados en las sesiones de Consejo Académico y anualmente entregar un informe sobre su participación en el programa.
c) Promover la participación coordinada de los docentes y estudiantes de su dependencia en el desarrollo de la MCIA.
d) Apoyar al Coordinador General para la ejecución de los acuerdos del Consejo Académico.
Para pertenecer al NAB de la MCIA se deberán cubrir los siguientes requisitos:
a) Tener el grado mínimo de Maestría.
b) Ser Profesor e Investigador de Tiempo Completo en activo.
c) Tener una experiencia demostrable en investigación, evidenciada a través de productos académicos recientes en los últimos cinco años, considerados en los programas federales de reconocimiento de calidad académica, en el área del conocimiento de su formación y asociada al programa.
d) Estar adscrito a alguna de las dependencias que participan en la MCIA.
La Asamblea del Núcleo Académico Básico estará formada en cada ocasión por al menos el 50% +1 de los integrantes del NAB en una primera citación. Tendrá como funciones las siguientes:
a) Proponer mejoras para el funcionamiento de la MCIA.
b) Opinar sobre la selección de los alumnos de nuevo ingreso.
La Asamblea del NAB deberá reunirse al menos una vez al semestre, por citatorio del Coordinador General o por petición del 50% +1 de los integrantes del NAB.
El Consejo Académico del programa deberá hacer una evaluación trianual sobre el desempeño de cada profesor integrante del NAB y en consecuencia decidir sobre su permanencia, en donde al menos el 50% de los profesores del NAB deberán haber obtenido su grado más alto en una institución distinta de la UMSNH, de acuerdo a los criterios expuestos en el Reglamento General para los Estudios de Posgrado de la UMSNH.
Para ingresar a la MCIA se deben reunir los siguientes requisitos:
Poseer el grado de Licenciatura (título o acta de examen profesional) en alguna disciplina afín a la MCIA y haber obtenido: un promedio igual o mayor al mínimo solicitado por el CONACyT para sus becarios en ese momento en el nivel de estudios inmediato anterior si fueron realizados en el país y de 8.00 si fueron realizados en el extranjero. Entregar documento de grado de Licenciatura o Acta de examen y carta promedio.
Proponer un protocolo de investigación en un documento de hasta cinco cuartillas.
Curriculum vitae en extenso.
Carta de disponibilidad de tiempo completo del aspirante.
Dos cartas de recomendación académica, emitidas por profesores-investigadores de trayectoria reconocida. Las cartas deben de ir en formato libre.
Acreditar el examen de inglés equivalente a 450 puntos TOEFL (Versión oficial internacional: ESL, New Jersey o la versión “institucional” del Departamento de Idiomas de la UMSNH).
Presentar y aprobar el examen CENEVAL-EXANI III, con un puntaje de 950 puntos (sin tomar en cuenta los parámetros correspondientes al inglés)
Presentar y aprobar un Curso Propedéutico.
Presentar y aprobar una entrevista con el Comité de Selección.
Los alumnos que procedan de Universidades extranjeras, además de los requisitos generales, deberán entregar:
a) Para alumnos extranjeros: Forma migratoria o documento que acredite su estancia legal en el país y pasaporte.
b) Para alumnos cuya lengua materna no sea el español, acreditar examen del idioma español.
c) Título, Certificado de Calificaciones y Acta de Nacimiento debidamente legalizados.
Para permanecer inscrito como alumno de la MCIA los estudiantes deberán:
a) Cursar y aprobar las 3 materias obligatorias establecidas: Obligatoria I (Prevención y control de la contaminación), Obligatoria II (Administración de los sistemas ambientales) y Obligatoria III (Seminario de investigación), en los tiempos establecidos.
b) Cursar y aprobar 6 materias optativas que seleccionará con el aval de su Director de Tesis, en los tiempos establecidos.
c) Presentar y aprobar ante el Comité Tutorial, los Seminarios de Tesis establecidos en el Plan de Estudios, en los tiempos establecidos.
d) Cumplir con las actividades complementarias que le sean asignadas por el Comité Tutorial.
e) Cubrir las cuotas establecidas por concepto de colegiatura semestral.
Una vez acreditadas las materias obligatorias, los alumnos inscritos en la MCIA podrán acreditar hasta 3 materias optativas en programas de Posgrado afines de instituciones distintas a la UMSNH o en otras dependencias de la misma. Para este fin, el alumno deberá contar con el visto bueno de su Director de Tesis y con la aprobación del Consejo Académico. Los Directores de Tesis deberán vigilar el desarrollo y cumplimiento de las materias que sus alumnos tomen en otros programas, y deberán vigilar que se asienten las respectivas calificaciones, de común acuerdo con el profesor que haya impartido las referidas materias. Para lo cual se deberá cumplir con los siguientes lineamientos:
Revisar y en su caso avalar la pertinencia de las materias tomadas en programas que podrán acreditar en Posgrados afines de instituciones distintas a la UMSNH o en otras dependencias.
Las materias corresponderán a su formación académica así como, fortalecerán el trabajo de Investigación.
Cuando se requiera el uso de infraestructura específica que no se tenga en la Institución para el desarrollo del trabajo de investigación.
Las calificaciones serán reportadas por la Institución donde se llevó a cabo la actividad académica y/o de investigación si es por un módulo académico; en tiempos más cortos se tomará en cuenta el oficio de cumplimiento emitido por la institución donde se realizó la estancia.
