A1 Comunidad autónoma
Comunidad autónoma
En España una comunidad autónoma (C. A.) es una entidad territorial que, dentro del ordenamiento jurídico constitucional español, está dotada de autonomía, con instituciones y representantes propios y determinadas competencias legislativas, ejecutivas y administrativas.
Historia
Construcción del Estado de las autonomías
La promulgación de la Constitución de 1978, que recoge el derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones que forman el Estado, supuso un cambio de 180 grados con respecto al régimen anterior, que se basaba en planes centralizados tradicionales. Esto daba respuesta a un problema que había surgido repetidamente en la historia de España como resultado de las diferentes identidades sobre las que se ha construido la unidad de España.
Tras la ratificación de la carta magna, y como resultado de la implementación de los principios contenidos en el Título VIII, en el curso de unos pocos años se ha completado el proceso de instauración de las 16 comunidades autónomas y de la comunidad foral, mediante la aprobación de sus Estatutos de Autonomía, aunque solo cuatro de ellos —Cataluña, País Vasco, Galicia y Andalucía— han sido refrendados por sus ciudadanos. Han sido también dotadas de su propio órgano de gobierno e instituciones representativas. Hay que destacar que el proceso que ofrece la Constitución española no obliga ni a las regiones ni a las nacionalidades, sino que es, en teoría, un derecho para ellas. No obstante, en la práctica, los pactos autonómicos obligaron a las provincias a formar comunidades autónomas. De hecho, sirva como ejemplo que, en marzo de 1983, la única provincia que no formaba parte de ninguna comunidad, Segovia, fue obligada por decreto del Gobierno a integrarse en Castilla y León «por motivos de interés nacional».[cita requerida]
El 31 de julio de 1981, Leopoldo Calvo-Sotelo, presidente del Gobierno, y Felipe González, líder de la oposición, acuerdan los primeros pactos autonómicos, que prevén un mapa de 17 autonomías, con las mismas instituciones pero con distintas competencias. En 1995, se actualizó con los Segundos Pactos Autonómicos, firmado entre el entonces presidente, Felipe González, y el líder de la oposición, José María Aznar, por el cual se crean las dos ciudades autónomas, Ceuta y Melilla. Fruto de estos acuerdos, en 1995 se dará por cerrado el «mapa de las autonomías» a nuevas remodelaciones o ampliaciones.
Desde 2003, y para fines estadísticos, basadas en las normativas europeas y fijadas por la Eurostat, se encuentran las unidades NUTS en vigor en la Unión Europea. Las 17 comunidades autónomas españolas se encuentran clasificadas en los niveles NUTS 2.
Organización básica de la Administración autonómica
El artículo 152.1 de la Constitución establece la organización institucional básica de aquellas comunidades autónomas que accedieron a la autonomía por la denominada «vía rápida», esto es, País Vasco, Cataluña, Galicia y Andalucía. No obstante, dicha organización institucional básica ha sido la que, mediante sus respectivos Estatutos de Autonomía, han asumido todas las comunidades autónomas, con independencia de su vía de acceso a la autonomía política.
Así, en la actualidad, los órganos básicos comunes a todas las comunidades autónomas son una Asamblea Legislativa, elegida por sufragio universal; un Consejo de Gobierno, con funciones ejecutivas; y un Presidente de la comunidad autónoma, elegido por la Asamblea Legislativa de entre sus miembros, que ostenta la más alta representación de la Comunidad.
Comunidades autónomas de España.
La asamblea legislativa
La asamblea es el parlamento autonómico unicameral, que en las distintas comunidades se denomina de diferentes formas:
Parlamento: Andalucía, Canarias, Cantabria, Cataluña, Galicia, Islas Baleares, La Rioja, Navarra y País Vasco.
Cortes: Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, y Comunidad Valenciana.
Asamblea: Extremadura, Comunidad de Madrid y Región de Murcia.
Junta General: Asturias.
Elección
El sistema de elección de los miembros es por sufragio universal, siguiendo el mismo régimen de incompatibilidad e inelegibilidad que las Cortes Generales. Las elecciones se celebran el último domingo de mayo cada cuatro años, en todas las comunidades excepto en:
Andalucía, Canarias, Cataluña, Galicia, País Vasco y la Comunidad Valenciana pueden disolver el parlamento y convocar elecciones cuando le parezca oportuno al respectivo presidente autonómico siempre que sea antes de que termine su legislatura.
