¿De qué se encarga?
Atendiendo al Decreto 147/2014, de 23 de diciembre, por el que se regula la orientación educativa y profesional en el Principado de Asturias son funciones de la orientación educativa y profesional:
a) Favorecer el desarrollo integral de los alumnos y las alumnas desde que entran a formar parte de la comunidad
escolar, promoviendo y participando en todos los proyectos, planes y programas necesarios para lograr este fin.
b) Prevenir, detectar y dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado a través del trabajo en equipo
del profesorado en coordinación con los servicios especializados de orientación, con las familias, los agentes
comunitarios y la administración educativa.
c) Posibilitar el seguimiento del proceso educativo de los alumnos y alumnas mediante la coordinación de los órganos competentes.
d) Impulsar la acción tutorial en la acogida, seguimiento y acompañamiento del alumnado en los centros
educativos.
e) Realizar las actuaciones necesarias para escolarizar al alumnado, respondiendo a las necesidades de cada alumno y alumna.
f) Integrar en las acciones educativas valores que fomenten relaciones interpersonales satisfactorias, la igualdad
de hombres y mujeres, la no violencia, la cooperación y la solidaridad y el respeto por el entorno físico y medioambiental.
g) Favorecer la participación de las familias y los agentes comunitarios en el proceso educativo del alumnado.
h) Fomentar un clima adecuado que propicie la convivencia, el aprendizaje y la creatividad.
i) Promover y apoyar las acciones y proyectos de los centros para la innovación y experimentación educativa.
j) Cualquiera otra que sea encomendada por la Consejería competente en materia educativa