Actualizar su CVU con los productos logrados en dicha instancia.
Para ser Director de Tesis se deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser miembro del NAB de la MCIA.
b) Tener una productividad (Artículos científicos, proyectos de investigación u otros productos de investigación similares) que avale su experiencia en la línea de investigación correspondiente al tema de tesis.
c) Contar con la infraestructura y los recursos necesarios para sustentar cada proyecto de tesis propuesto.
La participación de un Codirector de Tesis se justificará en alguno de los siguientes casos:
a) Cuando se requiera el uso de infraestructura del Codirector de Tesis para el desarrollo del trabajo de investigación.
b) Cuando se requiera un apoyo significativo del Codirector en la asesoría, para que se pueda desarrollar el trabajo de investigación.
El Director de Tesis deberá cumplir con las siguientes funciones:
a) Elaborar conjuntamente con el estudiante el Plan de trabajo que desarrollará durante su formación académica.
b) Orientar al estudiante en su formación, en su investigación y otras actividades académicas.
c) Orientar al estudiante para la elección del tema de tesis, en la elaboración de la misma y en la preparación del Examen de Grado.
d) Formar parte del Jurado de Examen del alumno dirigido.
e) Proponer de manera oportuna el Comité Tutorial del alumno.
El Codirector de Tesis apoyará al Director de Tesis en sus funciones. Deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Ser profesor y/o investigador en activo acreditado en el país o en el extranjero.
b) Tener el grado mínimo de Maestría.
c) Tener una productividad que avale su experiencia en la línea de investigación correspondiente al tema de tesis, contando con al menos una publicación de un artículo en una revista indizada, libro o capítulo de libro arbitrado en los últimos cinco años.
Los alumnos, de común acuerdo con un profesor del NAB, tendrán derecho a seleccionar su tema de tesis y ambos deberán manifestar por escrito su compromiso de trabajo mutuo, al inscribirse el alumno al primer semestre. La asignación del Director de tesis deberá ser formalizada por el Coordinador General de la MCIA, a solicitud del estudiante y profesor interesados.
Cada integrante del NAB podrá asesorar simultáneamente hasta 3 estudiantes como Director de Tesis y 2 como Codirector de Tesis.
Se podrá realizar cambio de Director de Tesis o de algún otro integrante del Comité Tutorial, a solicitud justificada de alguna de las partes, siempre y cuando lo autorice el Consejo Académico.
El Comité Tutorial se encargará de monitorear el aprovechamiento académico del alumno en la MCIA y compartirá la responsabilidad, ante la Institución, de la culminación en tiempo y forma de los estudiantes.
El Comité Tutorial se integrará por cinco Profesores e investigadores, uno de los cuales será el Director de tesis del estudiante y otro será el Codirector en caso de que éste exista. Los Comités deberán estar integrados al menos con 3 miembros del NAB. Se podrá invitar a 2 profesores externos al NAB, incluyendo investigadores nacionales e internacionales, bajo los siguientes requisitos:
a) Especificando la LGAC que va a apoyar en el trabajo de investigación.
b) Por su destacada labor en la investigación.
c) Por ser parte de la RED de la que forma parte el Cuerpo Académico y contribuirá al fortalecimiento del mismo.
El Director de Tesis propondrá a los integrantes del Comité Tutorial al Coordinador General de la MCIA, para su análisis y eventual aprobación por el Consejo Académico.
Los Comités Tutoriales tendrán los siguientes compromisos:
a) Aprobar la pertinencia de la realización del Protocolo de investigación a realizar por el estudiante.
b) Establecer los requerimientos formativos complementarios, las recomendaciones sobre los cursos por tomar y todo aquel conocimiento necesario para el estudiante en función de la naturaleza y los requerimientos de su proyecto de investigación.
c) Evaluar al estudiante en los Seminarios de Investigación, considerando para ello su avance de tesis y su capacidad en el manejo del tema.
d) Apoyar al estudiante en el seguimiento de su programa de trabajo y en la formulación y desarrollo de su investigación, hasta el término de la misma.
Para obtener el grado de Maestría el alumno deberá:
a) Haber aprobado las materias del Plan de Estudios.
b) Haber presentado una tesis de grado, que deberá ser aprobada por los integrantes del Comité Tutorial.
c) Aprobar el examen de grado oral que versará sobre el trabajo de tesis.
La tesis en la MCIA consistirá de un trabajo de investigación original, que compruebe la capacidad del candidato para realizar investigación de alta calidad en las Ciencias e Ingenierías Ambientales. La tesis deberá ser presentada de acuerdo con el formato que para este fin establezca el Consejo Académico.
El Comité Tutorial se constituirá como Jurado de Examen, y será el encargado de la evaluación del examen de grado.
Se consideran como Profesores invitados aquellos profesoresinvestigadores que cumpliendo o no con los requisitos para ingresar al NAB, se les invita expresamente para impartir una materias, optativa o actividad académica determinada. Su participación deberá ser avalada por el Consejo Académico.
Serán también considerados como Profesores Invitados todos los externos al programa que sean integrantes de Comités Tutorales.
Los asuntos no considerados en las presentes Normas Complementarias, serán resueltos de acuerdo al Reglamento General de Estudios de Posgrado de la UMSNH y la Normatividad vigente en la institución.