Navarra, el Principado de Asturias y Aragón sí que las celebran el cuarto domingo de mayo cada cuatro años, aunque después de la reforma de sus estatutos, y el Amejoramiento del fuero en el caso navarro, el presidente de cada comunidad autónoma puede disolver las cortes y convocar elecciones cuando le parezca oportuno, siempre que sea antes de que termine su legislatura.
Funciones
Las comunidades autónomas gozan de potestad legislativa, la cual reside en su asamblea. Además de otras funciones: presupuestarias, control del ejecutivo autonómico, elección del gobierno, del Presidente del ejecutivo, participación en las reformas de la Constitución, control de la constitucionalidad de Leyes y disposiciones con fuerza de Ley, participación en la composición del Senado.
Poder ejecutivo
Provincias de España identificadas según el estándar ISO 3166-2.
El presidente
Nombramiento
Una vez celebradas las elecciones y constituida la asamblea legislativa, su presidente propone a uno o varios candidatos, según las distintas comunidades. Estos candidatos se someten a votación, resultando elegido el que sea apoyado por mayoría absoluta en primera votación y si ninguno la obtuviese, en segunda por mayoría simple.
Si no obtuviese el apoyo se repetirán las votaciones con distintas candidaturas, hasta que si pasados 2 meses desde la primera votación ninguno de los candidatos hubiese obtenido el apoyo, se disolverá la cámara, y se volverán a convocar elecciones.
Funciones
Dirección del consejo de gobierno y suprema representación de la Comunidad, representación del Estado en la comunidad autónoma. Promulga y ordena la publicación de las Leyes y del nombramiento del poder judicial en la comunidad.
El consejo de gobierno
Es el máximo órgano ejecutivo colegiado de la Comunidad autónoma. Sus funciones son la administración civil, ejecución de las leyes y reglamentación. Los miembros responden ante el Tribunal Superior de Justicia, tanto en el ámbito civil, como penal. Están sometidos a control político a través de la cuestión de confianza y la moción de censura. Está presidido por el presidente de la Comunidad Autónoma, que nombra y cesa a sus miembros.
Otros órganos
Las Comunidades pueden crear sus propios Tribunales de Cuentas, Defensores del Pueblo (en Aragón es la figura del Justicia de Aragón quien cumple con ese deber además de ser la tercera autoridad junto al Presidente de la Diputación General de Aragón y al presidente de las Cortes de Aragón) y otros organismos para su buen funcionamiento.
Competencias y financiación
La Constitución española enumera los poderes y competencias potenciales de las comunidades autónomas, también las áreas que el gobierno central mantiene como competencias exclusivas o compartidas.2 Generalmente, las comunidades autónomas tienen las competencias sobre la educación, el sistema de salud, cultura y lengua, patrimonio, asistencia social, ordenación del territorio y urbanismo, protección del medio ambiente, transporte público, agricultura, etc. Las competencias transferidas dependen de los estatutos de autonomía y pueden variar considerablemente; por ejemplo, el País Vasco y Navarra disponen de un poder y autonomía fiscal más extensivos, mientras que los servicios básicos de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla son generalmente provistos por el gobierno central, debido a su localización y circunstancias.3
Las comunidades autónomas de régimen común (todas las CC.AA excepto País Vasco y Navarra, que tienen un régimen foral) comparten la gestión de impuestos con el gobierno central, por ejemplo recogiendo sus propios impuestos patrimoniales y sucesiones, recogiendo una parte del impuesto sobre la renta (IRPF), mientras que el 50% de los fondos generados por el IVA y el impuesto especial sobre el alcohol son cedidos a las CCAA por el gobierno central. La división territorial de España se basa en el principio de equidad, pues existen medidas para garantizar un nivel similar de financiación para los servicios públicos de las distintas comunidades, a pesar de las diferencias económicas entre las CC.AA.45
Índice de comunidades y ciudades autónomas
Banderas de las 19 comunidades y ciudades autónomas de España, junto con las banderas de España y la Unión Europea, en la fachada del Palacio del Senado en Madrid.
Bandera
Escudo
Provincias
Capital provincial
Capital de la CCAA
Estatuto de Autonomía
2007 (en sustitución del
anterior Estatuto, de 1981)
1982 (reformado en 1994, 1996 y 2007)
1981 (reformado en 1991, 1994 y 1999)
2007 (en sustitución del
anterior Estatuto, de 1983)
1982 (reformado en 1991, 1994, 1997 y 2002)
1983 (no refrendado, reformado en 1988, 1994, 1999 y 2007)
2006 (en sustitución del anterior Estatuto, de 1979)
200617 (en sustitución del anterior Estatuto, de 1982)
1983 (reformado en 1991, 1994, 1999,
1982 (Amejoramiento del Fuero)
Estatuto de Autonomía
Localización
Comunidades por superficie
Comunidad o ciudad autónoma
Superficie (km²)
94 226
87 268
79 463
47 719
41 635
32 107
29 574
23 255
11 313
10 604
10 391
8022
7447
7234
5326
5045
4992
19
12
504 645
Porcentaje
18,6 %
17,2 %
15,7 %
9,4 %
8,2 %
6,3 %
5,8 %
4,6 %
2,9 %
2,1 %
2,0%
1,6 %
1,5 %
1,4 %
1,0 %
1,0 %
1,0 %
0,0%
0,0%
100 %
Total
Comunidades por población
Comunidades y ciudades autónomas de España
Lista de comunidades y ciudades autónomas españolas ordenadas por población (datos del padrón municipal de habitantes, INE a fecha 1 de enero de 2018).
Posición
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
Nombre
Población
(hab.)
8 379 248
7 596 131
6 576 009
4 959 243
2 700 970
2 407 650
2 198 657
2 126 779
2 025 510
1 477 946
1 307 984
1 128 139
1 072 059
1 028 135
647 219
580 067
315 371
86 308
85 144
46 698 569
%
17,99
16,22
13,97
10,61
5,82
5,21
4,71
4,51
4,53
3,16
2,83
2,40
2,32
2,22
1,38
1,25
0,68
0,18
0,18
100
TOTAL
Economía y PIB
A continuación encontramos la lista de comunidades autónomas españolas ordenadas por renta per cápita (2018). Es de gran importancia conocer la renta per cápita de una comunidad autónoma, pues de ello depende la cantidad de fondos europeos que recibe una región. Las regiones «menos desarrolladas», cuyo PIB per cápita es inferior al 75 % de la media de la UE, siguen siendo la principal prioridad de la Política de Cohesión (Objetivo 1). Las regiones «en transición», cuyo PIB per cápita está situado entre el 75 % y el 90 % de la media de la UE, serán el Objetivo 2. En el caso de España, en 2010 tan solo Extremadura se encontraba en dicha situación.
Lista de comunidades autónomas
por PIB per cápita (2018)
Producto Interior Bruto nominal (2018)
#
1
2
3
Nombre
PIB per cápita
35 041 €
33 223 €
31 389 €
30 960 €
30 426 €
28 151 €
27 682 €
27 225 €
25 727 €
24 031 €
23 757 €
23 183 €
22 789 €
22 426 €
21 269 €
20 892 €
20 363 €
20 120 €
19 107 €
18 769 €
18 533 €
España
= 100 %
136,2 %
129,1 %
122,0 %
120,3 %
118,3 %
109,4 %
107,6 %
105,8 %
100,0%
93,4 %
92,3 %
90,1 %
88,6 %
87,2 %
82,7 %
81,2 %
79,2 %
78,2 %
74,3 %
72,9 %
72,0 %
#
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
Nombre
PIB (nominal)
millones de €
230.795
228.682
160.622
110.979
72.170
62.570
57.926
45.720
41.345
37.038
32.542
31.458
23.340
20.282
20.028
13.801
8.513
1.709
1.568
1.103
1.202.193
%
19,2 %
19 %
13,4 %
9,2 %
6 %
5,2 %
4,8 %
3,8 %
3,4 %
3,1 %
2,7 %
2,6 %
1,9 %
1,7 %
1,7 %
1,1 %
0,7 %
0,1 %
0,1 %
0,1 %
100 %
Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el periodo 2007-2013.
Regiones en convergencia.
Regiones en disminución progresiva.
Regiones en incremento progresivo.
Regiones competitivas y generadoras de empleo.
Presupuestos y distribución de la renta
La puesta en funcionamiento de las Comunidades Autónomas determinó la necesidad de crear un sistema de financiación que garantizara la obtención de los recursos necesarios para ejercer las competencias que estas nuevas administraciones territoriales iban asumiendo. La Constitución de 1978 determinaba los aspectos básicos de la financiación autonómica en sus artículos 156 a 158. En ellos se establecen estos principios:
Autonomía financiera, que supone la libertad de las Comunidades para decidir sobre sus gastos e ingresos, aunque no de forma absoluta, sino en relación con los demás principios.
Solidaridad, en cuanto equilibrio económico adecuado y justo entre las diversas partes del territorio.
Igualdad, a los efectos de impedir que las diferencias entre Estatutos impliquen privilegios económicos o sociales.
Coordinación con la Hacienda Estatal, como garantía de eficacia del funcionamiento del conjunto del Estado Autonómico.
Sin embargo, estos principios comunes no determinan la existencia de un modelo único. Por el contrario, el reconocimiento de los derechos históricos por la Constitución (Disposición Adicional Primera) se tradujo en un sistema de Convenio y Concierto aplicables exclusivamente a los territorios forales de Navarra y el País Vasco, mientras que el resto de las Comunidades se rige por el régimen común, cuyas bases quedan establecidas en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).
Régimen foral
El Estatuto de Autonomía para el País Vasco vino a reconocer el régimen de Concierto Económico para la financiación de sus territorios históricos (Álava, Guipúzcoa y Vizcaya) configurándose un sistema propio y característico. El primer Concierto Económico fue aprobado por la ley 12/1981, de 13 de mayo y su validez se extendía hasta el 31 de diciembre de 2001. La Ley 12/2002, de 23 de mayo, aprobó, con carácter indefinido, el Concierto Económico vigente, estableciendo que cada cinco años se aprobará una ley de metodología del cupo del quinquenio.
La distribución de la renta por Comunidades Autónomas arroja datos paradójicos. La Comunidad de Madrid, que es una de las mayores en cuanto a PIB, es la peor parada si dividimos los presupuestos de la Comunidad entre el número de habitantes, lo que llamamos ingresos por persona. Ordenadas de mayor a menor, las diferencias entre las Comunidades ricas y las Comunidades pobres son de prácticamente el 100%. En primer lugar tenemos a Navarra, con 6 255€ por persona; en segundo lugar, el País Vasco, con 5 054€ por persona; frente a ellas, Melilla es el farolillo rojo, con 3 014€ por persona; la ciudad autónoma de Ceuta dispone de 3 138€ por persona, y la Comunidad de Madrid, paradójicamente una de las de mayor PIB de España, apenas cuenta con 3 110€ por persona.
Comunidades y ciudades autónomas
Ingresos per cápita
#
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
CCAA
Ingresos
(2017)
4 005 305
10 952 490
4 598 370
2 465 473
1 322 628
29 449 783
3 921 178
10 257 010
7 564 497
4 240 897
8 788 430
4 687 268
17 354 885
7 264 829
4 916 213
27 037 781
266 616
20 139 609
259 582
Ingr./pers.
(2017)
6 255€
5 054€
4 268€
4 240€
4 231€
3 958€
3 791€
3 785€
3 706€
3 685€
3 608€
3 562€
3 517€
3 371€
3 338€
3 215€
3 138€
3 110€
3 014€
* fuente: Datosmacro, 2018. En miles de euros.
Presidentes de las comunidades y ciudades autónomas
Mapa de las CCAA de España y el partido que ostenta la presidencia de cada una de ellas.
Los diecisiete presidentes y los dos alcaldes-presidentes autonómicos actuales de España son:
En negrita: mandato actual
Comunidad
autónoma
Gobierno
Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
Consejo de Gobierno del Principado de Asturias
Gobierno de las Islas Baleares
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Consejo de Gobierno de Ceuta
Consejo de la Generalidad Valenciana
Gobierno de la Comunidad de Madrid
Consejo de Gobierno de Melilla
Imagen
Presidente
Título
Presidente de la Junta de Andalucía
Francisco Javier Lambán Montañés
Presidente del Gobierno de Aragón
Presidente del Principado de Asturias
Francesca Lluc Armengol Socías
Presidenta de las Islas Baleares
Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Presidente de la Junta de Castilla y León
Presidente de la Generalidad de Cataluña (interino)
Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta
Presidente de la Generalidad Valenciana
Presidente de la Junta de Extremadura
Presidente de la Junta de Galicia
Presidenta de la Comunidad de Madrid
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla
Presidente de la Región de Murcia
María Victoria Chivite Navascués
Formación
política
Composición del Gobierno
Mayoría, sumando a Vox
Mayoría
Mayoría
Mayoría
En minoría
Mayoría
Mayoría, sumando a Vox
Mayoría
En minoría, sumando a Izquierda-Ezkerra
Notas
La sigla CC. AA. es empleada para hacer referencia a comunidades autónomas.
Todo el Valor Añadido Bruto de la Extra-Regio está generado en la rama agregada Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria; educación; actividades sanitarias y de servicios sociales.